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Animales de compañía:

Avise si maltratan a algún perro

sábado, 18 de noviembre de 2017


Línea Directa Comunidad
El Mercurio

Son muchas las personas a las cuales les llama la atención ver mascotas con problemas de salud y falta de cuidado. Sepa qué hacer cuando compruebe esta situación.



La muy esperada Ley Cholito (N {+o} 21.020 Sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía) vino a satisfacer el anhelo de mucha gente preocupada por el bienestar animal. Cada cierto tiempo, Línea Directa recibe reclamos de ciudadanos conmovidos por los malos tratos que reciben algunos perros, que no tienen cómo defenderse.

Es el caso de María del Pilar Donetch, a quien le preocupa una perra que se encuentra en aparente estado de maltrato y abandono por parte del propietario de una empresa de arriendo de vehículos cerca de su casa. Según nos relató, el animal está desnutrido, con tiña y presenta displasia.

Consultamos en la PDI y nos respondió el comisario Gonzalo Aljaro de la Brigada Investigadora de Delitos contra el Medio Ambiente y Patrimonio Cultural Metropolitana (Bidema). En su carta precisó que el delito de maltrato animal -que supone nuestra lectora- se encuentra tipificado en el Art. 291 bis del Código Penal. Esta norma sanciona al que cometiere cualquier acto de crueldad o maltrato contra animales.

No obstante lo anterior, aseguró el funcionario, tras la promulgación de la ley antes mencionada se determinaron las obligaciones y derechos de los responsables de animales de compañía, como también proteger la salud pública, la seguridad de las personas, el medio ambiente y las áreas naturales protegidas, y regular la responsabilidad por los daños a las personas y a la propiedad que sean consecuencia de la acción de mascotas o animales de compañía.

Identificación

En forma paralela, el responsable de una mascota o animal de compañía está obligado a la adecuada identificación del mismo, su inscripción en el registro respectivo, como asimismo, a su alimentación, manejo sanitario, especialmente a la recolección y eliminación de sus heces, y al cumplimiento de toda otra obligación dispuesta en la ley y sus normas complementarias.

De igual modo es obligación del responsable de una mascota o animal de compañía mantenerlo en su domicilio, residencia o en el lugar que destine para su cuidado.

Gonzalo Aljaro precisa que cuando se desea denunciar el delito de maltrato animal, la acción se realiza conforme a lo estipulado en el Código Procesal Penal (Artículo 174).

La denuncia podrá formularse por cualquier medio y deberá contener la identificación del denunciante, la indicación de su domicilio, la narración circunstanciada del hecho, la designación de quienes lo hubieren cometido y de las personas que lo hubieren presenciado o que tuvieren noticia de él, todo en cuanto le constare a quien formula el reclamo.

En el caso de que se haga en forma verbal se levantará un registro en presencia del denunciante, quien lo firmará junto con el funcionario que lo recibiere. El documento escrito será firmado por la persona que hizo el reclamo. En ambos casos, si este no pudiere suscribirlo, un tercero concretará su ruego.

Para cursar esta denuncia, la persona tiene que acudir a cualquier unidad policial de la PDI que quede cerca de su domicilio o directamente en la Bidema. Otra alternativa es hacerlo en Carabineros o en la fiscalía que corresponda a su domicilio.

Alimento diario

En relación al caso de María del Pilar Donetch, el funcionario señaló que ella ya había cursado la denuncia correspondiente en la Fiscalía de Las Condes, de modo que existe una causa abierta por los hechos.

De todos modos, personal de la brigada concurrió al lugar y verificó que si bien el ejemplar canino se mantiene solo en dicho recinto, este es alimentado diariamente por un responsable en sus cuidados.

Encontraron en el lugar agua y alimento fresco a libre disposición, y dos casas para perro que lo protegen del sol y frío de la noche. También se verificó que cuenta con su plan de vacunación al día y se mantiene en tratamiento por la dermatopatía que afecta la zona lumbosacra, nos aseguró.

Sanciones
Las penas por maltrato animal fluctúan entre el presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de 2 a 30 UTM.

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