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Documento fue enviado de manera reservada a todas las secretarías de Estado

Nuevas normas para las bilaterales con el Presidente: ministros y subsecretarios no podrán ingresar a las reuniones con celular

domingo, 15 de julio de 2018

RIENZI FRANCO
Nacional
El Mercurio

El texto fue redactado a petición del Mandatario, según se lee. Pide expresamente confidencialidad de las materias tratadas, evitando filtraciones a los medios de prensa.



Dos carillas tiene el documento titulado "Normas para reuniones bilaterales". Se trata de un texto reservado enviado por la Presidencia a todas las secretarías de Estado. En él se dan instrucciones de cómo deberán desarrollarse las reuniones entre el Mandatario y los integrantes de su gabinete.

El manual se elaboró "después de realizar una evaluación del desarrollo de las bilaterales en estos primeros 4 meses de gobierno, y a solicitud del Presidente de la República, se han definido algunos criterios para hacer más eficiente la reunión con el Presidente y que sea una instancia donde S.E. pueda tomar decisiones", dice la introducción.

La confidencialidad es uno de los ejes de la norma. Así, se refuerza el que la "reunión es privada entre el Presidente y cada ministerio, por lo cual los temas que se aborden deben mantenerse en el ámbito de la reserva y no entregar versiones de prensa, como tampoco filtrar documentos ni hacer comentarios a los periodistas, salvo que se acuerde explícitamente durante la reunión la conveniencia de entregar algún mensaje a la prensa a la salida del encuentro".

Así como se apunta a las filtraciones y a las conversaciones con los medios de comunicación, también se pone el acento en las "normas de privacidad". Con este fin, se dispone para ministros, subsecretarios y quien los acompañe "no ingresar con celulares a la reunión. Estos se depositarán en una caja dispuesta para ello en el Salón Rojo o quedarán en poder de un asesor que no ingrese a la bilateral". Es decir, antes de entrar a la cita, los asistentes deberán dejar los equipos móviles en un lugar contiguo al Salón de Audiencias.

El manual también dispone que además del ministro y el subsecretario, de ser necesario, podrá ser parte de la bilateral un jefe de servicio o un asesor, el que "irá rotándose de haber más de un tema a tratar por ministerio".

De no cumplir, se cancela la cita

En cuanto a la duración de los encuentros, no podrán superar una hora de extensión. Se pide a los convocados enviar, 24 horas antes, material con una presentación del tema a tratar. La idea es que el Mandatario tenga los antecedentes previamente, así podrá tomar decisiones en la bilateral y no dedicar ese tiempo a leer documentos, señala el manual; se advierte que de no cumplir con esas exigencias, la cita podría cancelarse.

Aun cuando el ministerio remita anticipadamente el material al Presidente, será responsabilidad de cada secretaría de Estado el llegar a la bilateral con "8 copias impresas" de la presentación para los asistentes. Se podrán sumar anexos sobre los temas, sin embargo se sugiere que el documento principal no supere las 20 hojas.

Se remarca en el manual de las bilaterales que el propósito de las reuniones "es la toma de decisiones por parte del Presidente de la República en materia de políticas públicas, presentar el avance de los compromisos prioritarios, exponer un nuevo programa o agenda, o resolver diferencias entre ministerios".

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