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Congreso despacha proyecto sobre devolución de impuestos a generadoras eléctricas

miércoles, 19 de marzo de 2008


Economía y Negocios Online

Todas las empresas eléctricas conectadas al Sistema Interconectado Central (SIC) o al Sistema Interconectado del Norte Grande (SING) o que operen en sistemas medianos, que sean contribuyentes del IVA, podrán acogerse a esta normativa.

VALPARAÍSO.- Listo para convertirse en ley quedó el proyecto de ley que establece un mecanismo de devolución del impuesto específico al petróleo diésel a favor de las empresas generadoras eléctricas, luego que el Senado lo aprobara en general por unanimidad y en particular por una abrumadora mayoría.

La iniciativa legal fue aprobada el martes, también por unanimidad, por la comisión de Hacienda del Senado.

El ministro de Energía, Marcelo Tokman, agradeció el gran apoyo dado por los parlamentarios a la iniciativa y valoró la rapidez dada a su tramitación.

"Gracias al gran respaldo dado a esta iniciativa por los parlamentarios de todos los sectores políticos, será posible que a partir del próximo mes las empresas generadoras puedan comenzar a recuperar el impuesto del diésel", dijo el ministro de Energía.

Y agregó que "espero que en el menor plazo posible, dado el contexto de estrechez energética que vivimos, los proyectos de turbinas y otros que ya cuentan con su resolución de calificación ambiental y que hoy son del orden de 800 MW, se pongan en marcha, ya que hemos removido el obstáculo que constituía una barrera de entrada para los mismos".

El proyecto de ley complementa el mecanismo existente para recuperar el impuesto específico, al establecer un mecanismo suplementario, por el cual se autoriza la devolución del remanente del crédito fiscal del IVA originado en las adquisiciones de petróleo diésel, cuando en el respectivo mes el total del crédito fiscal declarado sea mayor al débito fiscal del mismo mes.

Todas las empresas eléctricas conectadas al Sistema Interconectado Central (SIC) o al Sistema Interconectado del Norte Grande (SING) o que operen en sistemas medianos, que sean contribuyentes del IVA, podrán acogerse a esta normativa.

Esta ley comenzará a operar desde el primer día del mes siguiente a la publicación en el Diario Oficial y estará vigente hasta marzo del año 2011.

Cabe recordar que la actual legislación ( Ley N° 18.502) establece que aquellos que utilicen el petróleo diesel para un fin distinto al uso en vehículos, pueden recuperar en su totalidad el monto del impuesto específico al diésel pagado.

Dado que muchas empresas no podían recuperar lo pagado por concepto de impuesto especifico al petróleo, debido a los elevados costos de generar energía a través de este insumo y al alto porcentaje que éste representa en los costos variables -lo que imposibilita a las empresas generar el débito fiscal suficiente contra el cual imputar el impuesto específico-, el Gobierno decidió introducir cambios en la materia.


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