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Tribunal resolvió que no corresponde el procedimiento de tutela laboral:

TC declara inconstitucional aplicación de juicio por despido a empleados públicos

miércoles, 12 de diciembre de 2018


Economía y Negocios
El Mercurio




Un contundente fallo emitió la semana pasada el Tribunal Constitucional (TC), que podría tener efectos relevantes en el sistema de relaciones laborales del sector público. En el marco de un juicio entre la Municipalidad de San Miguel y una funcionaria que acusó ser despedida por razones de opinión política, la magistratura constitucional acogió un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por el municipio que buscaba anular la aplicación del artículo 1, inciso tercero y 485 del Código del Trabajo. Es decir, no hacer aplicable a la funcionaria pública el juicio de tutela laboral que castiga los despidos por causas arbitrarias.

En juicios previos en el juzgado de letras del Trabajo de San Miguel y en la Corte de Apelaciones de San Miguel, se acogió la demanda de la funcionaria en contra de la municipalidad, disponiéndose el pago de indemnizaciones.

En un fallo dividido, que hasta ahora solo tiene efecto respecto del caso en conflicto, el TC declaró que el procedimiento de tutela laboral solo es aplicable para los trabajadores regidos por el Código del Trabajo.

El Tribunal Constitucional precisa que las denuncias por despidos arbitrarios y acoso laboral en la administración pública deberán canalizarse por medio de reclamaciones administrativas (ante la Contraloría) o recursos de protección.

La sentencia colisiona con lo que venía fallando desde 2014 la Corte Suprema, que decretó que si bien el estatuto administrativo tanto general como municipal no regula explícitamente la aplicación de los juicios de tutela laboral a los empleados públicos, sí se les hace aplicable de forma supletoria este procedimiento.

Tras la decisión, se reactivará la revisión del recurso de nulidad que había presentado por este caso el Municipio de San Miguel en la Corte Suprema.

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