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sábado, 05 de agosto de 2017


Línea Directa Comunidad
El Mercurio

El comprador debe exigir que se cumplan los tiempos de entrega prometidos y las especificaciones técnicas publicitadas. Conozca cuáles son los plazos para reclamar, según sea la falla.



Antes de adquirir una vivienda, ya sea casa o departamento, hay que cotizar mucho, considerando diversas variables como su tamaño, valor, el barrio en que se emplaza y condiciones de financiamiento. Este último punto es importante, porque lo que piden las inmobiliarias es un adelanto en dinero para reservar la propiedad. También hay que fijarse en las condiciones del contrato, desde el momento de la promesa de compraventa.

Hace pocas semanas, el Sernac demandó colectivamente a una inmobiliaria porque sus contratos contenían cláusulas abusivas, que a juicio de ese servicio atentan contra los derechos de los consumidores. Entre ellas, la facultad de la empresa de dar vigencia e interpretación a una estipulación declarada nula, ilegal o inaplicable.

Ya en 2016, afirman en el Sernac, habían recibido 124 reclamos contra la misma empresa y en lo que va de este registran 28. Los principales motivos descritos son incumplimiento en las condiciones contratadas, servicio defectuoso y mala calidad de la vivienda.

A Línea Directa llegan varios reclamos por este tema. Le ocurrió a María Eugenia Salas, quien nos contó que, tras firmar la escritura de su propiedad, la inmobiliaria comprometió la entrega de su departamento para 10 días después de que el documento de pago fuese cobrado.

No obstante, nos relató, transcurrido ese plazo no se habían comunicado con ella y, cuando consultó, le señalaron que ello ocurriría varios días después. Tras nuestra gestión, la empresa programó la entrega para esa misma semana.

Otra queja frecuente se relaciona con la calidad de la construcción, como lo experimentó Juan Carlos López, quien nos narró que a tres años de la entrega de su departamento en Viña del Mar detectó que el piso de porcelanato del dormitorio principal comenzó a levantarse.

Tras comunicarse con el servicio al cliente de la empresa, mandaron a un supervisor, quien confirmó que el daño se debía a errores de instalación. Sin embargo, le dijeron que no estaba cubierto por la garantía. Luego de la mediación de Línea Directa, la constructora acogió su reclamo.

A Patricia González le falló el termo eléctrico instalado en su edificio del sector de Costa Brava, entregado en 2014, y se inundó su departamento. Se dañaron puertas interiores, clóset y zócalos, pero la constructora no se hizo responsable. Como respuesta, le dijeron que debía quejarse ante los proveedores de los equipos.

En este, como en otros mercados, el consumidor tiene derecho a que se respete fielmente lo que le ofrecieron, tanto en la publicidad como en el contrato. Así, por ejemplo, que cumplan con los plazos de entrega y las características de la vivienda.

Asimismo, aseguran en el Sernac, las empresas no deben omitir ningún aspecto relevante, antes, durante y después de la adquisición. Al comprador le corresponde exigir que le den a conocer el precio final del bien, con todos los cargos incluidos.

Otro aspecto importante es que se cumpla con las descripciones prometidas, como los metros cuadrados.

La Ley de Calidad de la Vivienda (N {+o} 20.016) establece los plazos en que las empresas deben responder cuando se producen problemas, según sea el inconveniente.

Terminaciones : durante los primeros tres años desde la fecha de la inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

Instalaciones : cinco años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra.

Estructuras : 10 años desde la recepción definitiva de la obra.

Como explican en el Sernac, la Ley General de Urbanismo y Construcciones incluye también el procedimiento de demandas colectivas por los daños y perjuicios en la calidad de las construcciones, la cual establece que a partir de seis o más afectados por este motivo, en un conjunto habitacional, se puede iniciar un juicio de estas características.

Antes de comprar

El Sernac recomienda que, antes de adquirir una vivienda, hay que guardar los soportes publicitarios, los que servirán a futuro para saber qué exigir y tener las pruebas en caso de cualquier incumplimiento. Lo ideal es solicitar toda la información relevante del proyecto -en especial si se cotiza en verde-, incluso antes de hacer una reserva en dinero. Ello incluye, al menos, planos de planta con detalle de superficie, especificando qué significa "útil" y detalles técnicos de artefactos, terminaciones y materialidad. Asimismo, hay que pedir los datos de orientación, vistas y emplazamiento.

En caso de que constate que las superficies no se ajustan a lo prometido, los consumidores deben ser compensados por la inmobiliaria, sin perjuicio de las sanciones que contempla la Ley de Protección al Consumidor u otro tipo de acciones legales.

Reclamos
El Sernac informa que durante 2016 recibió 5.172 quejas en contra del mercado inmobiliario.

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