Fondos Mutuos
SANTIAGO.- La Corte Suprema, con fecha 19 de mayo, rechazó los recursos de reclamación interpuestos por las partes en contra de la sentencia del Tribunal de la Libre Competencia (TDLC) que aclaró los criterios para la adjudicación de subconcesiones en los aeropuertos concesionados, informó el organismo en un comunicado.
El juicio sobre el que recayó la sentencia se inició por una demanda de la empresa de transportes Delfos, debido a la decisión del Terminal Aéreo Santiago (SCL), en el año 2005, de no llamar a licitación para escoger a los operadores de taxis de turismo en el Aeropuerto.
Según el comunicado del TDLC, la concesionaria negoció en forma directa el ingreso a ese servicio de las empresas Tur Bus y Centropuerto, que ya operaban los servicios de buses y minibuses (transfer), excluyendo de esta manera la participación de otras empresas interesadas y desincentivando una disminución de los precios a público.
Si bien el Tribunal no estableció multas, ordenó a SCL realizar una licitación abierta para asignar el servicio de taxis de turismo cuando finalicen los contratos vigentes, con determinadas limitaciones a la participación de quienes operan otros medios de transporte público en el mismo Aeropuerto.
La Corte Suprema también aclaró los criterios establecidos en esta materia por sus antecesoras, la Comisión Preventiva Central y la Comisión Resolutiva, a las que deberá someterse en lo sucesivo el Terminal Aéreo de Santiago.