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Los cinco delitos tributarios que más complican al SII

domingo, 13 de abril de 2008

Hugo Hernández Donoso
Economía y Negocios

La elaboración de facturas falsas y el comercio clandestino son los mecanismos más recurrentes para pagar menos impuestos o apoderarse de recursos fiscales cuando no se tiene derecho a ellos.





Devolución indebida de impuesto

De qué se trata: Caso emblemático es lo que sucedió hace unos meses con la textil Corma, que habría defraudado al fisco por $17 mil millones al amparo de la Ley Navarino. Por medio de empresas falsas habría optado a beneficios como la exención de Impuestos a la Renta de Primera Categoría. El delito consiste en simular una operación tributaria con el fin de solicitar devoluciones de impuesto que no corresponden.

Una forma de llevarlo a cabo es reclutar vendedores ambulantes, no contribuyentes, y hasta personas muertas. Se crean con sus nombres y RUT declaraciones falsas y se solicita la devolución de impuestos respectiva, a cambio de una comisión. La otra refleja lo sucedido con Corma.

Penas: Quien lo cometa enfrentará la pena más dura del Código Tributario: de 3 a 5 años de presidio y una multa de 4 veces el monto de lo defraudado.

Cifras 2007: se enmarca dentro de lo que el SII define como "otros delitos". Se registraron 59 en 2007 (US$ 44,4 millones en perjuicio fiscal).

Presentación de facturas falsas

De qué se trata: El caso de Publicam, que operaba vendiendo facturas falsas a contribuyentes empecinados en evadir impuestos, saca a relucir el delito que con más ahínco combate hoy el SII.

En el Servicio aseguran que su objetivo primordial es lograr que todos quienes sean sorprendidos en este ilícito sean condenados, pues el perjuicio es enorme. En 2001 se realizaron modificaciones al artículo 97 del Código Tributario para reprimir la venta de facturas falsas y a las mafias que las confeccionan.

"Nuestro plan es detectar la falsificación, porque abaratamos muchos costos y ganamos tiempo. Se detecta el delito antes del fraude al fisco y no cuando éste ya se consumó", explica Patricio Silva-Riesco, del departamento judicial del SII.

Si hasta hoy ha sido difícil fiscalizar este delito tributario, es por el volumen de facturas que se declaran, las cuales superan los 200 millones en un año.

Penas: El que confeccione, venda o facilite facturas falsas será sancionado con una pena desde 541 días a 5 años y una multa de hasta $16,5 millones.

Cifras 2007: Se presentaron 62 querellas por este delito, que en su conjunto representaban US$ 1,9 millones en perjuicio fiscal. Del total, 36 personas resultaron condenadas a las penas ya descritas.

Fraude tributario

De qué se trata: Por medio de adulteración deliberada de información o con facturas falsas, empresas optan por abultar el crédito fiscal que obtienen tras comprar materias primas para productos que venderán. Ese elevado descuento de impuestos recargados redunda en que los contribuyentes paguen un IVA menor al que corresponde.

Es fácil de detectar, porque existe un amplio registro de los contribuyentes y cruces informáticos, todo a través de la web, que les indica con exactitud cuándo están frente a un delito de este tipo.

Penas: Con una multa de hasta 3 veces lo defraudado y una pena que va desde los 3 a los 10 años de presidio.

Cifras 2007: En 2007, 80 millones de facturas se timbraron de forma electrónica, pero el SII espera que se masifique para simplificar su labor en la detección. Algo que se da por las llamadas facturas "ideológicamente falsas", que figuran en regla para el SII pero no cuentan con una operación detrás que justifique el monto involucrado.


Evasión tributaria

De qué se trata: Falsear una declaración de impuestos en la cual se omiten ingresos permite pagar menos tributación, quedarse con la diferencia y cometer evasión tributaria.

Se puede presentar una declaración incompleta, un libro de contabilidad que omita ciertas mercaderías adquiridas o utilizar facturas que ya se utilizaron en un proceso anterior.

Penas: el que desee burlar un impuesto tiene que lidiar con una multa que va hasta 3 veces el valor del tributo eludido. También se castiga con privación de libertad desde 541 días a cinco años.

El abogado del SII, Patricio Silva-Riesco, aclara que "muchas personas creen que el tipo paga la multa y se soluciona todo. La multa es una cosa, pero el delincuente sigue un proceso paralelo que busca que devuelva los saldos pendientes, de lo contrario no existiría castigo".

Cifras 2007: Por evasión pierde al año cerca de US$ 12 millones por quienes no entregan boleta o declaran tener ingresos menores a los reales. Eso sí, el volumen de transacciones que hay a cada instante dificulta reducir ese número.

Ejercicio clandestino del comercio

De qué se trata: Al comprar libros o discos en la calle, así como al recurrir a la botillería que esconde la fachada de una casa común y corriente, se contribuye no sólo a la piratería, sino al comercio clandestino. Éste apunta a quienes venden sin pagar las patentes e impuestos correspondientes a su negocio.

Una forma de realizar este delito es adquirir productos fuera de la ley y no declararlos, para así comercializarlos a un menor precio. La otra manera es abrir un negocio no registrado, en el cual se puedan vender productos adquiridos en regla pero sin las declaraciones y pago de impuestos pertinentes al SII.

Penas: Quienes cometan este delito deberán pasar entre 541 días a 3 años en la cárcel, además de pagar una multa que va de los $120.000 a $2.050.000.

Cifras 2007: Es por lejos el delito más recurrente y uno de los primeros que mencionan los expertos en materia tributaria. En 2007 el SII presentó 121 querellas, que terminaron en 94 condenados con un perjuicio al fisco de US$ 19,6 millones.

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