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Presentó requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad. Escrito solicita la suspensión del acuerdo extrajudicial entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y la firma china, que fue aprobado hace unos días por el TDLC.

Julio Ponce acude al Tribunal Constitucional para frenar ingreso de Tianqi a SQM

jueves, 11 de octubre de 2018

Jaime Flores Fierro
Economía y Negocios
El Mercurio




Inversiones Pampa Calichera S.A., Potasios de Chile S.A. e Inversiones Global Mining Ltda. -sociedades a través de las cuales Julio Ponce es el principal accionista de SQM- presentaron un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC). Esto con el fin de suspender la aprobación del acuerdo extrajudicial entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y Tianqi, que visó la semana pasada el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) y que permite a la firma china la compra del 24% de las acciones de SQM pertenecientes a Nutrien (ex-PCS). La operación, que ascendería a US$ 4.066 millones, podría demorarse, y en último término obligar a Nutrien a vender en bolsa sus acciones en SQM, pues la firma producto de la fusión de PCS y Agrium tiene hasta abril para enajenar los títulos que posee en la chilena. Esto, de acuerdo con el plazo establecido por los reguladores de China e India para la integración. Sin embargo, el TC puso en tabla el requerimiento para hoy a las 15:00 horas, en una audiencia donde se resolvería su admisibilidad a trámite.

El recurso presentado por el abogado de las tres sociedades de Ponce, Sebastián Oddo, señala respecto del acuerdo FNE-Tianqi, que no procede aplicar el inciso segundo del artículo 39 letra ñ) del Decreto de Ley N° 211, que fija normas para la Defensa de la Libre Competencia.

El principal argumento esgrimido en el escrito para justificar la inaplicabilidad por inconstitucionalidad es: "el acuerdo no está promoviendo la libre competencia, sino que todo lo contrario, pues autoriza a que un competidor participe en la propiedad y gestión de otro competidor directo, haciéndose de su información confidencial y económicamente sensible en el mercado del litio".

También se aduce una supuesta falta al debido proceso al "no contemplar (el acuerdo) una forma de notificación que permita que terceros hagan valer sus derechos".

Previo al convenio, que entre otras mitigaciones, limita a los directores de la chilena que representan a Tianqi en decisiones vinculadas con el negocio del litio, opositores al ingreso de la china a SQM, alertaron el riesgo de que la asiática compartiera información estratégica con su socia Albemarle (competidora de la chilena) en el proyecto Talison en Australia.

Conadecus va al TDLC

La Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile (Conadecus) interpuso ayer un recurso de reposición ante el TDLC para impugnar la resolución del 4 de octubre del mismo tribunal que aprobó el acuerdo extrajudicial FNE-Tianqi.

Audiencia en el TC
Desde las 15 horas se verá hoy la admisibilidad a trámite del requerimiento.

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