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Los mitos y verdades de la ley de tenencia responsable de mascotas

sábado, 02 de septiembre de 2017

Romina Raglianti
Vidactual
El Mercurio

A un mes de su publicación, existen muchas dudas acerca de las nuevas exigencias para los dueños de animales de compañía. A la espera de un reglamento que defina algunos de los puntos claves, aclaramos las preguntas más centrales.



La ley 21.020 sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía genera dos reacciones: que es un paso necesario para la sociedad chilena, pero también que la legislación, publicada el 2 de agosto pasado, tiene falencias: conceptos vagos, que han causado confusión en la ciudadanía, y poca armonía con otras regulaciones del mismo tema.

A continuación, buscamos aclarar las principales dudas.

1.- ¿Es obligación esterilizar a una mascota?

No, excepto cuando sean perros de una raza considerada "potencialmente peligrosa" -las que aún no están definidas- y perros vendidos por criaderos registrados y autorizados, que ahora son los únicos con la facultad para comercializarlos. De todas formas, la esterilización es promovida por expertos como parte de una tenencia responsable. "Ayuda a prevenir problemas médicos en el futuro", explica Erick Lucero, vocero del Colegio Médico Veterinario de Chile. "La ley es un fomento de esterilización como método de control de la población animal, y junto con la educación, es lo que surte más efecto", agrega Rodrigo Morales, miembro del Centro de Gestión Ambiental y Biodiversidad de la Facultad Veterinaria de la Universidad de Chile y representante legal de Responsanimal, empresa dedicada al impulso de este tema.

2.- ¿Quiénes podrán vender perros?

Según la ley, solo locales de venta y criaderos debidamente inscritos en un registro nacional. Deben cumplir con varias estipulaciones, como estar a cargo de un médico veterinario y dar al comprador información sobre tenencia responsable.

3.- ¿Se puede cruzar a un perro sin ser un criador inscrito?

"Sí, la ley no tiene potestad en eso. Pero si esos animales terminan en algún método de compra y venta, pasas a ser criador, porque estás ejerciendo un fin comercial", responde Rodrigo Morales. "Cuando entras a comercializar con un animal, implica impuestos y regulaciones". El problema aquí está en la dificultad de fiscalizar las ventas ilegales. La ley prohíbe el comercio ambulante de mascotas, pero aún no está claro cómo se controlará la venta de forma privada o a través de internet.

4.- ¿Por qué los criaderos deben entregar a los cachorros esterilizados?

Uno de los objetivos de la ley (artículo 25) es impedir la cruza indiscriminada de perros y que estos se usen solo con fines de lucro, sin otorgarle los cuidados necesarios. Entregar a cachorros de raza esterilizados disminuiría estas prácticas. "No hay otra forma de cerciorarse de que ese animal no vaya a ser utilizado como reproductor en el futuro", dice Morales. Solo en el caso de que se vendan a otros criaderos autorizados pueden entregarse sin esterilizar.

Eugenio Aguiló, presidente del Kennel Club -la organización que lleva el registro de las razas caninas en el país-, opina lo contrario: "Es una falsedad que con esto se terminarían los perros vagos", postula. "En el último año se han criado 128 mil ejemplares de perros inscritos, menos de un 4% de la masa canina del país, que es de alrededor de 3,8 millones. Los perros vagos en general son mestizos. Este artículo de la ley no soluciona nada y genera un problema justamente a los perros que están controlados". Agrega que los criaderos aún no han partido con la esterilización de cachorros, "porque todavía no está muy claro quién va a controlar".

5.- ¿Es seguro esterilizar a un cachorro?

Esta es la principal crítica que se ha hecho a la ley. Los criaderos entregan a los cachorros entre los 60 y 90 días, lo que implicaría una esterilización antes de los dos meses de edad. Aunque esto se practica regularmente en países como Estados Unidos, cada vez han aparecido más estudios exponiendo los peligros de someter a un animal tan pequeño a una cirugía invasiva. "La ley, en su primer fundamento, es el bienestar animal, y este se ve absolutamente alterado por la castración precoz, que es una mutilación", dice Aguiló. El Colegio Médico Veterinario lleva meses exponiendo este punto. "Someter a un proceso quirúrgico a un cachorro que está en pleno desarrollo sensitivo motor y de apego con su madre debería ser considerado maltrato", insiste Lucero.

La opción de retrasar la entrega del perro hasta los 3 o 4 meses presenta otros problemas. "Lo priva de desarrollar sus habilidades sociales con humanos y otros animales, y vamos a generar trastornos del comportamiento", detalla Lucero, que también es etólogo (experto en comportamiento animal). "Hay que recordar que una de las principales causas de abandono son los problemas conductuales. Al estar en ese marco, la ley potencia el abandono más que incentivar que no lo haya".

