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Diecisiete proyectos de ley constituyen la batería total de transformaciones laborales que patrocina el gobierno y que, sigilosamente, avanzan más rápido de lo que muchos espectadores suponen.
Antes que el Comité de Trabajo y Equidad liberara su informe y mucho antes que la Presidenta Michelle Bachelet hiciera sus anuncios del 21 de mayo, el ministro del Trabajo, Osvaldo Andrade, y su equipo legislativo -encabezado por el abogado Cristián Pumarino- habían puesto en tabla una maciza batería de propuestas.
¿Dirección elegida? Garantizar los ingresos de los trabajadores y limitar los abusos que se pudieran presentar en aquellas industrias que recurren, intensivamente, a mecanismos de remuneración variable. (ver infografía)
Silenciosas
Al fragor del debate sobre los alcances de la negociación colectiva, hubo dos propuestas que generaron menos ruido, pero que tendrán un efecto gravitante: la que protege los ingresos de los trabajadores comisionistas y la que iguala el sueldo base con el ingreso mínimo.
En el primer caso -y tal como reconoce el propio integrante de la Comisión de Trabajo de la Cámara, Tucapel Jiménez-, el proyecto tiene nombre y apellido: atacar las inequidades que se presentan en la industria financiera y el comercio.
La idea, dice el parlamentario, es que una vez aprobado el proyecto, las AFP, isapres y compañías de seguros, entre otras, estén obligadas a pagar las comisiones a sus vendedores una vez que se haga efectiva la venta y no condicionar ese pago a cláusulas de fidelización que, en la práctica, traspasan el riesgo del negocio a los trabajadores. Para ello, el proyecto dispone que las comisiones pagadas se incorporan inmediatamente al patrimonio del trabajador y se prohíbe cualquier cláusula que implique su devolución si, al poco tiempo, el cliente se marcha a otra compañía.
Según el abogado laboralista de Ernst & Young, Mauricio Peñaloza, el riesgo que se corre con una iniciativa de estas características es que se masifiquen los traspasos falsos de una firma a otra y las empresas terminen pagando las comisiones por una mera formalidad, que es la firma de un contrato.
"La Dirección del Trabajo ha establecido que la comisión se paga por el acto de venta, no por fidelizar al cliente. Pero hay que asumir que es un concepto muy jabonoso. Si el cliente firma un papel y nunca paga, no hay realidad de ingresos. Ahí viene una discusión legítima, que debería apuntar a alinear el desempeño de los empleados, en este caso los comisionistas, con la rentabilidad de la empresa".
Salario base
En la misma línea, el abogado laboralista de Berg Consultores, Huberto Berg, cree que este y el proyecto que iguala sueldo base con salario mínimo harán que las empresas carguen estos costos adicionales a los clientes.
"Si en lugar de pagar por la calidad de la venta te pagan sólo por traer un supuesto cliente, la gente se cambia de AFP o de compañía de seguro al mes siguiente. Y en el caso del mínimo, se está legislando como si todas las empresas fueran grandes. Las empresas grandes están por encima de esos umbrales, pero las chicas llegan al mínimo a través del variable". Además, esta iniciativa tendría efectos indirectos sobre el cálculo de las horas de trabajo dominical: de aprobarse el proyecto, el pago del trabajo dominical o festivo se calculará en función del sueldo mínimo y no sobre el sueldo base, como ocurre ahora en grandes tiendas, que suscriben contratos hasta por $6.000 como sueldo base.
Igualdad femenina
Otra iniciativa que, de aprobarse, implicaría un mayor costo de la mano de obra es la que incorpora al Código del Trabajo el principio de "igual remuneración entre hombres y mujeres por trabajo de igual valor".
El proyecto, que tiene prioridad para el Gobierno y Sernam, obliga a las empresas de más de 50 trabajadores a llevar un registro de cargos y funciones y establecer un procedimiento interno para dar respuestas a reclamos escritos por infracción al principio de igualdad. Ya se aprobó su articulado en general.
También se encuentra en trámite una moción que establece un sistema de multas progresivo en relación a la cantidad de horas en que se infringe el término de la jornada y una infinidad de convenios de seguridad social.