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Corte Suprema ratifica multa a Salco Brand por no mantener visible algunos medicamentos

viernes, 04 de septiembre de 2009


Orbe

La cadena de farmacias deberá desembolsar $1.832.250 luego de que se rechazara el recurso de queja presentado en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que había ordenado el pago anteriormente.

SANTIAGO.- La Corte Suprema ratificó que la cadena de farmacias Salco Brand S.A. deberá cancelar una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales (equivalentes a un $1.832.250) por no mantener un stock permanente y visible de productos a disposición del público.

En fallo unánime los ministros de la Segunda Sala determinaron rechazar el recurso de queja presentado en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que había ordenado el pago antes señalado por violar la Ley del Consumidor.

El fallo cita las declaraciones realizadas por los testigos Julio Pérez González y don Pedro Ríos Parra quienes como fiscalizadores de la denunciante, dijeron haber constatado que en los locales de la calle Teatinos y en Mall Plaza Vespucio no existía inicialmente a disposición del público y de manera permanente y visible, un listado de precios de los distintos productos y medicamentos ofrecidos.

"Sólo después de insistentes gestiones de los fiscalizadores y transcurrido un determinado lapso, se pudo tener acceso a éstas", asegura el informe.

El documento judicial detalló además que dicha situación llevo a concluir que "que la empresa denunciada no ha cumplido con lo dispuesto en el inciso final del artículo 30 ya referido, como asimismo lo preceptuado en la letra b) del artículo 3ø de la ley ya citada, en cuanto al derecho del consumidor a una información oportuna de los bienes y servicios ofrecidos, debiendo en consecuencia estos sentenciadores aplicar las sanciones que procedieren".

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