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Ley de Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica:

Corte de Apelaciones abre camino a formalización de SQM como empresa

domingo, 11 de junio de 2017


Economía y Negocios Domingo
El Mercurio




Un flanco inesperado, cuyas consecuencias podrían implicar desde millonarias multas hasta la disolución de la compañía, abrió esta semana la Corte de Apelaciones de Santiago. Esto, luego de acoger la solicitud del Consejo de Defensa del Estado (CDE) de imputar la responsabilidad penal de la persona jurídica de SQM, en el marco de una investigación por supuesto soborno cometido por su ex gerente Patricio Contesse.

El miércoles pasado, el tribunal rechazó el recurso de la minera no metálica patrocinado por el abogado Hugo Rivera que buscaba excluir al CDE de la acción judicial, bajo el argumento de que la entidad fiscal no estaba facultada para intervenir como querellante de personas jurídicas.

Pero la Corte de Apelaciones acogió la tesis del CDE -apoyada por la Fiscalía- de que es responsabilidad de la empresa cuando sus funcionarios -en este caso, el ex gerente general de SQM Patricio Contesse- cometen delitos, como el soborno.

El 22 de junio de 2016, Pablo Longueira fue formaliza por cohecho, pues supuestamente SQM pagó a Longueira -en esa época, senador- para favorecer los intereses de la firma en la tramitación de la Ley de Reconstrucción o Royalty Minero (Ley 20.469), que permitió a la firma acceder a contratos de invariabilidad tributaria con el Estado.

Según los antecedentes que la Fiscalía hizo públicos el día de la formalización, Longueira recibió $681 millones de la minera para fundaciones ligadas al también ex ministro de Economía.

De ser condenada por este ilícito, contemplado en la ley 20.393, SQM arriesga ser excluida de celebrar contratos con el Estado, lo que impactaría en sus ya complicados negocios como principal exportador de litio desde Chile: la firma mantiene abierto un arbitraje con Corfo por el uso de pertenencias del salar de Atacama.

En diciembre de 2016 el CDE presentó una querella contra SQM como persona jurídica, en la que buscaba hacer responsable a la empresa de los sobornos presuntamente cometidos por su ex gerente general, imputando que la falta de control posibilitó la ocurrencia de los actos de corrupción. Además, según el ente fiscal, la empresa carecía al momento de la ocurrencia de los hechos de un sistema de prevención idóneo que le hubiera permitido eximirse de la responsabilidad penal.

En enero pasado, el Departamento de Justicia (DOJ) y la Comisión de Valores (SEC) de los Estados Unidos anunciaron sanciones contra SQM por infringir la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA), una norma que sanciona delitos de cohecho e infracciones contables.

La firma fue multada, y llegó a un acuerdo con el Departamento de Justicia para diferir los cargos por tres años bajo condición de pagar la multa, continuar cooperando, robustecer su programa de cumplimiento, y acogerse a un monitor corporativo independiente.

Una auditoría pagada por la propia minera no metálica a la firma de abogados Shearman & Sterling determinó que no había evidencias de que los pagos hechos a funcionarios públicos fueron para inducirlos a actuar en beneficio de SQM.

A su turno, cuando en abril pasado se develó el contenido del acuerdo entre SQM y las autoridades americanas, el abogado de Longueira, Alejandro Espinoza, dijo a este medio que dicho acuerdo confirmaba que no existieron aportes para su defendido ni para fines personales ni para campañas, sino que fueron aportes a fundaciones recibidos en el marco de la ley como donación, y en un período en que Longueira no ocupaba cargos públicos.

SQM dijo al respecto que no existe acusación alguna, "sino solo una imputación que deberá ser contrastada con los antecedentes que se han recopilado en la etapa de investigación", y que la empresa "ha demostrado que siempre ha contado con un modelo de prevención del delito que cumple con el estándar requerido por la ley 20.393".

Junto con resaltar su colaboración con las investigaciones, la firma añadió que "no se ha acreditado la existencia de soborno o cohecho" y que "no vemos que la investigación actualmente en curso suponga un riesgo para los acuerdos que la compañía tiene con el Estado o sus organismos".

EN DICIEMBRE de 2016, el CDE se querelló contra SQM como persona jurídica.

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