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De las 288 empresas que han solicitado que la Dirección del Trabajo (DT) resuelva la definición de servicios mínimos, 34 casos han ido a los tribunales de justicia y dos de ellos han llegado hasta el Tribunal Constitucional.

Un 48% de los servicios mínimos calificados por la DT fueron apelados al director nacional

lunes, 29 de enero de 2018

Fiorenza Gattavara
Economía y Negocios
El Mercurio




Casi 10 meses han transcurrido desde que entró en vigencia la reforma laboral que impulsó el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet y que prometía fortalecer la posición de los sindicatos en procesos de negociación colectiva. Con el tiempo transcurrido, las estadísticas ya comienzan a ofrecer luces sobre los resultados de estos cambios legales.

¿El más grueso? Que lejos de aumentar la capacidad de paralización efectiva de los trabajadores, las huelgas disminuyeron 35% en 2017. Pero no solo eso. Una de las principales novedades que incorporó la reforma fue la eliminación del reemplazo interno y externo en huelga, dando la posibilidad de que sindicato y empresa pudieran hacer funcionar restrictivamente servicios mínimos y equipos de emergencia para proteger los bienes de la empresa, impedir emergencias ambientales o asegurar la continuidad de servicios de utilidad pública.

Esta modificación, que en un principio era vista como una manera de fortalecer la huelga legal dando poder de presión al sindicato, ha anotado altas tasas de judicialización. Durante la larga tramitación que tuvo la reforma, los gremios empresariales y la oposición, específicamente desde la DC, advirtieron que esto podría pasar.

Datos de la Dirección del Trabajo (DT) muestran que entre 2017 y hasta el 15 de enero de este año, 547 empresas han definido servicios mínimos, ya sea por acuerdo entre las partes o porque lo han solicitado a la DT. De ellas, en 259 casos fueron acordados entre el sindicato y la empresa, mientras que los otros 288 han solicitado a la autoridad del ramo -Direcciones regionales del Trabajo- que los ayuden a calificar los servicios mínimos.

De ese total, en 137 casos las empresas no han quedado conformes y han presentado recursos jerárquicos ante la Dirección Nacional de Trabajo, lo que representa que un 48% ha ido hasta la última instancia administrativa para resolver. Sin embargo, las empresas no han terminado ahí, ya que 34 procesos han llegado hasta los tribunales de justicia laborales, con el fin de que estos sean quienes zanjen el asunto. En esa línea, un 12% de las empresas que pidieron a la DT definir servicios mínimos recurrieron a la justicia, pero solo dos de esos casos recurrieron al Tribunal Constitucional.

La judicialización de los servicios mínimos anotó uno de sus capítulos más llamativos en diciembre de 2017, cuando la Cuarta Sala de la Corte Suprema declaró inadmisible un recurso de queja que presentó la DT sobre la resolución de la Corte de Apelaciones, que les ordenaba a los tribunales de primera instancia resolver en materia de servicios mínimos en caso de huelga.

Esa resolución generó un importante hito para el desarrollo de la determinación de los servicios mínimos, ya que era el primer caso en que un tribunal de primera instancia podía participar en este proceso. En este caso, de los colegios de la Sociedad de Instrucción Primaria (SIP) ligados a la familia Matte, la DT había entregado como servicio mínimo un guardia por establecimiento y un docente por sala tras 30 días de huelga.

Desafío del próximo gobierno en materia de servicios mínimos

Según el ex director del Trabajo Marcelo Albornoz, los servicios mínimos son un asunto prioritario que el gobierno que asumirá el 11 de marzo deberá corregir de la reforma laboral. "El próximo gobierno tiene que hacer urgente una evaluación técnica de la aplicación de las normas sobre servicios mínimos y corregir los vacíos y focos de conflicto, partiendo por definir calificaciones sectoriales como base para todas las empresas involucradas y reglas claras y objetivas para todos los de una misma industria. Se debe terminar con la calificación caso a caso", comentó.

Para que estas modificaciones puedan realizarse, Albornoz específica que no se necesita una ley especial, ya que basta con tomar medidas administrativas por parte de la DT. "Los informes técnicos deben considerarse vinculantes y, finalmente, el Ejecutivo debería patrocinar la moción parlamentaria que establece expresamente que toda resolución de la Dirección del Trabajo sobre servicios mínimos es reclamable judicialmente".

35%

cayó el número de huelgas en Chile el año pasado. El descenso estuvo lejos de las estimaciones iniciales, que apostaban por mayores paralizaciones.

12%

de las empresas que pidieron a la DT definir servicios mínimos recurrieron a los tribunales de justicia laborales. Hasta diciembre del año pasado, tanto el primer y segundo tribunal laboral se declararon incompetentes para resolver.

Dos casos

de los 34 que se han judicializado llegaron hasta el Tribunal Constitucional.



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