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Multan a productoras por problemas en recitales de U2 y Pavarotti

lunes, 20 de agosto de 2007


Economía y Negocios Online

DG Medios y Fénix fueron obligadas por la justicia a pagar $300.000 y $160.000 respectivamente por infringir Ley del Consumidor.

SANTIAGO.- Tras la denuncia del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) a la Justicia, las empresas DG Medios y Fénix fueron multadas por los distintos problemas que se presentaron en la venta y en la cancelación de un evento, respectivamente, producidos el año pasado.

En el caso de DG Medios, los consumidores se encontraron con que las entradas para asistir al concierto de U2 sólo podían ser adquiridas por quienes compraban con tarjeta de crédito Ripley; las que se vendían por Internet tenían un costo de acercamiento que nadie informó y más encima los tickets llegaban atrasados.

Esto motivó una serie de reclamos al Sernac por lo que el organismo decidió denunciar a la empresa a la Justicia al considerar que se estaban infringiendo los derechos de los consumidores.

La empresa se excusó argumentando que desde el principio la empresa informó de los valores y las reglas del juego como el uso de la tarjeta Ripley, así como en los puntos de venta se habrían habilitado carteles que informaban del valor de los tickets y los cargos por servicio como el despacho a domicilio.

No obstante, el tribunal examinó los reclamos constatando que tenían fundamento y que efectivamente hubo una serie de negligencias como la demora con que llegaron los tickets comprados por Internet a los domicilios, la falta de aviso de los cargos por despacho, venta de entradas en ubicaciones distintas a las que se adquirieron, personas que anularon la compra pero se les siguió cobrando etc.

El juez determinó finalmente que DG Medios cometió infracción a la Ley del Consumidor al no respetar las condiciones convenidas con los consumidores y no entregar un servicio de calidad causándoles menoscabo. Por ello se condenó a la empresa al pago de una multa de $300 mil.

Este fallo es importante pues confirma una vez más que las empresas deben cumplir lo que acuerdan con los consumidores entregando un servicio de calidad, así como tienen que responder cuando cometen negligencias.

Suspensión del show

El año pasado el cantante Luciano Pavarotti tuvo que suspender dos veces su visita a Chile por problemas de salud. A la decepción de los seguidores por no ver al artista, se sumó la molestia por la no devolución del precio total de las entradas descontándose el “cargo por servicio”, es decir, unos $2.400.

Una de las afectadas acudió a Sernac, organismo que tras una mediación desfavorable, denunció a la empresa a la Justicia por considerar que se estaban atropellando sus derechos.

El juez consideró que quien tenía que responder frente los consumidores ante la suspensión del concierto era la productora Fénix. Como tal, le correspondía devolver el total del precio pagado, incluyendo el “cargo por servicio” ya que el consumidor no tuvo opción de no pagar ese cobro adicional porque las entradas sólo se vendían a través del sistema Ticketmaster.

Por lo tanto, la empresa cometió una infracción a la Ley del Consumidor debiendo pagar una multa de 5 UTM (más de $160 mil).

Este fallo, deja claro que el cobro del “cargo por servicio”, supone que exista la posibilidad de adquirir las entradas sin dicho cargo. Si esa opción no existe, entonces no corresponde un cobro adicional al precio de la entrada.

Este fallo confirma una vez más que reclamar sirve y que cuando usted asiste a un show para escuchar a su artista favorito o bailar con la banda de moda, también tiene derechos. Entre ellos, que si las condiciones del evento no fueron las adecuadas o el espectáculo se suspende, se devuelva íntegramente lo pagado.

El consumidor debe exigir el reembolso del dinero de la entrada en el mismo lugar y en iguales condiciones de dónde y cómo la compró, sin más trámites que los similares por los cuales obtuvo el ticket.

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