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Sepa si es beneficiario de algún seguro

sábado, 24 de septiembre de 2016


Línea Directa Comunidad
El Mercurio

Al fallecer un familiar surgen gastos y hay que poner las cuentas al día. A veces se recibe un dinero extra que alivia, en parte, este difícil momento.



Además de la penosa tarea de los trámites de sepultación, cuando muere un familiar viene una serie de diligencias legales. Junto con solicitar el certificado de defunción y de gestionar la posesión efectiva para disponer de su patrimonio, hay que poner en orden los asuntos financieros del difunto para los cuales la familia no siempre está preparada. Tras su partida, a veces este deja deudas, pero en otras ocasiones tenía contratados seguros que pueden aliviar los gastos.

Es el caso del seguro de desgravamen, que se contrata cada vez que se pide un crédito. La respectiva institución lo exige, pues al producirse el siniestro, este cubre la deuda que quedaba pendiente. Lo mismo aplica a las tarjetas de crédito de multitiendas, lo que es una tranquilidad para los familiares.

Una vez producido el siniestro, debe darse aviso a la aseguradora, en forma directa o a través del corredor de la póliza. Cuando el acreedor es una entidad bancaria o financiera es ella la que realiza los trámites. Si el beneficiario es un familiar, además de efectuar la denuncia tiene que presentar el certificado de defunción y el de nacimiento del deudor asegurado.

Como informan en la Superintendencia de Valores y Seguros (www.svs.cl), esta cobertura tiene exclusiones, como los casos de suicidio en el primer año de vigencia de la póliza; si la muerte se produjo a consecuencia de una enfermedad preexistente (que no fue informada al hacer la declaración de salud), y si el asegurado participó en una guerra internacional, civil, motín o conmoción contra el orden público.

Por si tiene dudas y no sabe si su familiar estaba asegurado, en la página web de la SVS es posible consultar si el fallecido tenía contratada alguna póliza. Esta operación solo la puede realizar el o la cónyuge, los padres o los hijos del difunto.

Como la SVS no dispone de registros de los seguros contratados, la información es solicitada a las aseguradoras, siendo de su responsabilidad los antecedentes que se entreguen.

Para hacer el trámite en línea hay que presentar una fotocopia de la cédula de identidad del familiar fallecido y su certificado de defunción. Si quien pregunta es el o la cónyuge se exige el certificado de matrimonio. Si es hijo o uno de los padres, piden el de nacimiento. Además, un poder o mandato ante notario si se actúa en representación de otra persona. El plazo de respuesta es de 30 días.

Proteger a la familia

Algunas personas toman la precaución de contratar un seguro de vida para proteger la estabilidad financiera de la familia. Este otorga una indemnización a los beneficiarios en caso de fallecimiento del asegurado, por una causa cubierta en la póliza.

Según precisa Jorge Claude, vicepresidente ejecutivo de la Asociación de Aseguradores de Chile (AACh), se puede contratar en forma individual o colectiva. Los de "vida entera", son hasta la muerte del asegurado y pueden contener un componente de ahorro, en cuyo caso estos fondos se pueden rescatar si surge una necesidad.

Precisa que los beneficiarios son los designados en la póliza por la persona que lo contrata (familiares, sus socios, sus acreedores, etc.). Si no quedó estipulado, serán los herederos legales del asegurado.

Generalmente se requiere una declaración de salud antes de incorporarse a la póliza y se pueden establecer edades máximas para tomarla y para darle cobertura. Claude advierte que es importante que el contratante se fije en las carencias estipuladas en el documento, sus características y si todas las condiciones se ajustan a sus necesidades.

Por lo general hay exclusiones de cobertura como si participa en actividades o deportes riesgosos, manejo de explosivos, trabajos en altura, etc., aunque es posible acceder a estos instrumentos por una prima específica. Lo mismo puede pasar con las enfermedades y condiciones de salud preexistentes.

El suicidio antes de un determinado plazo, la pena de muerte o participación del asegurado en algún delito, guerra o actos terroristas, también se exceptúan.

En opinión de Claude, para determinar qué tipo de seguro de vida es conveniente contratar, se deben analizar las necesidades específicas; por ejemplo, cómo debería quedar resguardada la familia en caso de fallecimiento del generador de ingresos. También se puede dar el caso que aquellas personas que encabezan negocios o empresas quieran preservar su funcionamiento, si les sucede algo.

¿Cuántos?
En la AACh informan que en 2015 hubo 10.989.309 (personas) de seguros de vida en diferentes modalidades, y al primer semestre de 2016, sumaban 11.667.346.

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