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Los cobros del seguro de cesantía aumentan 10% y la cobertura promedio llega a $110 mil

jueves, 24 de julio de 2008

F. Garrido y R. Hirigoyen
Economía y Negocios Online, El Mercurio

Las regiones que mostraron el mayor incremento de beneficiarios fueron Aisén, los Lagos y Atacama.
Más información sobre el beneficio

Un alza de 10,1% en doce meses registró el cobro de beneficios del seguro de cesantía, llegando a 113.911 afiliados favorecidos a mayo de este año, de acuerdo con un informe publicado por la Superintendencia de Pensiones (SP). Ese mismo mes, las solicitudes del beneficio crecieron 10,5% respecto de mayo de 2007, hasta 81.142 peticiones.

La cobertura que brindó el seguro promedió $109.706 en mayo. Para los trabajadores con contrato a plazo indefinido promedió $110.898, mientras que aquellos contratados a plazo fijo obtuvieron $108.324 en promedio. El salario de los cotizantes fue de $351.512 en promedio.

Si bien la Región Metropolitana y la del Biobío concentran la mayor cantidad de cotizantes, con un 41,4 y 9,8%, respectivamente, las que mostraron la mayor alza de beneficiarios fueron Aisén, Los Lagos y Atacama, con alzas de 28,5, 27,6 y 23,2%

Más cotizantes

Respecto del aumento que registra la solicitud y cobertura del beneficio, los expertos advierten que hay que tener en cuenta que el seguro sólo cubre a los trabajadores del sector privado y asalariado, mayores de 18 años.

Del total de empleados que pertenecen al grupo objetivo de este beneficio, a abril de este año la cobertura del sistema fue de 74,6%, mientras que en igual mes de 2007 alcanzaba una cobertura de 70,5%.

Respecto de las razones por las cuales estaría aumentando la solicitud del beneficio, Andrea Repetto, presidenta de la Comisión de Usuarios del Seguro de Cesantía, explica que puede deberse, en primer lugar, a que éste es un seguro que todavía está en transición -entró a regir en 2002- y cada día se suman nuevos cotizantes, los cuales también solicitan los beneficios. Un segundo motivo tiene que ver con que también han aumentado las personas que cumplen con los requisitos para hacer uso del beneficio (ver relacionado).

Agrega que para saber si las mayores solicitudes tienen que ver con el ciclo económico, es necesario que el seguro esté totalmente en régimen.

Arturo Martínez (CUT), quien también es miembro de la Comisión, concuerda con la visión de Repetto y agrega que la rotación laboral también es un elemento que hace aumentar las solicitudes. Por su parte, José San Francisco (Sonami), integrante de la Comisión, explica que otro elemento que impulsa al seguro es que la gente cada día tiene más conciencia de sus beneficios previsionales.


¿Qué es y cómo se financia este mecanismo laboral?

Este es un mecanismo que entrega beneficios económicos a los trabajadores que pierden su fuente laboral. Opera desde octubre de 2002 y es manejado en forma única por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), la cual recauda estos dineros, los invierte y paga los beneficios a las personas. Este sistema es obligatorio para todos los trabajadores dependientes que sean contratados a partir de la entrada en vigencia del seguro, y es voluntario para aquellos que se hayan encontrado con contrato vigente cuando comenzó a funcionar el seguro.

Esta póliza se financia gracias a los aportes tanto de los trabajadores como de los empleadores, además de un aporte anual del fisco fijado por ley (225.792 UTM). Cuando se trata de un empleado con contrato fijo o por obra, todo el cargo corresponderá al empleador, que deberá cotizar el 3% de la remuneración con un tope de 90 UF. Ahora, si es un trabajador con contrato indefinido, entonces el aporte se dividirá entre él, quien aporta el 0,6% de su remuneración imponible, y el empleador, que deberá aportar el 2,4%, siempre con el tope de las 90 UF.

Hay que tener en cuenta que este beneficio no reemplaza la indemnización por años de servicio.

El trámite y los beneficios establecidos

Los beneficios del seguro de cesantía estarán relacionados con la antigüedad o tiempo cotizado en el sistema. Para poder optar a lo establecido en el seguro, el trabajador deberá tener como mínimo 12 cotizaciones mensuales en el mismo.

En el caso de personas que presentaron contrato indefinido, entonces se podrá hacer un giro por cada año y fracción superior a seis meses de cotizaciones en el seguro, siempre con un máximo de cinco desembolsos. Si el cesante tenía un contrato a plazo fijo o por obra, entonces podrá retirar el 100% de lo acumulado en la cuenta mediante un solo giro. En esta situación se deberá contar con un mínimo de seis cotizaciones al seguro.

En el caso de que usted no forme parte del seguro de cesantía, por mantener un contrato vigente desde antes de octubre de 2002, podrá hacerlo en cualquier centro de atención (red de agencias de las AFP), o en su propio lugar de trabajo. Ahora, si necesita hacer uso de este beneficio, deberá presentar ante su AFP el finiquito respectivo al término de su contrato de trabajo, en el que se establezca la causa del fin de la relación laboral. También se deberá presentar una carta o comunicación del despido firmada por el empleador o certificación del inspector del Trabajo que certifique el término del contrato.

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