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En primer día de alegatos para el equipo chileno:

Chile acusa que Bolivia busca que "le ceda territorio" y responde con evidencias y documentos tergiversaciones de ese país

viernes, 23 de marzo de 2018

Gabriel Pardo y Matías Bakit, Desde La Haya
Nacional
El Mercurio

Desde el punto de vista de Bolivia, esta obligación de negociar es de duración infinita. Nunca se extingue. Hasta que Bolivia consiga el resultado apetecido", dijo el agente Grossman.



Como en Holanda es costumbre caminar o andar en bicicleta, en el primer día de alegatos se ve llegar con tranquilidad a los abogados internacionales del equipo chileno hasta el Palacio de la Paz. Claro que la lluvia, a eso de las ocho de la mañana, los obliga a usar paraguas en su caminata.

Es el debut de Chile en los alegatos orales frente a la demanda interpuesta por Bolivia, luego de que ese país expusiera el lunes y martes.

Es el agente Claudio Grossman el encargado de presentar el caso. El objetivo final de la defensa chilena es presentar la coherencia y solidez de su posición, pero a la vez desenmascarar las "debilidades y falacias" de la postura boliviana.

Grossman enfatiza en que Chile es un país serio -no una nación "aislacionista", como dice Bolivia-, respetuoso del derecho internacional y que, en atención al respeto de los tratados, no tiene obligación alguna de negociar un acceso soberano al mar con ese país, como plantea la demanda.

Tratado de 1904 no es materia de debate

"Como ya decidió la Corte (en la objeción preliminar presentada por Chile), el Tratado de 1904 no es materia de debate en esta causa ni puede serlo. La soberanía de Chile sobre el territorio que se sitúa entre Bolivia y el océano Pacífico se zanjó de manera completa y perpetua en 1904. Se deriva de ello que Bolivia no tiene derechos sobre ese territorio", dice el agente.

Acto seguido, se refiere a las intenciones del país vecino: "Lo que Bolivia pretende obtener de la Corte es un mandato de negociación para llegar a un acuerdo en el que Chile cede territorio soberano a Bolivia. Desde el punto de vista de Bolivia, esta obligación de negociar es de duración infinita. Nunca se extingue. Hasta que Bolivia consiga el resultado apetecido".

Múltiples beneficios para Bolivia

Con el fin de desmentir los críticos dichos bolivianos acerca de que los beneficios de libre tránsito que le entrega Chile en virtud del Tratado de 1904 "no son un cuento de hadas", Grossman detalla todas las prerrogativas que posee ese país, con su acceso no soberano.

"Como el Tratado garantiza, Bolivia se beneficia de un acceso sin restricciones a través del territorio chileno para transportar mercancías en ambas direcciones. El puerto principal que Bolivia utiliza está en Arica". En el mismo sentido, señala que cifras recientes dejan claro que casi el 80% de la mercancía que pasa por el puerto de Arica es mercancía boliviana. "Bolivia se beneficia de grandes ventajas de almacenamiento y no se le imponen aranceles aduaneros en Arica ni en Antofagasta", recuerda el agente.

"Quiere que le cedan territorio"

Más adelante, afirma que Bolivia "quiere cambiar la naturaleza de su acceso al mar. Alejarse de lo que se había acordado libremente en el Tratado de 1904. Bolivia quiere que Chile ceda territorio costero a Bolivia. (...) En ese territorio está incluida Arica y Parinacota, una región donde viven y trabajan 300 mil chilenos".

Al mismo tiempo, enfatizó en que "por el contrario, la cuestión del litigio es si Chile está obligado o no a negociar de buena fe el acceso soberano de Bolivia, y de ser así, si Chile ha quebrantado esa obligación". Este es uno de los puntos que luego el jurista sir Daniel Bethlehem desarrolla al profundizar en el caso.

Bethlehem dijo en su alegato sobre la diplomacia: "Es sorprendente que Bolivia considere que toda forma de interactuación entre los Estados crea una obligación jurídica de continuar interactuando. Y que una vez creada, nunca desaparece". Este punto fue desarrollado luego por el jurista francés Jean-Marc Thouvenin.

Como la idea de la defensa es "desenmascarar" las intenciones del país altiplánico, el agente plantea: "Fuera del Palacio de la Paz ha hablado más libremente de su auténtica motivación. Ha confirmado que está aquí para implantar la obligación que figura en su Constitución de 2009, que declara que Bolivia 'tiene un derecho inalienable e imprescriptible sobre el territorio que da acceso al océano Pacífico y su espacio marítimo'".

Cambios de postura

La presentación de Grossman pone énfasis también en los continuos cambios de postura que ha tenido la posición boliviana a lo largo del caso. "Las acrobacias de Bolivia -afirma- encubren sus intenciones verdaderas. Bolivia pide a la Corte que falle que Chile está obligado jurídicamente a negociar con Bolivia con el objetivo de llegar a un acuerdo que le garantice un acceso plenamente soberano al océano Pacífico".

En torno al alegato oral, Grossman afirma que "Bolivia representa mal tanto los hechos como el derecho. Primero, como hemos explicado en los alegatos escritos, el quebrantamiento de Bolivia de los términos del Tratado de 1874 y su negativa a resolver ese litigio a través de arbitraje fueron las auténticas causas de la Guerra del Pacífico".

La defensa chilena argumentó que "no hay base firme ni legal ni material para una obligación de ese tipo en ningún documento ni en ninguna declaración que Bolivia haya planteado o que esté fundada en el derecho internacional". Es así que al momento del turno de la abogada Kate Parlett, ella busca diseccionar documentos como el Acta Protocolizada de 1920.

A su vez, el británico Sam Wordsworth se adentra en las notas intercambiadas por ambos países en 1950, durante el gobierno de Gabriel González Videla, demostrando que eso no generó un efecto jurídico.

La defensa chilena argumentó que "no hay base firme ni legal ni material para una obligación de ese tipo en ningún documento ni en ninguna declaración que Bolivia haya planteado o que esté fundada en el derecho internacional".Sobre la diplomacia: "Es sorprendente que Bolivia considere que toda forma de interactuación entre los Estados crea una obligación jurídica de continuar interactuando. Y que una vez creada, nunca desaparece".

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