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¿Por qué puede tardarse una herencia? Los pasos y trabas de la posesión efectiva

sábado, 01 de diciembre de 2007

Alejandro Sáez Rojas
Economía y Negocios Online, El Mercurio

En promedio, hoy el Registro Civil demora 35 días en concluir los trámites de una posesión efectiva sin testamento. Cuando existe uno, el tema se complica porque va a tribunales, pero, aún así, lo normal es que no pasen más de tres meses. Pero hay casos en los cuales se pueden demorar años.


Para muchos, recibir una herencia no es un trámite fácil. Las quejas más frecuentes -y que ha recibido este diario- son las tardanzas consideradas excesivas de la llamada "posesión efectiva", que es el trámite que les entrega definitivamente a los herederos los derechos sobre los bienes de algún familiar muerto.

Individualmente, hay personas que han debido esperar meses, e incluso años, para que este trámite se concrete por alguna de las dos vías que la ley establece y que rigen desde 2003 en Chile.

Uno de esos caminos es el administrativo. El Registro Civil cruza los datos, recibe la valorización del patrimonio y determina quiénes son los herederos. De ahí otorga la posesión efectiva. Esta modalidad se aplica cuando el fallecido no ha dejado testamento y es por lo tanto la ley la que regula qué porcentaje le toca a cada uno de los "herederos". La ley regula la repartición de los bienes en distintas formas según cual sea la relación de parentesco que exista con el causante. Por ejemplo, si sobrevive el cónyuge y dos hijos, al primero le corresponde la mitad del total de la herencia, y a cada hijo un 25%.

La otra ruta es la judicial. Esta la deben seguir cuando existe un testamento que combina de diversas formas las asignaciones que por ley existen para efectos de la herencia. La norma establece que una mitad del patrimonio les corresponda a los legitimarios (cónyuge e hijos), una cuarta parte podrá destinarse a mejorar a los herederos legítimos y una última porción queda de libre disposición para el testador.

Tanto en la vía administrativa como en la judicial existen casos de retraso. En la primera, el director del Registro Civil, Guillermo Arenas, revela que los tiempos de tramitación han caído en promedio.

¿Por qué se retrasa en esta instancia? Uno, es que se trate de una persona fallecida que no tenga Rol Único Nacional (RUN o RUT, como se conoce popularmente), porque nació antes de que se inventara este sistema en 1972 y nunca se registró. En ese caso, primero se debe asignar un RUN al fallecido y reconstruirle la malla familiar para ver quiénes son los herederos.

Otro elemento que retarda las posesiones efectivas son los errores de digitación de todos los datos que hoy procesa el Registro Civil. Entonces, si se está en esa situación, se deben verificar los antecedentes y corregir la equivocación y luego iniciar los trámites de la posesión efectiva.

En la vía judicial también ocurren los problemas. Benjamín Bernstein, abogado socio de Tax Advisors, Estrategia y Planificación Tributaria, comenta que "las sucesiones testamentarias son más complicadas que las intestadas, porque el causante puede realizar distintas asignaciones, simples o modales: puede mejorar a uno o a varios herederos o establecer legados, dejar bienes a un familiar enfermo o establecer una renta vitalicia. Todo ello complica la forma de llevar adelante la voluntad del testador".

Rapidez

Pero la regla general es que el proceso se ha acelerado.

El servicio estatal, por ley de 2003, se encarga de las posesiones efectivas. Desde abril de 2004, que comenzó a regir la norma, hasta diciembre de ese mismo año, la tardanza promedio para una posesión efectiva llegó a 87,91 días corridos.

Pero ya en 2005 el tiempo bajó dramáticamente: el número de días promedio para la posesión efectiva alcanzó a 41,20. Entre el 1 de enero de este año y el 30 de octubre la media bajó a 35,46 días corridos.

En tribunales, "el cambio de ley también ha hecho más rápida que antes la tramitación de las posesiones efectivas", comenta Benjamín Bernstein. En la justicia, comenta que una normal, sin complicaciones, no demora más allá de tres meses. ¿Por qué a veces se tarda más?

Christian Blanche, socio fundador de Tax Advisors, explica que ocurren casos en que a veces se deben regularizar posesiones efectivas anteriores que no fueron oportunamente solicitadas o fallecen simultáneamente varias personas: "ocurre que una persona es heredero de otra que a su vez no había hecho los trámites de posesión efectiva". El mismo experto también explica que puede aparecer un heredero que impugne un testamento y una tercera complejidad es que si el testador hizo una donación en vida a uno de sus hijos, ese aporte debe considerarse como parte total de la herencia que está sujeta a la asignación forzosa.

El Servicio de Impuestos Internos tiene que pronunciarse también sobre el impuesto a la herencia, para lo cual cuenta con un plazo de 60 días. En este caso, explican los abogados, los tiempos son menores cuando se trata de un patrimonio simple. "Pero es más complejo cuando existen derechos sociales, en especial de empresas familiares, ya que actualmente es el propio contribuyente quien debe valorizar los bienes y determinar el monto de impuesto a pagar", dice Blanche.

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