Dólar Obs: $ 982,38 | 0,07% IPSA -0,25%
Fondos Mutuos
UF: 37.072,05
IPC: 0,60%
Ana María Celis, coordinadora entre la Iglesia y la Fiscalía en investigaciones por abuso:

"Es una imputación muy grave confundir encubrimiento con no denunciar, menos cuando la víctima ha pedido confidencialidad"

domingo, 22 de julio de 2018

maría SOLEDAD VIAL
Nacional
El Mercurio

La abogada, experta en derecho canónico, enfatiza que su tarea es alcanzar "cauces fluidos en el intercambio de información" con el Ministerio Público, pero con respeto a la reserva de quienes se acercan a la Iglesia.



"¡Qué duda cabe que la visita de los monseñores Scicluna y Bertomeu ha significado un momento muy importante para la Iglesia en Chile! Hay que aprender de la confianza que ellos suscitaron", responde la abogada canonista Ana María Celis, frente a la nueva etapa que los enviados papales quieren instalar en la Iglesia chilena.

A ella misma, conocedora profunda del tema como parte del equipo jurídico de la Conferencia Episcopal hace 18 años, ver la confianza que tantas personas pusieron en ellos la ha hecho replantearse "cómo lo hemos hecho y cómo podemos seguir ese impulso para que se vuelva a confiar en la Iglesia".

Miembro del Consejo de Prevención de Abusos en la Iglesia, no se sumó al nuevo grupo que Scicluna encargó seguir recibiendo denuncias. Recibió otro encargo: ser el enlace por parte de los obispos de la Conferencia Episcopal con la Fiscalía Nacional, cuyo encargado es Luis Torres, director de derechos humanos, violencia de género y delitos sexuales, con quien se ha reunido en varias oportunidades.

El objetivo es "alcanzar cauces fluidos en el intercambio de información, respetando el derecho y la confidencialidad solicitada por quienes se acercan con confianza a la Iglesia", explica la también académica de la UC.

Una coordinación que no ha parecido tan fluida con los allanamientos ordenados por fiscales en varios obispados y que la abogada sutilmente cuestiona en esta entrevista.

Como Iglesia, insiste en su decisión de colaborar y asegura que están buscando mejorar procedimientos, instar a las diócesis a publicar las denuncias y casos que siguen, el resultado de las investigaciones y las sanciones aplicadas. "La divulgación tiene un sentido de reparación y también, por qué no decirlo, de control social en una materia que de otra manera podría pasar desapercibida y sin evitar que el culpable cometa nuevos delitos", agrega.

Causas amparadas por "el secreto pontificio"

-Usted recalca la "confidencialidad" de esos procesos, ¿no puede ser vista como excusa para que ciertas cosas no salgan a la luz, como sostienen algunos denunciantes?

-Me doy cuenta de que se cree eso y me parece que, junto con preguntarse permanentemente si se ha distorsionado el significado del secreto pontificio, se deben incrementar los esfuerzos por transmitir su sentido. Todas las causas relativas a los delitos de competencia de la Congregación para la Doctrina de la Fe están amparadas por el secreto pontificio. Sería lesionar el sentido y alcance de este particular tipo de secreto si el propósito fuera protegerse de la crisis actual, pero igualmente lo sería si se confundiera con transparencia el no honrar la dignidad de quienes acuden a la Iglesia para que se sancione al culpable. Hacia adelante podría modificarse; hacia atrás, interesan las condiciones en que declararon las personas.

-¿Cuál es el límite entre confidencialidad de un proceso canónico? La Fiscalía ha dicho que indaga eventual encubrimiento en algunos casos, por ejemplo, el del ex canciller del Arzobispado .

-Es una imputación muy grave confundir encubrimiento con no denunciar, menos cuando la víctima ha pedido confidencialidad. Hace aún más relevante fortalecer un fluido cauce de información con la Fiscalía.

-¿Y qué tan fluido ha sido ese cauce? Se lo pregunto porque el Ministerio Público ha allanado los obispados de Temuco y Villarrica, antes los de Rancagua y Santiago.

