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Contienda en banda de 700 MHz:

Entel, Movistar y Claro alegan en el TC y responden a Conadecus y Wom

martes, 05 de marzo de 2019

Luis Musquiz
Economía y Negocios
El Mercurio

Entidad ordenó que Subtel aborde supuestas condiciones para cumplir la devolución de espectro radioeléctrico.



Otro capítulo se escribió ayer en la disputa por la restitución de la cantidad de espectro radioeléctrico sobre 60 MHz adquirida por Entel, Movistar y Claro en la licitación de la banda de 700 MHz. Abogados de estas tres compañías alegaron ante el Tribunal Constitucional (TC) para que este organismo declare admisible los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en contra del artículo 27 del Decreto Ley 211, y permita que la Corte Suprema conozca una apelación en contra de una sentencia definitiva del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en el marco de un juicio ejecutivo. En tanto, la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus) -que triunfó el año pasado en la Corte Suprema tras pedir la devolución de parte del espectro radioeléctrico- y Wom pidieron al TC la inadmisibilidad de la inaplicabilidad y, por ende, que no se conceda la apelación.

El abogado de Entel, Cristóbal Eyzaguirre, sostuvo que aún existe una gestión judicial pendiente para resolver el caso y rechazó los argumentos de inadmisibilidad que esgrimen Wom y Conadecus. "Mucho se argumenta que Entel debería haber solicitado la suspensión del 'falso recurso de hecho' (presentado por Conadecus y acogido por la Corte Suprema, pese a la suspensión decretada por el TC). Este argumento es ridículo. El requerimiento de Entel se presentó el 24 de enero, la suspensión fue decretada el 29 de enero y ese mismo día Conadecus ingresa su 'falso recurso de hecho'".

Además, Eyzaguirre sostuvo que el artículo 29 del Decreto Ley 211 permite aplicar las normas del libro I y II del Código de Procedimiento Civil al cumplimiento de una sentencia del TDLC, que consideran la interposición de un recurso de apelación contra una sentencia de cumplimiento del TDLC.

El abogado de Telefónica Móviles (Movistar), Javier Velozo, dijo que la gestión pendiente es el recurso de apelación en contra de una sentencia definitiva del TDLC que rechazó una excepción de falta de oportunidad en la ejecución del fallo que ordena enajenar una porción de espectro a las empresas condenadas (Entel, Movistar y Claro). "Telefónica ha declarado su voluntad de dar cumplimiento a la orden de enajenación en cuanto ello sea posible. Pero ese fallo que ordena la enajenación pide a Subtel velar por el oportuno y adecuado cumplimiento, adoptando las medidas necesarias para llevarlo a cabo", manifestó el representante. Sin embargo, acusó que esas medidas "aún no han sido dictadas por el regulador".

El abogado de Claro Chile, Francisco Blavi, expresó que de rechazarse la inaplicabilidad "no se podría impugnar por el solo hecho de encontrarse ante el TDLC. Pero si la misma sentencia tuviese su origen en otro juicio, no existiría duda de que la apelación sería procedente". Agregó que "no puede ser posible que la sentencia definitiva del TDLC sea sometida a algún tipo de revisión".

El representante de Conadecus, Cristián Reyes, dijo que "estamos ante un caso que carece de fundamento lógico y está haciendo perder el tiempo a todos". Añadió que el recurso de apelación no existe en el DL 211 y "las empresas requirentes están queriendo modificar la ley e incorporarlo". Señaló que se trata de crear una realidad que no es tal. Además, Bravo recurrió a la historia de la ley para señalar que la apelación no está contemplada.

El abogado de Wom, Juan Carlos Riesco, manifestó que la inaplicabilidad no debe ser admitida, ya que no hay gestión pendiente en el asunto. "La propia Corte Suprema, al fallar el falso 'recurso de hecho', sostuvo que no es competente para conocer una apelación que va en contra de una resolución en un cumplimiento incidental", dijo. Afirmó que no se puede aplicar por analogía normas de juicios civiles a juicios especiales, como en libre competencia.

Durante la tarde, y como medida para mejor resolver, el TC ordenó a la Subtel que hasta el próximo lunes se pronuncie sobre la supuesta existencia de condiciones para que se cumpla la devolución del espectro radioeléctrico. Consultada, la entidad sostuvo que enviará la información requerida.

Plazo
La Subtel tiene plazo hasta el mediodía del próximo lunes para entregar antecedentes al TC.

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