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Gobierno espera una "expedita" tramitación del proyecto que rebaja impuesto a las bencinas

martes, 09 de septiembre de 2008


Economía y Negocios Online

La iniciativa, que será votada esta tarde en la Cámara de Diputados, fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Hacienda de la corporación.

VALPARAÍSO.- El ministro de Hacienda, Andrés Velasco, se mostró optimista hoy respecto de la tramitación en el Congreso del proyecto de ley que rebaja el impuesto específico a las bencinas.

“El proyecto fue aprobado unánimemente en la Comisión de Hacienda de la Cámara, así que la meta que nos habíamos planteado de que ojala esto se pueda despachar del Congreso esta semana se ve muy bien encaminada”, afirmó.

Consultado sobre si mañana esta iniciativa será vista por el Senado, el secretario de Estado precisó que ello “no depende del Ejecutivo, pero hemos visto buena voluntad de los parlamentarios. Hay sesión de la Sala de la Cámara de Diputados esta tarde y ojala quede despachado para verlo mañana en el Senado”.

Precisiones técnicas
Velasco recordó que el proyecto reduce transitoriamente de la tasa de impuesto específico a las gasolinas a 3,5 UTM por metro cúbico, medida se traducirá en una menor recaudación fiscal estimada en US$220 millones en 2009.

Informó que se introdujeron al texto precisiones técnicas referidas a los gatillos que operan cuando el promedio de los precios del petróleo WTI en los mercados internacionales en los últimos 12 meses llega a ciertos umbrales, aunque subrayó que “la rebaja que se legisla en este proyecto se mantiene sin cambios mientras ese promedio esté por sobre los US$85 dólares por barril”.

La indicación establece ajustes a la escala de impuesto que se aplicará de ese promedio hacia abajo, de modo que la tasa del tributo vaya variando en función del promedio de los precios internacionales del petróleo.

Respecto de la eliminación del impuesto a las transferencias electrónicas, giros desde cajeros, cheques y traspaso de fondos de cuenta corriente, Velasco destacó que la indicación aprobada acelera su vigencia de modo que rija desde el mes siguiente al del despacho de la ley en lugar de enero de 2009.

Añadió que también se incluyó una precisión técnica respecto de las empresas que pueden acogerse a los regímenes de tributación contemplados en los artículos 14 bis y 14 ter de la Ley de la Renta, que permiten al contribuyente pagar impuestos sólo al momento de retirar utilidades o bien acogerse a un sistema simplificado de determinación de sus impuestos. Aunque el límite para acceder a ambos regímenes se amplía de 3.000 UTM a 5.000 UTM de ventas anuales, se precisa que la calificación para estos regimenes especiales considera el promedio de las ventas anuales de los tres años, en lugar de las del último año.

Velasco enfatizó que se aprobaron por unanimidad las tres disposiciones que el proyecto establece para evitar la elusión o abuso respecto de estos regímenes preferentes para las empresas de menor tamaño. “Por un lado, se suman las ventas de las empresas relacionadas para ver si califican o no para estos sistemas. También se establece que si la empresa adscrita a estos sistemas vende en un año más de 7.000 UTM, debe tributar ese año de acuerdo a la norma general. Y lo tercero es que se clarifica que los regímenes especiales se aplican a pymes y no a holdings o sociedades que se constituyen con el único propósito de ser dueñas de otras empresas”, explicó.




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