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Fiscalía congela investigación por venta del "cupo en dólares" en tarjetas de crédito y SBIF zanja dudas: "Esta no es una actividad penada en la ley"

domingo, 28 de octubre de 2018

Carlos Agurto López
El_Mercurio

Empresas del sector moverían alrededor de US$ 24 millones al año. Hace años la industria bancaria viene cuestionando la existencia de esta práctica, por la que tarjetahabientes "canjean" sus cupos en dólares por pesos chilenos, sin mediar una compra en el extranjero. Pero lejos de amainar, se transformó en una industria que ya mueve $16 mil millones al año y con varias empresas operando en Chile. "Las personas no tienen más limitaciones que las que señala el contrato para usar el cupo de la línea que el emisor les ha otorgado, por lo que si no se establece una limitación contractual, estos clientes tienen libertad para disponer de ese dinero", señalan en la SBIF.

"Señor, es muy sencillo. Nosotros hacemos un cargo en dólares en su tarjeta de crédito y le pagamos en pesos en forma inmediata", señala un hombre con voz profunda en un audio de WhatsApp.

En diarios, principalmente de regiones, en la web y en la radio se pueden encontrar también avisos publicitarios de una práctica que desde hace años es cuestionada y vista como ilegal por la banca, pero que lejos de amainar ha proliferado en Chile y ya suma unas 12 empresas operando en ella, moviendo la friolera de $16 mil millones al año, unos US$ 24 millones.

Se trata de la venta del "cupo en dólares" de las tarjeta de crédito, que consiste en captar clientes que posean tarjeta de crédito bancaria, quienes por necesidad de liquidez transfieren su cupo en dólares -tal como si fuera una compra al exterior-, y una firma intermediara les transfiere a su vez el equivalente en pesos chilenos. Claro está, descontando una comisión por este servicio (ver recuadro).

Esta práctica surgió en Chile hace ya seis años y puso en alerta a la industria bancaria, cuestionándola y calificándola de ilegal. Incluso Banco Santander presentó una querella en su momento.

Pero tras una investigación llevada a cabo por el Ministerio Público, esta fue cerrada en agosto, sin resultados, ni formalizaciones. Y por su parte, el regulador bancario se pronuncia en forma categórica sobre el tema: si bien la tilda como una "mala práctica", "esta no es una actividad penada en la Ley General de Bancos", respondió a "El Mercurio" la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF).

Fiscalía: "No encontramos antecedentes vinculados a delitos de fraude"

Durante todo este tiempo, en la banca han sostenido -en reserva- que esta actividad es ilegal y que la SBIF no ha tomado cartas en el asunto. Según la industria, puede revertir el carácter de delito por infracción al artículo 39 de la Ley General de Bancos. Correduría de dinero por instituciones no validadas por el ente fiscalizador, estafa y simulación de contrato serían algunos de los ilícitos a ojos del sector bancario. Asimismo -agregan-, se violarían las normas de protección a los consumidores respecto de los servicios financieros.

Sin embargo, tras la querella presentada en enero de 2017 por el Banco Santander contra tres empresas del rubro, Golden International, Cupoendólares y Dolarapeso -alegando presuntos delitos de comercialización falsa y estafa-, la fiscal Teresa Muñoz Becker, quien llevó a cabo las investigaciones en la Fiscalía de Ñuñoa, señaló tajante: "Tras la indagatoria realizada a la fecha, no encontramos antecedentes vinculados a delitos de fraude que causaran un perjuicio económico actual al querellante, ni antecedentes para sostener la existencia de una clara infracción a la Ley de Bancos. Ante la inexistencia de estos antecedentes, la ley prescribe un camino que es el que tomó la fiscalía: aplicar la decisión de no perseverar", dice la fiscal, sin perjuicio de agregar que se trata de una decisión de carácter provisional, "es decir, que puede ser variada si nuevos antecedentes lo justifican".

"Sin perjuicio de lo anterior, la fiscalía entregará información relativa a esta nueva modalidad de intercambio comercial a la Superintendencia de Bancos, a fin de que tome conocimiento detallado de la misma", agrega.

En la SBIF, a su turno, detallan que cuando las personas contratan con un emisor de tarjeta de crédito, uno de los productos que se les otorga es el llamado "cupo en dólares", que no es más que una línea de crédito en dólares al amparo de una tarjeta. "Las personas no tienen más limitaciones que las que señala el contrato para usar el cupo de la línea que el emisor les ha otorgado, por lo que si no se establece una limitación contractual, estos clientes tienen libertad para disponer de ese dinero", complementa.

