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La presidenta del Consejo de Defensa del Estado (CDE), María Eugenia Manaud, no oculta su molestia al referirse al caso Penta. Esta semana fue aceptado el procedimiento abreviado tras una reformalización y acusación verbal que los excluyó como querellantes. La decisión del fiscal regional metropolitano Oriente, Manuel Guerra, fue "sorpresiva", dice Manaud. La también presidenta del Comité Penal del consejo se enteró por la prensa del acuerdo para el procedimiento abreviado. El investigador no les consultó su opinión. Tampoco se esperaban que en la reformalización se suprimieran los hechos de la investigación relacionados con los delitos de cohecho y soborno. Esto, porque el persecutor les entregó a las abogadas de la causa una minuta hace 15 días. Recién el día de la audiencia se dieron cuenta de que no era la misma, y que no contenía los correos electrónicos y testimonios que probaban los ilícitos. "No tiene ninguna obligación de entregarnos a nosotros el texto de la reformalización, pero si lo hace, esperamos que corresponda a la actuación que va a tener en la audiencia", afirma Manaud. La presidenta del CDE recalca que la molestia del organismo se debe a que ellos tienen un rol que cumplir en esta materia: ejercer la acción penal en esta clase de delitos de corrupción. Por eso, en los próximos días interpondrán un recurso de queja ante la Corte de Apelaciones de Santiago, con el que intentarán revertir la decisión del juez. -¿Considera que en el acuerdo de ir a un procedimiento abreviado influyó el cambio de fiscales? -No puedo asegurarlo, porque este mismo fiscal fue quien a través de los medios de comunicación dio una entrevista televisada y aseguró que por ningún motivo excluiría los delitos de cohecho y soborno; por lo tanto, es él mismo quien tuvo un cambio de criterio. -¿A qué atribuye este cambio? -No sé a qué se podría atribuir, porque yo entiendo que no existen en Chile autoridades discrecionales; siempre tienen que dar fundamento de sus decisiones y están sujetos a un control jurisdiccional posterior. En este caso, sin que hubiera mediado una real explicación y un fundamento plausible, el fiscal Guerra cambió. Él estimó que tenía pruebas suficientes, por eso acusó. Luego, cuando las defensas pidieron la reapertura de la investigación, se opuso. Ahí quedó de manifiesto que él no necesitaba mayor investigación para demostrar esos delitos. Cuestionamientos al fiscal Guerra -La jefa de la Unidad Anticorrupción le recomendó al persecutor llevar el caso a juicio oral. ¿Qué le parecen estas diferencias de opinión al interior del Ministerio Público? -Son temas jurídicos que son opinables, están sujetos a la interpretación. Nosotros mismos tenemos una profunda discrepancia y divergencia interpretativa con el fiscal con respecto a las normas aplicables. -Este cambio de reformalizar y excluir delitos, ¿es algo inédito? -Sí. Es habitual que el fiscal pueda modificar su formalización, pero para ampliar, para precisar hechos que pueden ir surgiendo en la investigación. No he conocido ningún caso en el que se haya hecho una reformalización, en términos de excluir absolutamente hechos que configuran determinados tipos de delitos que son el objeto del ejercicio de la acción de los querellantes particulares. Acá, el CDE se elimina del procedimiento penal por esta vía. -La sentencia del caso Penta, ¿podría influir en otros casos de financiamiento irregular de la política? -Espero que no, porque, a mi juicio, aquí hay una interpretación torcida de la ley y, por lo tanto, no debiera volver a ocurrir. El caso no está cerrado aún. Hay una investigación en curso que afecta a la empresa Penta por la responsabilidad de la persona jurídica en relación con un delito de soborno a un funcionario del SII. En esta arista nos vamos a mantener activos y esperaremos que se dicte la acusación. -¿Por qué es una interpretación torcida de la ley? -Hay un artículo del Código de Procedimiento Penal que permite la participación del querellante e incluso hacer su acusación particular distinta a la del Ministerio Público calificando y pidiendo una pena diferente, sobre la base de hechos contenidos en la formalización. No está previsto en el código hacer