Después de años de postergaciones, mañana se inicia el proceso de cotización obligatoria de los trabajadores independientes. El inicio de la Operación Renta 2019 es el hito que marcará la implementación de la Ley 21.133 promulgada el 24 de enero y que obligará a realizar cotizaciones de salud y previsionales a un grupo de trabajadores que se desempeñan de manera independiente, con cargo a sus respectivas devoluciones de impuestos. Claro que como todo nuevo proceso, hasta el momento hay más dudas que certezas entre los afectados por la ley (ver recuadro), por lo que en las últimas horas la Subsecretaría de Previsión Social, el Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Tesorería General de la República iniciaron una ofensiva comunicacional para informar del proceso que se avecina. Desde el SII explican que varios meses antes de la promulgación de la ley comenzaron el trabajo de coordinación con las instituciones involucradas, con el objeto de adoptar las medidas que fueran necesarias para facilitar el proceso de adaptación de los contribuyentes trabajadores a honorarios, especialmente en lo relacionado al cálculo de las cotizaciones previsionales. Dicho trabajo permitió a la entidad enviar, a partir del viernes, correos electrónicos a los contribuyentes obligados a cotizar -que superan los 577 mil-, con una propuesta preliminar de su declaración de renta, incluido el cálculo de su aporte previsional de acuerdo a las opciones de cobertura total y parcial que consideró la ley. Esta última alternativa permite al trabajador cotizar por un porcentaje menor de su base imponible, el que irá aumentando gradualmente en los próximos diez años (ver recuadro). A esto se suma el reforzamiento de la atención presencial y a distancia que durante el período de la Operación Renta realizará el SII, mediante la habilitación de 220 puntos de orientación al contribuyente. "El principal desafío en este proceso es conseguir que los contribuyentes cuenten con toda la información necesaria al momento de realizar su declaración", explican desde la entidad dirigida por Fernando Barraza. Pagos previsionales tienen prioridad sobre cobranzas por deuda universitaria o de pensiones de alimentos Claro que además de las dudas operativas que han surgido entre los contribuyentes, también hay otras inquietudes que están despertando en otros actores que también verán efectos de esta ley. En concreto, qué ocurrirá con las otras retenciones que se aplicaban al 10% de devolución de impuestos para los contribuyentes independientes y a honorarios. El año pasado, por esta vía, la Tesorería logró recuperar $22.935 millones por deudas tributarias, $21.420 millones por deudas universitarias ligadas al CAE y al Fondo Solidario, $7.690 millones por deudas laborales y previsionales y $373 millones por pensiones de alimentos. En total, $56.981 millones en deudas que eran pagados con cargo a retenciones de las devoluciones de impuestos (ver infografía). La nueva ley que ahora entra en vigencia establece que las retenciones de honorarios deben utilizarse en primer lugar para pagar las cotizaciones previsionales, luego para pagar los impuestos. "Solo en el caso que resulte una devolución y el contribuyente tuviese algunas de las deudas antes señaladas, la Tesorería podría compensar parte o el total de la devolución autorizada", explican en el SII. Así las cosas, las deudas por pensiones de alimentos no quedan en primera posición para ser pagadas por esta vía. La abogada y docente de la cátedra Derecho de Familia de la UC, Carolina Salinas, reconoce que durante la discusión parlamentaria de la Ley 21.133 se planteó que se estaba generando "una zona gris" en torno a este tema. Pese a eso, advierte que tal como se promulgó la ley, las retenciones para cotizaciones previsionales tienen prioridad. "Cuando existen varios créditos sobre una misma suma de dinero, que no es suficiente para cubrirlos todos, deben aplicarse las normas de prelación de créditos del Código Civil. Pues bien, las cotizaciones previsionales son créditos de primera clase, que incluso se pagan antes que los impuestos. En cambio, las pensiones alimenticias ordenadas por la justicia no tienen preferencia alguna; de hecho, hay una moción parlamentaria del año pasado que intenta dar preferencia a los alimentos", explica la profesional. Salinas reconoce que es posible prever una merma de la retención que por concepto de alimentos adeudados se obtenían cada año en la Operación Renta, sobre todo en el caso de los deudores que hagan opción por la retención total de sus devoluciones para efectos previsionales. "Sin duda afectará a los alimentarios que lograban obtener el pago a través de este mecanismo", añade. La abogada experta en Derecho de Familia, Mónica Jottar, socia del estudio Jottar & Campodónico, afirma que esta merma se traducirá en la necesidad de apelar a otro tipo de apremios que contempla nuestra legislación, de modo de obtener el pago forzado de las pensiones alimenticias adeudadas. "Nuestra legislación hace procedente solicitar tanto apremios personales como reales", explica. Entre los primeros, medidas como la solicitud de arresto y de arraigo nacional, o de la suspensión de la licencia de conducir. Asimismo, se puede solicitar el embargo y remate de los bienes del deudor, hasta el pago total de la pensión. En el mundo de la educación, ocurre algo similar. Desde la Comisión Ingresa -organismo estatal independiente encargado de la administración del sistema de créditos de educación superior-, explican que del casi millón de personas que han solicitado el crédito CAE, casi la mitad (484.380) estaban en etapa de pago. De ese universo, 80.726 están en estado de mora (tienen tres o más cuotas impagas). Según cifras de la entidad, en 2018, del total pagado por deudas del CAE a los bancos y compensaciones al fisco, 3,94% provino de las retenciones aplicadas a esos deudores. La situación preocupa al Consejo de Rectores, instancia que reúne a los rectores de 27 universidades estatales y no estatales, quienes se encuentran analizando el tema. Reglamentos aún no ingresan a Contraloría Pese al esfuerzo de las autoridades por sacar adelante el proceso sin inconvenientes, una de las etapas de la ley aún no culmina: la aprobación de los reglamentos que permitan su implementación. Durante esta semana, dichos documentos pasaron por los escritorios de los ministros de Trabajo, Salud y Hacienda. El siguiente paso es la firma del Presidente Sebastián Piñera, proceso que se completaría este fin de semana, para su posterior ingreso a la Contraloría, el que se concretaría este lunes. ¿Por qué los reglamentos son importantes? En el articulado de la nueva legislación se alude a que, una vez que el SII haya retenido la devolución de impuestos de los trabajadores a honorarios -la primera etapa del proceso-, serán dichos reglamentos los que regulen la forma y términos bajos los cuales la Tesorería hará los traspasos de las cotizaciones a instituciones como las AFP, Fonasa, isapres, etc. O sea, si bien a partir de mañana y durante abril no serán aún necesarios, sí lo serán en la etapa posterior de reparto de los pagos. Una vez que ingresan los reglamentos para su revisión, la ley le otorga a la Contraloría un plazo de 15 días hábiles, prorrogables por otros 10 días hábiles, para aprobarlos, aprobarlos con alcances, o rechazarlos. En la Operación Renta 2018 la Tesorería retuvo $373 millones por deudas en el pago de pensiones de alimentos. 577.862 $21.420 220
contribuyentes estarán obligados a cotizar como independientes.
millones se recuperaron el año pasado por retenciones de deudas universitarias ligadas al CAE y al Fondo Solidario.
puntos de orientación al contribuyente habilitará el SII para la Operación Renta 2019