Un fallo de la Tercera Sala de la Corte Suprema adverso para el Serviu del Biobío y favorable para una constructora de capitales españoles a cargo de un proyecto habitacional, podría sentar precedentes para otros casos a nivel nacional. La sentencia condenó al organismo dependiente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo a pagar 36.120 UF (cerca de US$ 1,44 millones) principalmente por solicitar obras adicionales y cobrar de forma inadecuada boletas de garantías en el contrato del proyecto Mirador del Biobío 1 y 2, que involucraba dos fases de 148 departamentos cada uno. Este fue adjudicado en 2011 a la constructora española Obras Especiales Navarra, actual Obechile. El abogado Joaquín Montero, del estudio Ossandón, quien defendió a la constructora, explicó que el fallo es relevante y puede sentar precedente para otros conflictos legales de los Serviu. Esto porque, indicó, al organismo estatal del Biobío lo condenaron por "responsabilidad contractual", pese a que no firmó los contratos de los proyectos de vivienda social. Los convenios fueron rubricados por dos comités habitacionales ligados a dicha iniciativa y una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (Egis). Montero comentó que cuando se registraba un 90% de avance, el Serviu pidió obras adicionales con cargo al presupuesto original. La empresa se opuso y pidió pagos extras, lo que derivó en que el Serviu instruyera a los comités habitacionales y a la Egis terminar anticipadamente el contrato y cobrar las boletas. El Serviu del Biobío señaló que los efectos e implicancias jurídicas de la sentencia "serán estudiados por los equipos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo para su cumplimiento". Destacó que el conjunto habitacional al que se refiere el dictamen se encuentra completamente habitado y cada familia cuenta con su escritura.