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Tribunales tributarios pasan a sala del Senado

jueves, 05 de junio de 2008

Hernán Cisternas
Economía y Negocios Online, El Mercurio

Debido a que el texto sufrió importantes modificaciones respecto al aprobado por la Cámara de Diputados, luego que sea despachado por el Senado el proyecto volverá a tercer trámite a la cámara de origen, para la ratificación o rechazo de los cambios introducidos.


La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado terminó de tramitar ayer el proyecto de ley que crea los tribunales tributarios y aduaneros, quedando en condiciones de ser debatido y votado en sala en las próximas semanas.

Debido a que el texto sufrió importantes modificaciones respecto al aprobado por la Cámara de Diputados, luego que sea despachado por el Senado el proyecto volverá a tercer trámite a la cámara de origen, para la ratificación o rechazo de los cambios introducidos.

José Antonio Gómez (PRSD), presidente de la Comisión de Constitución, indicó que la iniciativa legal es un gran avance en materia de igualdad ante la ley respecto a los contribuyentes, porque la creación de los tribunales especializados termina con el rol de juez y parte que actualmente tienen el Servicio de Impuestos Internos y la Dirección Nacional de Aduanas.

Baldo Prokurica (RN) dijo que Chile incluso tuvo problemas en el extranjero, con los tratados internacionales, por no tener tribunales tributarios independientes, sino dependientes del Ejecutivo en lo económico, administrativo y en la interpretación de la ley.

Guilermo Vásquez (PRSD) planteó que el proyecto, en los términos que pasa a la sala del Senado, asegura que dada la especialidad de los temas tributarios y aduaneros el país dispondrá de personal adecuado para juzgar estas materias, independencia y claridad en los procedimientos.

Se crean 17 tribunales letrados en las distintas regiones y cuatro salas especializadas en las cortes de apelaciones de Santiago, San Miguel, Valparaíso y Concepción.

No obstante tratarse de tribunales letrados, se permite que los contribuyentes puedan comparecer personalmente, sin la asesoría de un abogado, cuando se trate de causas tributarias de 32 UF o cuando se presente una reclamación, en el caso de los tribunales aduaneros.

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