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Habla jefe jurídico del Servicio Nacional de Menores, Jorge Lavanderos:

Crean "protocolo de muerte" para los menores que están en el sistema de protección del Sename

domingo, 24 de julio de 2016

Lilian Olivares
Nacional
El Mercurio

Hasta el 23 de junio no existía en el servicio un reglamento explícito sobre los pasos que se debían seguir ante la muerte de un menor. Después del caso Lisette hay un detallado protocolo, que incluye denunciar el hecho ante el Ministerio Público y abrir una carpeta con todos los detalles del fallecimiento... lo que no se realizó con los casi dos centenares muertes en los últimos 10 años.



Un simple número. A eso quedaron reducidos en un oficio a la Cámara de Diputados los 185 niños que murieron en los últimos 10 años en centros del sistema de protección del Sename.

Lo demuestra el oficio que recibió el diputado René Saffirio cuando, en uso de sus facultades fiscalizadoras, pidió al Ministerio de Justicia la nómina de los menores fallecidos durante la última década en centros vinculados al Sename. Consultó nombres, fechas, causa de muertes y dónde se produjeron.

Para resguardar a los chicos, no le mandaron las identidades; pero tampoco la causa del fallecimiento ni el lugar donde ocurrió. Solo números: 15 en el 2006, 19 en el 2009, 16 en el 2011, por mencionar los años en los que el Sename tuvo más víctimas fatales.

Todo cambió con Lisette, la niña de 11 años que falleció el lunes 11 de abril en el hogar Galvarino de Estación Central, por un paro respiratorio, cuya causa aún no ha sido precisada.

Ella es uno de los 185 números de la lista oficial firmada por el Ministerio de Justicia.

La diferencia, en el caso de Lisette, fue que se hizo público y así pasó a ser alguien, después de fallecida, para la sociedad.

El remezón movió cimientos. Fue así como, a consecuencia del impacto que provocó su caso, el Sename hizo por primera vez un protocolo de muerte.

Las circulares del maltrato

"El servicio siempre ha tenido la obligación de denunciar, junto a los colaboradores acreditados del Sename que reciben subvención del Estado, de acuerdo a la Ley 20.032. Siempre hemos estado obligados a denunciar, toda vez que han existido sucesivas regulaciones por parte del servicio: normativas precisas y claras de denunciar hechos constitutivos de delitos o que pudieren serlo".

Lo dice y remarca el jefe del Departamento Jurídico del Sename, Jorge Lavanderos. Indica que prueba de ello son las circulares 2.308 y 2.309, ambas un espejo de la otra, pero referidas una a las fundaciones y familias de acogida de los niños en el sistema de protección del Servicio y la segunda específicamente a las residencias del Sename. Esto tiene una implicancia, porque las residencias del servicio se acogen al estatuto administrativo y, por ende, si se detecta alguna irregularidad, se persigue la responsabilidad funcionaria, además de las implicancias en la justicia.

Pero denunciar, ¿qué?

La circular 2.308 se dictó el 21 de octubre de 2013: "Informa procedimientos que se deben utilizar ante hechos eventualmente constitutivos de delito o maltrato físico o psicológico en contra de los niños, niñas o adolescentes bajo el cuidado o atendidos por instituciones coadyuvantes o colaboradores acreditados de Sename". La 2.309, de la misma fecha, indica lo mismo, pero para los menores bajo el cuidado de Centros de Administración Directa del Sename.

-Pero ahí no se refiere a muertes de niños en el Sename.

-Establecen el deber de denuncia en el marco de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, donde el fallecimiento constituye una circunstancia de tal envergadura que debe ser descartada cualquier posibilidad de existencia de un delito. Ello es consecuencia del deber de garante que se ha establecido a través de este tratado internacional ratificado por Chile en 1990.

Sin embargo, los textos ni siquiera mencionan la palabra "muerte". Hablan de "maltrato", ahí definido como "toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, que afecte a un niño, niña o adolescente, independiente de quién sea la persona a quien se le pueda atribuir".

