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Las islas al sur del Canal Beagle, Laguna del Desierto y el caso del límite marítimo con Perú:

Los juicios y arbitrajes que ha enfrentado Chile en los últimos 40 años haciendo prevalecer el respeto al derecho internacional

domingo, 30 de septiembre de 2018

Gabriel Pardo
Política
El Mercurio

Especialistas destacan que tanto con Argentina como con Perú el país ha mantenido una conducta "irreprochable" recurriendo a mecanismos de solución pacífica de los conflictos y cumpliendo las sentencias.



Hay algo en lo que distintos especialistas coinciden: independientemente de un determinado resultado en materia de tribunales internacionales, Chile ha mantenido una conducta "irreprochable" de cumplimiento de las sentencias y de respeto al derecho internacional.

Así lo reafirman Luis Winter, Astrid Espaliat y Jaime Lagos Erazo al comentar los asuntos de carácter limítrofe que el país ha enfrentado en los últimos 40 años por la vía de arbitrajes, mediaciones y también de juicios ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya.

La amenaza de un conflicto

El primero es el diferendo del Canal Beagle. Sin duda, el episodio de mayor tensión que han enfrentado Chile y Argentina, y que los tuvo al borde de un conflicto bélico.

El 2 de mayo de 1977, la Corona Británica dio a conocer su sentencia, luego de que ambos países sometieran a laudo arbitral la soberanía de las islas al sur del Beagle: Picton, Nueva y Lennox.

El arbitraje del gobierno británico había sido solicitado por Chile y Argentina el 22 de julio de 1971, poniendo en vigencia los mecanismos acordados por ambos en el Tratado General de Arbitraje de 1902.

El acuerdo fue formar una corte arbitral constituida por cinco jueces integrantes de la Corte Internacional de Justicia, quienes debían entregar un fallo a la Corona Británica.

La resolución fue la siguiente: "Pertenecen a la República de Chile las islas Picton, Nueva y Lennox, conjuntamente con los islotes y rocas inmediatamente dependientes de ellas".

Chile aceptó la resolución de inmediato, pero Argentina no hizo lo propio. Eso comenzó a generar alta tensión.

"Argentina invitó a Chile tres días después del laudo a negociar la delimitación marítima... Todo lo que haría en adelante sería tratar de imponer dominio sobre las islas", relató en "Chile y Argentina, Historia del gran conflicto" el ya fallecido Ernesto Videla, hombre clave en las negociaciones y quien, siendo subsecretario de RR.EE., se convertiría en jefe de la delegación chilena en la posterior mediación papal.

La mediación papal

La tensión se hizo crítica el 25 de enero de 1978. Tras nueve meses de emitida la resolución, el gobierno de Jorge Rafael Videla desconoció la validez del fallo arbitral británico. Tan solo días antes, el 19 de enero de 1978, se había realizado en Mendoza una reunión a puertas cerradas entre el general Pinochet y el general Videla, para intentar llegar a un acuerdo. Quienes conocieron de esa cita plantean que Pinochet se mantuvo firme en buscar la paz, pero defendió la posición jurídica: las islas eran de soberanía chilena.

Incluso Chile evaluó recurrir a la Corte Internacional de Justicia, lo que para el gobierno argentino de la época era considerado un casus belli , o dicho en español, un motivo suficiente para iniciar un conflicto bélico, comenta el abogado y exdirector general de Política Exterior de la Cancillería Jaime Lagos.

En los momentos en que todo parecía conducir a un enfrentamiento se logró recurrir a la mediación del Vaticano y fue el Papa Juan Pablo II quien lideró el proceso, lo que para los especialistas fue un logro de los equipos encargados de la negociación.

"La mediación papal permitió llegar a un acuerdo que fue lo más cercano al laudo arbitral y lograr que eso fuese aceptado por Argentina", dice Luis Winter.

Finalmente, ambos países -de la mano de sus cancilleres- firmaron el Tratado de Paz y Amistad en el Vaticano, en 1984. Tras ese período complejo, señala Espaliat, se ha dado un período de armonía en la relación bilateral, que ha contribuido al desarrollo de ambos países.

Laguna del Desierto

El 31 de octubre de 1991, los presidentes Patricio Aylwin y Carlos Menem acordaron, según lo previsto en el Tratado de Paz y Amistad, acudir a un arbitraje internacional sobre la disputa por Laguna del Desierto.

Así, el 15 de diciembre de 1991 se constituyó en Río de Janeiro el Tribunal Arbitral con juristas latinoamericanos encabezados por el colombiano Rafael Nieto, como presidente, con el salvadoreño Reynaldo Galindo Pohl, el venezolano Pedro Nikken, el argentino Julio Barberis y el chileno Santiago Benadava.

En octubre de 1994 se dio a conocer la resolución, que dio la soberanía a Argentina sobre la zona de Laguna del Desierto, en la Región de Aysén. Un territorio de 530 kilómetros cuadrados. Y aunque Chile solicitó al tribunal la revisión de la sentencia, fue rechazada su petición en octubre de 1995, la que realizó de acuerdo a los mecanismos establecidos en los tratados.

El mismo día en que se anunció la sentencia, "Chile mostró su total disposición a la implementación del fallo, pese a lo desfavorable que había sido, lo que se cumplió en los meses posteriores a la resolución", comenta Luis Winter.

Caso con Perú

El más reciente fallo que Chile tuvo que implementar fue luego de la sentencia de la Corte Internacional de Justicia sobre la delimitación marítima con Perú, emitida el 27 de enero de 2014.

En ese fallo, la Corte reconoció -de acuerdo al planteamiento de Chile- la validez del Hito 1 como "punto de partida" del único límite marítimo entre ambos países, así como el uso del paralelo de latitud que pasa por el Hito Nº 1 hacia el oeste como segmento inicial de ese límite. Sin embargo, solo hasta la milla 80, y no hasta las 200 millas como solicitaba Chile frente a la demanda peruana. A partir de la milla 80 se trazaría una línea equidistante de las líneas de base de ambos países.

La tarea se inició a pocas semanas del fallo, con la reunión del 2+2, cita entre cancilleres y ministros de Defensa. Se establecieron grupos técnicos encargados de la medición, proyección y representación de las líneas de base para fijar la equidistancia y la determinación de las coordenadas y del punto de intersección del paralelo que atraviesa el Hito Nº 1 con la línea de la más baja marea, que constituye el inicio de la frontera marítima.

Más tarde Perú comenzaría a legislar para readecuar su frontera marítima, que consideraba equivocadamente como punto de partida de la delimitación marítima el denominado punto 266, ubicado aproximadamente a 200 metros al sur del Hito Nº 1.

Legislación

Según explican los especialistas, está pendiente aún la adaptación de la legislación marítima peruana a la Convención de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar (Convemar).

Conforme al Derecho del Mar, Chile tiene derecho, entre otros aspectos, a ejercer las libertades de navegación y sobrevuelo sobre la Zona Económica Exclusiva peruana, igualmente como lo garantiza el Derecho Internacional, para Perú, sobre la Zona Económica Exclusiva chilena.

"Perú considera la Zona Económica Exclusiva como 'mar peruano' de acuerdo a su legislación, por lo que los buques y aviones requieren autorización para pasar por ahí, aunque en los hechos hoy no se piden permisos", explica Winter. Y profundiza: "Perú está aplicando las disposiciones del derecho marítimo, pero no lo tiene consagrado en su legislación. Enviaron un proyecto al Congreso -sobre el 'Ejercicio de libertades de comunicación internacional'- que duerme el sueño de los justos todavía".

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