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En audiencia ante la Primera Sala de la Corte Suprema:

Sernac revela posible fórmula para pagar $7 mil del "caso Tissue"

jueves, 03 de mayo de 2018

Luis Musquiz
Economía y Negocios
El Mercurio

En el evento de que la justicia rechace el recurso de casación, la futura implementación del acuerdo estaría casi definida.



Un año y tres meses ha transcurrido desde que el Sernac, CMPC Tissue y las asociaciones de consumidores Conadecus y Odecu alcanzaron un acuerdo para compensar a los consumidores afectados por la llamada "colusión del tissue ", orquestada, según sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), entre la Papelera, ligada a la familia Matte, y la sueca SCA Chile (ex Pisa). Sin embargo, la fecha de pago de la indemnización, que ascendería a cerca de $7 mil por cada mayor de 18 años afectado por el acto anticompetitivo, aún no está clara. Incluso, tampoco es posible saber si habrá o no compensación, ya que todo depende de que la Corte Suprema rechace un recurso de casación en el fondo interpuesto por comunidades mapuches y pehuenches, quienes alegan que el acuerdo fue abiertamente discriminatorio y carente de publicidad.

Pese a lo anterior, ayer se dio un paso fundamental para el avance del proceso judicial. Representantes del Sernac, CMPC Tissue, asociaciones de consumidores y de los comuneros mapuches alegaron ante la Primera Sala de la Corte Suprema en su último trámite previo a conocer la sentencia final sobre el pago de los $7 mil.

En su primera intervención en la causa, el director del Sernac, Lucas del Villar, junto con pedir que se rechazara la casación, reveló en su exposición la eventual metodología que se utilizaría para el pago si el recurso es denegado. La autoridad señaló que a través de la cuenta RUT se pagará a cerca del 58% de los afectados, mediante abono automático al Instituto de Previsión Social (IPS) se indemnizará al 17% de los perjudicados y, previa inscripción, en una página web destinada para estos efectos, se compensará al restante 25% de las personas.

El representante de Conadecus, Andrés Parra, afirmó, entre otras cosas, que el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas no es aplicable a esta causa, ya que no tiene relación con la colusión sino con otros temas. Además, acusó al abogado de las comunidades indígenas, Jaime Moraga, de hacerse parte en el juicio cuando el acuerdo ya estaba tomado, teniendo mucho tiempo para haberlo hecho.

En tanto, el abogado de CMPC Tissue, Cristóbal Eyzaguirre, dijo que el recurso es inadmisible, porque el recurrente no puede tener la calidad de parte agraviada y, por lo demás, la resolución que aprueba el acuerdo no es susceptible de casación en el fondo. A lo anterior adhirió el representante de Odecu, Sebastián Reyes.

Moraga insistió en que la justicia acoja el recurso. Afirmó que el acuerdo no contiene elementos discriminatorios en forma objetiva, pero sus efectos, en lo específico, causan discriminación indirecta contra sus representados. Alegó que no se consideraron las circunstancias económicas especiales de los comuneros. "Este acuerdo solo ha beneficiado a CMPC. Solo ha beneficiado a Conadecus y Odecu con US$ 4 millones por honorarios", afirmó.

30
días demoraría la Corte Suprema para dictar la sentencia.

US$ 150 mills.
depositó CMPC Tissue para las indemnizaciones.



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