Dichas circulares (la 2.308 y la 2.309) detallan un procedimiento que se aplicará "siempre que ocurran hechos eventualmente constitutivos de delito o maltrato físico o psicológico en contra de menores que se encuentren bajo el cuidado o atendidos por instituciones coadyuvantes del Sename".

Esas normas incorporaron un procedimiento que hasta el año 2013 no existía en el Sename: la Ficha Única de Seguimiento de Casos, que se debiera usar para reportar esos hechos que pudieren revestir carácter de delito. La primera medida, indica la circular, es denunciar el hecho a la autoridad competente en materia criminal y si no lo estima constitutivo de delito, debe informar al director de la residencia y al director regional mediante la Ficha Única, la que, además de reportar, sirve para hacer seguimiento a los casos.

El "protocolo Lisette"

La muerte de Lisette consiguió por primera vez un protocolo explícito de lo que se debe hacer ante el deceso de un menor en un establecimiento vinculado al Sename; es lo que establece el oficio circular número 04 del 23 de junio, que lleva la firma del ex director Hugo Herrera Andreucci.

"Aun cuando ya existía la obligación de denunciar, quisimos ser más explícitos", dice Jorge Lavanderos, refiriéndose a este oficio.

No obstante, la circular 04 marca un punto de inflexión en el Sename, puesto que dicho oficio imparte instrucciones precisas en caso de fallecimiento de niños, niñas o adolescentes atendidos por el servicio y sus colaboradores acreditados, sin limitarlo únicamente a decesos que puedan constituir delito (ver dato clave).

Los centros coadyuvantes deben ingresar a Senainfo el registro de atenciones de salud o las fichas clínicas del menor fallecido; las recetas médicas; el registro de situaciones de conflicto o actas de comités de disciplina según proceda; el registro de permisos especiales del niño con adultos familiares u otros permisos legales; el oficio del fallecimiento al tribunal correspondiente, a la Defensoría y al Ministerio Público; la copia de la denuncia ante la fiscalía, y la indicación de si se ha iniciado un procedimiento disciplinario o si se ha dispuesto investigación y medidas disciplinarias.

"Tenemos que sumar los fallecidos"

Ninguno de estos procedimientos estaba detallado de este modo, hasta después de que murió Lisette.

Lo que quedaba del fallecido era un "egreso administrativo".

-¿No hay un registro único de todos los fallecidos en el sistema?

-Nosotros podemos sacar el listado de las muertes ocurridos en fundaciones y corporaciones desde el Senainfo; no así para nuestra administración pública, que tiene otro sistema de información, que lo sistematizan los departamentos de Protección y Restitución de Derechos y el Departamento de Justicia Juvenil. Tenemos que sumar los fallecidos de nuestros centros y de los que están en el Senainfo. Son dos bases de datos distintas.

Acota:

-Nosotros, como servicio, no tenemos la obligación de consignar la causa de muerte, porque eso depende de otro servicio que recibe esta información de parte de las policías, de los tribunales, que es el Registro Civil. Por lo tanto, cuando nos dan causa de muerte, se solicita oficiar al Servicio de Registro Civil, que tiene la información del certificado que emite el médico que constata la muerte o que hace la autopsia. ¿Cómo podríamos hacerlo nosotros, si no somos médicos?

-Pero sería conveniente que manejaran esos datos, para saber por qué están muriendo los niños protegidos por el Sename...

-Sin duda, pero en lo que a nosotros respecta, cualquier hecho que revista ese carácter lo analizamos en profundidad en el ámbito regional, caso a caso.

88.400
menores participan
en uno o más proyectos de protección y restitución de derechos del Sename, ya sea en forma ambulatoria o en programas residenciales. De ellos, 8.383 están en residencias del Servicio: 1.061 en centros de administración directa y 7.322 en instituciones colaboradoras.

52.350
chicos participan en los proyectos
ambulatorios. De ellos, 4.209 están en familias de acogida.

1.100
proyectos administra el Sename,
donde trabajan entre 10 mil y 11 mil profesionales y técnicos.

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