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La falta de pruebas que acrediten una relación contractual fue una de las razones que esgrimió ayer la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago para declarar inadmisible la demanda presentada contra Movistar por parlamentarios DC, en representación de un total de 60 consumidores.
La acción colectiva, interpuesta en agosto de 2006 por el diputado Jaime Mulet, buscaba una reparación de US$ 260 millones a repartir por el mal servicio que habría prestado la compañía a sus 5,5 millones de usuarios entre enero y julio del año pasado, luego de comprar Bellsouth.
Con su decisión de ayer, el tribunal capitalino -integrado por los ministros Jorge Zepeda, Mario Carroza, y la abogada Regina Clark- revocó lo que había resuelto en abril el 18° Juzgado Civil, que había declarado admisible la presentación.
La causa llegó a la Corte luego que la empresa Movistar apelara a la decisión del juzgado, por considerar que la demanda no cumplía los requisitos establecidos en la Ley del Consumidor.
"Esta Corte considera que no se ha acreditado de modo fehaciente la existencia de los instrumentos indicados, toda vez que no se han acompañado o exhibido los contratos respectivos, correspondiéndole dicha carga a los demandantes que alegaron el vínculo contractual para ostentar la calidad de consumidores exigida por la ley", dice el fallo.
La resolución explica que entre los demandantes hay quienes tenían contrato y otros que sólo usaban tarjetas de prepago, circunstancia que los deja en una postura legal distinta.