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Cuatro pasos para calcular cuánto les aportará el fisco a quienes cotizaron poco

jueves, 13 de marzo de 2008

EDUARDO OLIVARES C.
Economía y Negocios

A través del Aporte Previsional Solidario, el Estado subsidiará a las personas con bajas jubilaciones.

Especial: Reforma previsional

Nuevo lenguaje y nuevos cálculos. A eso deberán acostumbrarse los chilenos con la reforma previsional, cuyos beneficios comenzarán a pagarse desde el 1 de julio.

Del nuevo Sistema de Pensiones Solidarias hay dos estrellas: la Pensión Básica Solidaria (PBS), que será de $60 mil este año y que favorece a quienes nunca cotizaron en el sistema, y el Aporte Previsional Solidario (APS), que es un subsidio estatal para quienes habiendo cotizado percibieron una jubilación escasa, la cual será premiada con este suplemento.

El sistema se dirige al 40% más pobre de la población, lo que aumenta gradualmente hasta llegar al 60% en 2012.

Calculando el APS

La ley fija máximos aportes por cada año. ¿Cómo puede calcularlo? Aquí, cuatro pasos.

1. Monto de la Pensión Base (PB
): Sepa cuál es el valor bruto de su pensión actual. En estos ejercicios tomaremos cifras gruesas, por ejemplo: $50.000.

2. El factor
: Según una tabla, cada año tiene un factor: en 2008 es 0.86; 2009, 0.625; 2010, 0.50; 2011, 0.375, y 2012, 0.294. Multiplique su PB por el factor. Ejemplo para 2008: $50.000 por 0,86 = $43.000. Si fuera en 2010: $50.000 por 0,50 = $25.000.

3. La resta
: Este año, debe restarle a $60.000 ($75.000 entre 2009 y 2012) el resultado de su multiplicación. Ejemplo en 2008: $60.000 menos $43.000 = $17.000. Si fuera en 2010: $75.000 menos $25.000 = $50.000.

4. El APS
: El resultado de la anterior operación es el APS; es decir, lo que el Estado le aporta a la persona para mejorar su pensión. Para saber cuál será su pensión final, sume el APS a su PB. Ejemplo 2008: $50.000 más $17.000 = $67.000. Si fuera en 2010: $50.000 más $50.000 = $100.000.

Progresión
: Cada año, el aporte estatal va subiendo. El máximo subsidio se da en 2012, cuando la suma entre su PB y el APS no pueda superar los $255.000.

Salud
: Toda persona debe cotizar el 7% para su salud. Sólo se excluye a los "carentes de recursos" (indigentes).

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