una reformalización en los términos que se hizo -con supresión de hechos y delitos- y que el querellante quede excluido. Es una interpretación torcida de la ley, porque no es una interpretación coherente de todas la normativas que regulan la intervención del querellante. -El fiscal sostiene que no serían suficientemente sólidos los antecedentes para haber mantenido el cohecho y soborno. ¿Qué piensa? -Él se refiere a las pruebas. Esa es la única razón que ha dado, y a mi juicio, es una explicación absolutamente insatisfactoria, porque antes, con los mismos antecedentes, acusó. -¿Han considerado realizar una presentación en contra del fiscal Guerra ante la Fiscalía Nacional? -No, por ahora. No lo hemos excluido. Vamos a agotar las vías jurisdiccionales y luego evaluaremos. -¿Concuerda con quienes estiman que podría haber negligencia? -No diría negligencia, creo que su actuación obedece a una interpretación que él hace de las normas. -¿Puede influir en la decisión el hecho de que no quieran correr riesgos de ir a un juicio oral donde pueden ser absueltos los acusados? -Puede influir porque en materia judicial siempre estamos jugando al azar. Nunca podemos saber el resultado que va a tener un juicio. -¿Los delitos de cohecho son difíciles de probar? -Habitualmente, son difíciles de probar. Estos delitos no dejan mucha huella, por eso solo se pueden acreditar cuando hay una investigación acuciosa: revisión de cuentas corrientes, levantar el secreto bancario y cuando se construyen las relaciones societarias y familiares. Esto, porque no siempre se producen en forma directa; siempre hay una persona intermedia que canaliza los eventuales pagos. Pruebas del caso y penas del cohecho -¿En el caso Penta había suficientes pruebas? -En este caso no faltaban pruebas, se podía acreditar el delito. Estaban los correos electrónicos y algunos testimonios. -¿Es necesario aumentar las penas en los delitos de corrupción? -Sí. También hay que cambiar las penas del cohecho, donde hay consenso de que son muy bajas. -La defensa de los dueños de Penta cuestionó el rol del organismo y dijo en la audiencia que en cuatro años tan solo pidieron una diligencia. ¿Por qué? -Se omitieron las 18 diligencias solicitadas en las cinco querellas. Después se presentó un escrito pidiendo numerosas diligencias más. Una vez cumplidas, los otros fiscales que estaban en la causa (Carlos Gajardo y Pablo Norambuena), y el mismo Guerra, estimaron que los delitos estaban acreditados y formularon la acusación. No era necesario pedir más. -¿Cuáles fueron las razones para recurrir a la Corte de Apelaciones con un recurso de queja? -Nos pareció que esta situación es demasiado excepcional y se está logrando un efecto no deseado de la ley aplicable. El legislador nunca pensó que esta era una manera de excluir a los querellantes; por el contrario, hay normas que aseguran los derechos de los querellantes. Esta interpretación que se ha hecho, y que lleva implícito este resultado, no puede simplemente aceptarse. Es necesaria una revisión jurisdiccional superior. -¿Qué le parece que los casos de financiamiento irregular de campañas políticas estén terminando en procedimientos abreviados? -No debiera ser, porque justamente el daño que se ha causado, a las instituciones y a la confianza en las instituciones, es muy grande. A mi juicio, se requerirían sanciones más drásticas y ejemplificadoras. -¿Piensa que el aumento de investigaciones por posibles casos de corrupción se debe a las bajas penas que existen en Chile? -Creo que sí. INÉDITA REFORMALIZACIÓN:
"No he conocido ningún caso en el que se haya hecho una reformalización, en términos de excluir absolutamente hechos que configuran determinados tipos de delitos que son el objeto del ejercicio de la acción de los querellantes particulares".
FALTA DE PRUEBAS PARA COHECHO Y SOBORNO:
"Es una explicación insatisfactoria, porque antes, con los mismos antecedentes, acusó (...) En este caso no faltaban pruebas, se podía acreditar el delito. Estaban los correos electrónicos y algunos testimonios".
CAUSAS QUE TERMINAN EN JUICIOS ABREVIADOS:
"No debiera ser, porque el daño que se ha causado a las instituciones es muy grande. A mi juicio se requerirían sanciones más drásticas y ejemplificadoras".