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Comenzó a regir la ley que establece las sanciones:

Multas por impedir ingreso a playas podrían alcanzar los $4,8 millones

viernes, 15 de febrero de 2019

Dierk Gotschlich
Nacional
El Mercurio

De no existir un acceso, la intendencia regional y Bienes Nacionales deben habilitar uno a través de la propiedad privada más cercana a la orilla.



La semana pasada estuvo marcada por el debate sobre el estrecho margen entre el espacio público y propiedades privadas que colindan con playas de mar, ríos y lagos.

Esto provocó que el Ministerio de Bienes Nacionales aclarara, a través de un informe técnico, cuál es el límite de estos terrenos. Con el fin de resguardar que todos los ciudadanos puedan aprovechar las orillas lacustres, la cartera llamó a denunciar situaciones en las que propietarios prohíben el acceso al Bien Nacional de Uso Público a otras personas.

Ayer, ese resguardo se extendió con la entrada en vigencia de la ley impulsada por el Gobierno -aprobada el año pasado en el Congreso- que establece sanciones para quienes impidan el acceso a estos lugares. Esta es la primera vez que se formulan castigos de este tipo, ya que antes no existían multas para quienes obstruyen los caminos de ingreso a playas.

En el texto se afirma que una vez fijadas las vías de acceso, "el propietario, arrendatario, tenedor u ocupante del terreno colindante no podrá cerrarlas ni obstaculizarlas de ningún modo. En caso de contravención, el infractor será sancionado con multa a beneficio fiscal de diez a cien unidades tributarias mensuales". Es decir, los montos irían entre $483 mil y $4,8 millones.

Según el ministro de Bienes Nacionales, Felipe Ward, esta temporada se han registrado denuncias de caminos cortados con rejas con candado, vehículos e incluso maquinarias.

En esa línea, el secretario de Estado detalla que si no existe un acceso público a una playa, río o lago, se deberá habilitar uno a través de la propiedad más cercana a la orilla. El lugar por donde pasará el camino será definido entre la intendencia regional, el ministerio y el propietario del terreno.

"No es llegar y entrar por cualquier casa. La ley no permite eso, pero sí que el ciudadano al que no le permitieron entrar se acerque a Bienes Nacionales, nosotros nos reunimos con el intendente, fijamos el acceso, se le comunica al propietario privado y a la ciudadanía para que las personas puedan entrar por ahí", precisa el titular de la cartera.

"Sanción social"

A diferencia de impedir el acceso, prohibir el uso de un espacio público no implica sanciones legales. Por lo mismo, el empresario protagonista del polémico video del lago Ranco por expulsar a tres mujeres desde la orilla no fue multado.

Ward plantea que en estos casos no es necesario establecer una sanción monetaria: "ha quedado claro que hay una sanción social", y asegura que "eso es muy bueno, porque nos permite devolverles el derecho a las personas para que gocen de las playas que son de los chilenos y no de algunos".

Desde que se inició la campaña "Que no te falte playa", en diciembre del año pasado, Bienes Nacionales ha recibido 577 denuncias por negar la permanencia en un lugar de uso público.

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