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Fiscalía buscará revertir en Corte de Apelaciones decisión de jueza de garantía:

Longueira solo iría a juicio por cohecho, tras ser sobreseído por delitos tributarios en caso SQM

miércoles, 03 de abril de 2019

Andrea Chaparro
Nacional
El Mercurio

El monto comprometido en la facilitación de boletas falsas atribuidas por el Ministerio Público al exsenador supera los $383 millones.



Con la resolución dictada ayer por la jueza de garantía Ely Rothfeld, en la que descartó los delitos tributarios, el exministro Pablo Longueira solo podría ser llevado a juicio oral por cohecho reiterado. Según la acusación presentada por el Ministerio Público en su contra, habría realizado gestiones en la tramitación de la Ley de Royalty en favor de SQM, cuando era senador de la UDI en 2010, y en dos contratos de invariabilidad tributaria que beneficiarían a la minera y sus filiales, los que firmó como ministro de Economía bajo la primera administración de Sebastián Piñera en 2011.

Los delitos tributarios que se le atribuyeron por la facilitación de 70 boletas ideológicamente falsas a SQM, que suman poco más de $383 millones, quedarían excluidos a menos que la fiscal regional de Valparaíso, Claudia Perivancich, consiga revertir la decisión de la magistrada en la Corte de Apelaciones de Santiago.

Para Rothfeld "un requisito de procesabilidad" en el caso de delitos tributarios es la existencia de una denuncia o querella nominativa del Servicio de Impuestos Internos (SII), lo que no se cumple en el caso de Longueira, a quien sobreseyó de manera definitiva parcial en la investigación por financiamiento irregular de campañas políticas.

Vicio no enmendable, según jueza

"No habiéndose presentado denuncia ni querella alguna por parte del SII y siendo, en opinión de esta jueza y de senda jurisprudencia tenida a la vista, que efectivamente resulta un requisito de procesabilidad que aquella se dirija nominadamente contra personas determinadas, en cuyo caso no se encuentran los peticionarios Longueira, (Eva) Mujica y (Luis) Matte", inició la conclusión de la jueza Rothfeld, luego de alrededor de tres horas de debate.

Y continuó diciendo que hoy la oportunidad para ello está "por cierto expirada" y es imposible "enmendar dicho vicio procesal y, en consecuencia, parece que no se puede sostener un procedimiento penal por estos delitos solo en base al actuar oficioso del Ministerio Público, por lo que habiéndose presentado acusación y atendido el largo plazo transcurrido desde su presunta perpetración constituye claramente la causal establecida por la ley para la extinción de la responsabilidad penal de los imputados, tal como prescribe el artículo 250 letra d) del Código Procesal Penal".

Sin perjuicio de ello, la magistrada optó por no condenar en costas al Ministerio Público, como lo habían solicitado las defensas de Longueira, del extesorero del PPD Luis Matte y de la "boletera" Eva Mujica, por estimar que hubo motivo plausible para litigar, atendido que existía "jurisprudencia en ambos sentidos, atendida la trascendencia del asunto y tratándose de una materia de interpretación".

Al finalizar la audiencia, la fiscal regional de Valparaíso, Claudia Perivancich, quien encabeza el caso, reconoció que no era la decisión que esperaba, pero recordó que la propia jueza admitió que hay "distintas interpretaciones para este punto". El Ministerio Público, puntualizó la investigadora, entendía que "estaba habilitado para proceder en este caso". Dijo además que "probablemente" irían a la Corte de Apelaciones y que el cohecho sigue en pie.

Sobre ese delito, replicó la defensa de Longueira, el abogado Alejandro Espinoza: "Hemos instado para que eso se resuelva y aclare en esa instancia, porque tenemos la convicción de que Pablo Longueira no ha recibido absolutamente ningún peso irregular de SQM". Y en cuanto a la resolución de ayer, afirmó que "estamos satisfechos".

Resolución
También incluyó al extesorero del PPD Luis Matte y a la "boletera" Eva Mujica.

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