-En las diócesis de Rancagua, Temuco y Villarrica, el Ministerio Público solicitó información a través de requerimientos que, en general, no proporcionaban mayor fundamento ni identificaban al imputado, pero pedían copia de las denuncias e investigaciones canónicas -vigentes o no-, relativas a indagación de hechos de carácter sexual de las dos últimas décadas. Obviamente, consideraron insatisfactorias las respuestas, y entonces los fiscales han obtenido una orden judicial, llevándose lo que han estimado necesario. Es interesante conocer que en Temuco se alcanzó a llamar al fiscal para entregarle los antecedentes solicitados y este no quiso recibirlos, porque ya tenía una orden. Y en Villarrica, la misma víctima realizó una denuncia que había llegado a la Fiscalía competente y que entiendo se había entregado a la justicia antigua.

Respecto de los antecedentes que se encontraban en la Arquidiócesis de Santiago, sin mediar un requerimiento previo, separado y específico, se obtuvo primero la orden judicial para ejecutarla al mismo tiempo de Rancagua -13 de junio- y, luego, se decretó otra orden junto con la detención solicitada el 12 de julio.

-¿Cree que no eran necesarias acciones de ese tipo?

-Son recursos disponibles dentro del ordenamiento, pero dado que son tan intrusivos se utilizan cuando no existen otras posibilidades y no me queda claro que haya sido el caso. Sería lamentable que afectaran a las personas para concurrir al Estado y a la Iglesia, si no ven que se trate adecuadamente la información que proporcionan.

Caso ex canciller del Arzobispado: "Debemos revisar procedimientos"

-¿Hasta dónde está dispuesta la Iglesia a entregar información a la justicia civil?

-Si la persona recurre a la Iglesia y al mismo tiempo a Fiscalía, se da curso a ambas investigaciones. Pero si la persona manifiesta en la investigación canónica que requiere total confidencialidad, no corresponde a la Iglesia transgredir la intimidad de quien ya fue vulnerado. Sí debe informársele que es su derecho acudir a fiscalía e incluso instar a hacerlo, debiendo dejarse constancia en el expediente canónico. En adelante se le pedirá que concurra directamente al fiscal preferente que el Ministerio Público haya dispuesto.

Ahora bien, si se recibe un requerimiento por parte de Fiscalía, se espera que se señale no solo el número de la causa, sino a lo menos el imputado y las materias que se requieren. De hecho, monseñor Scicluna nos contó de su reunión con miembros de la Fiscalía y nos explicó cómo entendía que debían seguirse los procedimientos para esta colaboración.

Si así fuere, no veo dificultad en que se señale quién es el clérigo denunciado; años y lugar de ocurrencia de los hechos; señalar solo genéricamente a las víctimas; si los hechos corresponden a una o más personas, etc. También, si consta, puede indicarse si los denunciantes y/o víctimas han hecho denuncia en la Fiscalía o tienen intención de hacerlo o, por el contrario, han manifestado su interés en que no se conozca su identidad; así como indicar la existencia de la investigación previa (inicio y término de la misma) y si se decretaron o no medidas cautelares; indicar si en el caso se inició o no un proceso - y, en su caso, si este es administrativo o judicial-. Además, se puede señalar si el denunciado solicitó la pérdida del estado clerical y si la obtuvo; así como también si se archivó, absolvió o condenó al clérigo denunciado, señalando en el último caso la sanción establecida y, por supuesto, el estado actual de la causa.

Todo ello no vulnera la confidencialidad solicitada por la víctima y, al mismo tiempo, permite que la Fiscalía tome conocimiento de los hechos que no han sido denunciados en esa sede.

-¿Por qué en el caso del ex canciller del Arzobispado, quien en enero se autoinculpó de abusos, la Iglesia de Santiago no hizo la denuncia correspondiente a la justicia?

-Ignoro por qué no lo hizo, pero más allá de las razones, es evidente que parece impresentable si ya había concurrido a la justicia canónica. Desde luego, esto indica que debemos revisar procedimientos y sacar lecciones hacia el futuro.

