Nociones básicas sobre los impuestos
Al momento
de invertir en alguna de las opciones que ofrece el mercado de capitales
—ya sea acciones, fondos mutuos, depósitos o cuentas de
ahorro, entre otras—, no sólo hay que analizar la variable
rentabilidad, sino que también una buena planificación
tributaria es importante. Lo anterior tomando en cuenta que el sistema
tributario chileno ofrece algunas opciones para reducir la carga impositiva,
lo que favorece la inversión en determinados instrumentos, en
especial acciones.
Los
impuestos en Chile
A grandes rasgos, en Chile se distinguen el impuesto que pagan las sociedades
y aquellos que pagan las personas naturales. En el primer caso, se aplica
el llamado Impuesto de Primera Categoría, mientras que las personas
quedan gravadas con el impuesto Global Complementario o con el Impuesto
Único de Segunda Categoría, según sea el caso.
Impuesto
de Primera Categoría
Se trata de un impuesto anual de tasa única, actualmente en 17%,
el cual grava las utilidades de capital devengadas en el período
enero-diciembre de cada año.
A este impuesto están afectos sociedades (empresas) y demás
personas que obtengan rentas de capital en el desarrollo de actividades
productivas o de servicios. La Ley de la Renta distingue varias actividades
sujetas a este impuesto (financieras, industriales, comerciantes, etc.).
Este impuesto funciona sobre “bases devengadas”, de modo
que al pagar impuestos no sólo se consideran aquellas rentas
efectivamente percibidas en el año sino también aquellas
ganancias aún no realizadas (por ejemplo, ventas a plazo).
Impuesto
Único de Segunda Categoría
Se trata de un impuesto mensual de carácter progresivo (puesto
que va por tramos), y que grava sólo las rentas del trabajo dependiente
(esto es, el sueldo que se percibe en virtud de un contrato de trabajo).
Recibe el nombre de “único” porque con el pago de
éste el trabajador cumple con su obligación tributaria,
en la medida que el sueldo sea su principal fuente de ingreso. Es el
empleador el encargado de calcular, retener y enterar en arcas fiscales
este impuesto.
Este tributo también grava a los pensionados que sólo
tengan como ingreso su jubilación.
Tabla
impuesto único
Impuesto
Global Complementario
Es un impuesto de carácter progresivo (va por tramos) que afecta
solamente a las persona naturales. Dicho gravamen se declara y paga
una sola vez al año, durante la llamada Operación Renta
en el mes de abril.
Deberán hacer declaración de Global Complementario aquellos
que durante el año hayan percibido rentas de distinta fuente
(por ejemplo, si alguien recibió sueldo y además honorarios
o dividendos de acciones). De allí su carácter de “global”.
El solo hecho de declarar no significa que la persona deba pagar impuesto,
ya que ello dependerá de que sus rentas globales superen el tramo
exento establecido por ley.
A este impuesto también están afectos los trabajadores
independientes, siempre que sus rentas superen el tramo exento fijado
por ley.
Tabla
Global Complementario
Especial: Los impuestos en Chile
Fuente:Guía
Práctica "Mis Finanzas Personales"; Deloitte
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