En este contexto, el regulador sostiene que las personas pueden tomar malas decisiones, "como sobreendeudarse o vender el cupo en dólares de su tarjeta". Por esta razón, el llamado de la entidad dirigida por Mario Farren es que los usuarios de tarjetas de crédito hagan un uso responsable de estas. Además piden que los tarjetahabientes exijan de su emisor "toda la información que les permita utilizarlas de forma adecuada, conforme a los contratos pactados y la regulación vigente".

Quien estuvo a cargo de las investigaciones fue la Brigada de Delitos Económicos Metropolitana (Bridec) de la Policía de Investigaciones (PDI). El inspector de dicha unidad, Juan José González, ratifica que, tras el análisis de la operativa de estas empresas, queda claro que "no existe una clara regulación ni resolución administrativa, ni judicial, que hubiese debatido y fallado al respecto".

Ni la Asociación de Bancos ni el propio Banco Santander quisieron referirse a la respuesta del regulador.

Creador de Ecash: "Es una actividad no reglada. Hay un mar de diferencia con ser una actividad ilegal"

En la vereda opuesta, en esta industria de intermediación, ya operan varias compañías, como Cupo en Dólares, Ecash, Giro Dólares, Golden Royal, Cambio Cupo Dólar, Chile Cupos, Avance Dólar, Full Credipluss, Tu Cupo en Dólares. Y por cierto, que tienen una opinión distinta.

"Es muy fácil confundir los términos. Derechamente esta es una actividad no reglada. Hay un mar de diferencia con ser una actividad ilegal", afirma el creador de la empresa Ecash, Carlos Lobos Pinochet.

Al revisar las páginas web de estas empresas, sustentan la validez de sus operaciones en que todas las tarjetas bancarias emitidas en Chile están habilitadas para operaciones internacionales. Prueba de ello -dice Lobos- es que hacen publicidad en diversos medios de comunicación digitales, escritos y radios. "Algunos colegas incluso tienen espacios en programas nocturnos de televisión. Es tirado de las mechas hacer algo ilegal y mantener ese nivel de exposición", enfatiza Lobos.

Plantea que a mediados de 2016 se inició una "caza de brujas" contra las empresas que realizan esta actividad. "Pensar que los bancos, con todo el poder que tienen, han buscado la quinta pata al gato durante esos meses... En ese período me cayó una fiscalización especial del SII. Cuatro fiscalizadores me interrogaron tres horas tratando de pillar alguna yayita, y no encontraron nada. Las pocas empresas que existen estamos operando con toda normalidad, porque claramente no hay ninguna irregularidad. Si no fuese así, estaría preso hace rato", afirma.

Ante esta situación de indefinición, Lobos espera que este mercado se regule lo más pronto posible. "Hay otros rubros que están pasando por una situación similar, como las criptomonedas, que están definiendo de qué manera se aborda", dice.

Cuando se hicieron públicos los cuestionamientos a este tipo de operaciones durante 2016, tanto el Servicio de Impuestos Internos (SII) como el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) realizaron sus propias indagaciones.

Desde el SII confirman que estas operaciones de venta del cupo en dólares fueron detectadas en el marco del proceso de revisión de los nuevos modelos de negocios que van surgiendo en las distintas industrias, para asegurar que se cumpla la normativa tributaria correspondiente. Es por esto que formularon consultas a los organismos competentes, como la SBIF, para determinar con exactitud el marco normativo al que deberían ajustarse. "Actualmente la institución se encuentra analizando las respuestas recientemente recibidas para definir sus planes de acción", señalan.

En tanto, el Sernac revela que en los últimos dos años ha recibido solo un reclamo por este tema. Sin embargo, analizó este mercado para conocer las distintas empresas que ofrecían este servicio y caracterizarlo. De esta exploración, la entidad dice comprender que esta no es una operación de crédito en sí misma, "sino más bien una operación informal en la que un consumidor voluntariamente acuerda el pago de una comisión o tarifa determinada por el uso de su cupo de dólares". Considerando estos antecedentes, según el Sernac, aquí no se establecería el delito de "usura".

"En ese período me cayó una fiscalización especial del SII. Cuatro fiscalizadores me interrogaron tres horas tratando de pillar alguna yayita, y no encontraron nada. Las pocas empresas que existen estamos operando con toda normalidad, porque claramente no hay ninguna irregularidad". Carlos Lobos Pinochet creador de la empresa Ecash.

"Tras la indagatoria realizada a la fecha, no encontramos antecedentes vinculados a delitos de fraude, ni antecedentes para sostener la existencia de una clara infracción a la Ley de Bancos". Fiscal Teresa Muñoz Becker Fiscalía de Ñuñoa

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