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Tope imponible: cómo se calcula el valor máximo para las cotizaciones previsionales de 2019

sábado, 12 de enero de 2019


Economía y Negocios
El Mercurio

A mediados de semana, la Superintendencia de Pensiones dio a conocer las modificaciones para 2019 de los topes imponibles, los cuales rigen para el cálculo de las pensiones, salud, ley de accidentes y seguro de cesantía.



¿Cuál es este tope para 2019?

La Superintendencia de Pensiones (SP) informó que el nuevo tope imponible mensual para calcular las cotizaciones obligatorias del sistema de AFP, de salud y de Ley de Accidentes del Trabajo será de 79,3 unidades de fomento (UF) para 2019, monto que el año pasado se aplicaba en 78,3 UF.

El seguro de cesantía también sufrirá modificaciones, pasando de un tope imponible de 117,5 UF en 2018 a 119 UF este año.

Estos valores deberán ser aplicados a partir del pago de las cotizaciones correspondientes a las remuneraciones de enero de 2019, las cuales tendrán fecha límite para su pago el 11 de febrero, plazo que se extenderá dos días en el caso de que las operaciones se realicen a través de medios electrónicos.

¿Cada cuánto se deben reajustar estos valores?

La legislación vigente establece que ambos valores (cotizaciones y seguro de cesantía) deben reajustarse anualmente cuando el Índice de Remuneraciones Reales, el cual informa el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), registre variaciones positivas durante el año anterior.

En el período noviembre 2017-noviembre 2018, dicho índice aumentó 1,3%, cifra que es de carácter preliminar y que fue publicada por el INE e informada a la Superintendencia de Pensiones el 8 de enero pasado.

En febrero de 2019, el INE publicará el valor definitivo de la variación del Índice de Remuneraciones Reales, el que en caso de que sea distinto al actual 1,3%, el tope imponible deberá ser modificado para el posterior cálculo de las cotizaciones previsionales.

Fuente: Superintendencia de Pensiones (SP)

¿Qué son las cotizaciones previsionales de AFP?

Las cotizaciones previsionales corresponden al 10% de los ingresos de los trabajadores afiliados al sistema de AFP, quienes tienen la obligación de cotizar este porcentaje de sus remuneraciones imponibles, o rentas mensuales, en su cuenta de capitalización individual, las cuales se acumulan para pagar futuras pensiones.

Estas cotizaciones se encuentran exentas de impuestos a la renta.

¿Qué es el tope imponible?

La cotización obligatoria es el monto proporcional a los ingresos de cada afiliado que se destina a la pensión. Este posee un límite máximo de ingresos a cotizar, llamado tope imponible.

Por lo tanto, los descuentos sobre el salario bruto del trabajador no son el 10% del total de sus ingresos, sino que solo el 10% del tope imponible.

79,3 UF

es el tope imponible para 2019 (unos $2.185.826), tras la actualización de la Superintendencia de Pensiones.

1,3%

aumentó en el período noviembre 2017-noviembre 2018 el Índice de Remuneraciones Reales del INE, indicador por el cual se modifican los topes imponibles.

119 UF

será el tope imponible mensual para el cálculo de cotizaciones del Seguro de Cesantía este año.

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