-En su carta a los obispos chilenos, el Papa habló de destrucción de pruebas, ¿se refería a Muñoz? ¿Cómo pudo pasar que el encargado de recibir las denuncias de abuso tuviera esa doble vida sin que nadie se percatara?¿Van a revisar los procesos que él llevaba?

-El Papa no hace referencia a ningún documento en específico y obviamente, fue una información que nos dejó perplejos a todos. Hasta que se creó la Oficina Pastoral de Denuncias de la Arquidiócesis de Santiago, el encargado de recibir denuncias era el canciller de Santiago. Ahora bien, quien recibe una denuncia no se encarga de la investigación previa, y quien la hace luego no interviene en el proceso y, en algún momento, todo es conocido por la Congregación para la Doctrina de la Fe. En el fondo, el que personas distintas intervengan en diversas etapas garantiza que la investigación siga su curso.

Al menos teóricamente, al canciller no le corresponde llevar procesos, lo que no obstaría a que si algunas personas están inquietas se acerquen para conocer más de su situación.

Para quienes hasta ahora, incluso dentro de la misma comunidad eclesial, no creen que han ocurrido abusos en la Iglesia, estos mismos acontecimientos debieran terminar con esa discusión; los abusos sí existieron y urge establecer la verdad y la justicia, teniendo por delante el enorme desafío de reparar y hacer lo posible para que no se repitan.

-¿Cree que la forma de proceder de la Iglesia Católica hasta ahora, ha favorecido el encubrimiento o la impunidad respecto de abusos?

-Puedo comprender que se tenga esa impresión, pero creo que a pesar de todos los errores cometidos, de no haberse aplicado los procedimientos que se debían, tiendo a excluir que ello haya sido deliberado. Parte del problema que arrastramos puede deberse a diversos factores, pero quizás el más complejo es el que tiende a considerar los abusos en la Iglesia en su dimensión de pecado, excluyendo que se trata, al mismo tiempo, de un delito de los más graves y, por ello, es de competencia de la Congregación para la Doctrina de la Fe. De lo que se sabe hasta ahora, algunos casos solo han sido sancionados por la justicia eclesiástica y no por el Estado y viceversa.

Ese giro hacia la centralidad de la víctima es que se requiere afirmar de manera decidida en toda la acción de la Iglesia.

"Un católico se sujeta a una doble jurisdicción, pues es al mismo tiempo ciudadano de un Estado y miembro de la Iglesia".

-Sin embargo, el fiscal Emiliano Arias, que investiga las denuncias contra el ex canciller del arzobispado, sostiene que "existe un sistema de investigación paralelo por parte de la Iglesia Católica, con sanciones que sin duda no son suficientes".

-Me sorprende que se considere "un sistema de investigación paralelo" como se señala, pues lo cierto es que se trata del ejercicio de una jurisdicción que es reconocida por el Estado, no como un privilegio, sino precisamente sobre un ámbito en el que no puede pronunciarse el ordenamiento chileno. De hecho, un católico se sujeta a una doble jurisdicción, pues es al mismo tiempo ciudadano de un Estado y miembro de la Iglesia. Solo a esta le cabe determinar la pérdida del estado clerical o restringir su ejercicio y, a su vez, solo el Estado puede privar de libertad. Se trata más bien de jurisdicciones complementarias que no debieran oponerse.

ALLANAMIENTOS
''Son recursos disponibles dentro del ordenamiento, pero dado que son tan intrusivos se utilizan cuando no existen otras posibilidades y no me queda claro que haya sido el caso".

CASO EX CANCILLER DEL ARZOBISPADO
''Para quienes hasta ahora, incluso dentro de la misma comunidad eclesial, no creen que han ocurrido abusos en la Iglesia, estos acontecimientos debieran terminar con esa discusión; los abusos sí existieron y urge establecer la verdad y la justicia".

''Es evidente que parece impresentable (no hacer la denuncia) si ya había concurrido a la justicia canónica. Esto indica que debemos revisar procedimientos y sacar lecciones hacia el futuro".

 Imprimir Noticia  Enviar Noticia