6.- ¿Podrían desaparecer razas con esta obligación?

"Nos hicieron un estudio que proyecta que con este sistema hay razas que podrían terminarse entre ocho y 10 años", asegura Aguiló. Lo que más preocupa a criadores y veterinarios es el caso de los locales terrier chileno y pastor magallánico, que están en proceso de inscribirse como raza. "En el caso del terrier, ya tenemos alrededor de 4 mil ejemplares, y estamos presentando ante la federación internacional su reconocimiento, para lo que deberíamos tener 8 mil inscritos de 8 líneas de sangre distintas", explica Aguiló. "No hay criaderos de esta raza en Chile; la mayoría de los que crían tienen una o dos perras, porque no tienen un gran valor comercial. Si esta ley se aprueba, esa raza se acaba, porque nos demoraríamos 20 años o más en alcanzar esa cifra, o quizás no lo logremos nunca".

7.- ¿Subirán los precios de los perros de raza?

Las medidas de la nueva ley no solo reducen la oferta, sino que también implican mayores gastos para los criaderos, que lo más probable es que se trasladen al precio de venta. No todos ven esto como algo negativo, sino más bien como un beneficio. Rodrigo Morales fundamenta: "Hoy la población animal en Chile es de casi 4 millones de perros y un millón y medio de gatos, cifra que va en aumento. Debe ser una política pública limitar la cantidad de animales, y hay que entender que tener un perro de raza es un lujo. Hay países donde incluso se aplica un impuesto adquirido por tener un perro de raza".

8.- ¿Qué son los perros "potencialmente peligrosos"?

En la ley no aparecen definidas razas específicas, que deberán ser determinadas por el reglamento, pero también se incluyen perros que han tenido episodios anteriores de agresión. El Colegio Médico Veterinario se ha mostrado crítico ante esta parte de la ley. "Esto nos preocupa, porque la ley no se centra en definir por qué ese perro agrede, y podría ser por un problema médico. No se le puede tildar de 'potencialmente peligroso' sin saber el porqué", explica Lucero. Morales complementa: "Muchos veterinarios y etólogos no están de acuerdo con el concepto, porque genera un prejuicio que puede a la larga generar un daño social, ya que los tenedores de estos perros podrían creer que el abandono sería mejor solución que seguir una larga lista de requerimientos, que incluye que la ley permite que si tú eres tenedor de un perro potencialmente peligroso tengas que someterte a algún test sicológico si un juez o las entidades fiscalizadoras lo determinan".

9.- ¿Son realmente efectivas las denuncias de maltrato?

El maltrato está definido en esta ley y en la de protección animal 20.830, pero según los expertos, todavía faltan cosas. Específicamente, tipificar los tipos de maltrato. En septiembre del año pasado se presentó el boletín 10895-07, que busca hacer modificaciones a las leyes y al Código Penal para que existan atribuciones más claras para una persecución eficaz de estos delitos. "Penalmente, esta ley es súper fuerte, pero hay poca disposición de la justicia, porque no están definidas ciertas características para aplicarla como corresponde", explica Morales. "Por eso es importante el boletín, que va a entregar más atribuciones. Las denuncias han aumentado en un 25% a nivel nacional en los últimos años, pero la mayoría no prospera, porque los jueces pueden no entender el maltrato de la misma manera".

Esta responsabilidad de que la ley sea efectiva también recae en los denunciantes. "La gente debe entender que para que cualquier proceso de denuncia prospere, debe haber antecedentes, evidencia, aunque sea mínima. Testigos, fotos, videos, lugar específico, hora", explica Morales.

10.- ¿Cómo se aplicarán los recursos y la fiscalización?

Eso todavía no está claro, porque hay que esperar el reglamento que la ley estipula que debe dictarse dentro de los 180 días después de su publicación, a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, suscrito, además, por el ministro de Salud. El reglamento, que luego derivará en ordenanzas municipales, establecerá las "formas y condiciones" en que se aplicarán las normas sobre tenencia responsable y determinará, por ejemplo, los requisitos de las campañas de educación y esterilización y los sistemas de registro e identificación de animales. Tanto el Kennel Club como el Colegio Médico Veterinario manifiestan interés en poder participar en las mesas de trabajo o consultas públicas que se realicen al respecto, para enfrentar los puntos que aún no los convencen.

El polémico artículo 25 también generó discusión en el Congreso y en el Tribunal Constitucional. De hecho, el 12 de abril de este año, el presidente del Senado, Andrés Zaldívar, envió a la Presidenta Michelle Bachelet un oficio "a fin de hacer presente la preocupación manifestada" en torno al artículo de la ley que se refiere a la esterilización de cachorros, aunque finalmente se mantuvo en la ley.

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