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TC acoge el requerimiento de la Alianza en subcontratación

martes, 22 de agosto de 2006

L. CASTAÑEDA y P. GONZÁLEZ
Economía y Negocios, El Mercurio

Fallo eliminó nuevo concepto de empresa, que obligaba a las sociedades relacionadas a asumir responsabilidades laborales de manera subsidiaria. La polémica norma había sido aprobada por parlamentarios oficialistas.

Como una "aplastante derrota" para el Partido Socialista, que arrastró también a la Concertación, calificó el senador Andrés Allamand (RN) el fallo del Tribunal Constitucional que por 9 votos contra cero declaró la inconstitucionalidad del nuevo concepto de empresa que buscó introducir este sector político a través del proyecto de subcontratación.

Allamand, quien alegó ante el tribunal en representación de los recurrentes, dijo que el PS cometió un grave error legislativo, jurídico y político, de intentar eliminar la individualidad legal de las empresas y "arrastró a la Concertación, y al propio Gobierno, a un significativo fracaso".

El requerimiento de inconstitucionalidad fue presentado el 13 de julio por un grupo de quince senadores de la Alianza. El tribunal acogió ayer el requerimiento de los parlamentarios por un vicio formal, ya que modificar normas sobre seguridad social es una cuestión de iniciativa exclusiva del Presidente.

Reacciones
LUIS SCHMIDT, SNA

"El Tribunal Constitucional ha puesto la cordura y fue categórico hacia un proyecto que tuvo un buen inicio con un buen objetivo, pero terminó muy mal".

ARTURO LYON, Asimet

"Muy buena noticia que se mantenga el concepto de empresa y que no tengamos una dualidad. No era conveniente que se realizara esta modificación por un tema de interpretación".

HANS EBEN, Director empresas

"La resolución es una excelente noticia. Haber cambiado la definición de empresa hubiese significado consecuencias adversas a la contratación y confusión".

PEDRO CORONA, CNC

"Me parece bueno que se mantenga un solo concepto de empresa y que el Tribunal Constitucional lo haya ratificado tan categóricamente. Las confusiones siempre son malas".

GONZALO ROJAS, Holding Bethia

"Encuentro extraordinariamente positivo el fallo del TC respecto del concepto de empresa. Es algo positivo para la inversión y para el empleo".

ANÍBAL ARIZTÍA, Viñas de Chile

"Estoy de acuerdo. Con esta aclaración quedaríamos saldados. En la medida que haya un concepto de empresa difuso en que pueda negociarse por grupo habría generado confusión".



La norma no estaba considerada originalmente y se introdujo como indicación parlamentaria en pleno fragor de la campaña electoral presidencial, cuando el proyecto de subcontratación estaba en segundo trámite constitucional.

Satisfacción oficialista

El ex senador José Antonio Viera-Gallo, quien alegó ante el TC en representación del Gobierno, dijo que a pesar de haber sido acogido el requerimiento él se daba por ampliamente satisfecho, porque el Tribunal sólo se amparó en una razón de carácter formal y no entró al fondo del asunto.

Pese al fallo adverso, el ministro del Trabajo, Osvaldo Andrade, está convencido que esto no dañará el sentido de la ley sobre subcontratación y empresas de servicios transitorios, porque otros articulados en la misma ley castigan las conductas fraudulentas que el artículo 183 ter. intentaba prevenir.

Previo a conocerse el contenido del fallo, en la mañana el presidente de la Comisión de Trabajo del Senado, Juan Pablo Letelier, adelantó que sin perjuicio del pronunciamiento del Tribunal Constitucional, van a avanzar en proponer un cambio global al artículo 3º del Código del Trabajo para una nueva definición de empresa. Explicó que esto no lo podían hacer en el otro proyecto de ley porque estaba acotado sólo al capítulo sobre subcontratación.

Letelier sostuvo que el fallo "demuestra que la derecha y la UDI están en contra de los trabajadores, porque quisieron mostrarse a favor del proyecto de subcontratación pero recurrieron para echarlo abajo. Allamand y Longueira no quieren que frente a una empresa grande, con grandes capitales, haya trabajadores organizados, los quieren divididos", enfatizó.

Según Allamand, la intención de Letelier es una "completa majadería" ya que intentar quitarle la individualidad jurídica a las empresas es inconstitucional no sólo en la forma, sino también en el fondo.

"El senador Letelier demuestra cabalmente que el hombre es el único animal capaz de tropezar dos veces con la misma piedra. Él equivoca su blanco, formula acusaciones y descalificaciones y no absorbe la dimensión de su derrota jurídica y legislativa", comentó. Allamand consideró insólito que "el PS no advierta su despropósito y contribuya a seguir sumándole derrotas a la DC, a la Concertación y al gobierno de la Presidenta Bachelet".

El abogado laboralista Alvaro Pizarro no le ve futuro a otra acción del PS.

Historia de la batalla legislativa

La ley de Subcontrataciones, que dormía el sueño de los justos en el Congreso en mayo de 2002, fue reactivada en enero pasado tras el debate entre Sebastián Piñera y Michelle Bachelet, donde el candidato opositor instó al ex Presidente Ricardo Lagos a darle urgencia a esta ley que tenía congelada.

Lagos le tomó la palabra a Piñera y le dio suma urgencia al proyecto, logrando que la Cámara lo despachara en cinco días.

Sin embargo, al llegar al Senado, el Gobierno optó por quitarle la urgencia ante las críticas surgidas por las modificaciones introducidas por los diputados.

La discusión se detuvo hasta marzo, cuando el PS presionó por su despacho sin modificaciones. RN y la UDI se negaron, generando dudas de senadores DC como Eduardo Frei, Hosaín Sabag y Adolfo Zaldívar. El debate se centró en si se debía llamar a una comisión mixta o acudir a un veto presidencial.

Incluso se especuló entre una disputa entre los ministros Osvaldo Andrade y Andrés Velasco.

Las diferencias las cortó la Presidenta Bachelet, que favoreció la fórmula del veto y el proyecto se aprobó el 17 de mayo.

Los senadores Andrés Allamand (RN) y Pablo Longueira (UDI) anunciaron que recurrirían al TC cuando fuera aprobado el veto. El 13 de julio la oposición presentó el anunciado requerimiento.

Los efectos que se preveían

Expertos laboralistas aseguran que la calificación de empresa podría haberse hecho sin sujeción a su constitución legal.

Tanto para los efectos de la subcontratación como del suministro de personal se había introducido una nueva definición de empresa, que eliminaba que ésta tuviera una individualidad legal determinada.

El artículo 3º del Código del Trabajo señala que "para los efectos de la legislación laboral y de seguridad social, se entiende por empresa toda organización de medios personales, materiales e inmateriales, ordenados bajo una dirección, para el logro de fines económicos, sociales, culturales o benéficos, dotada de una individualidad legal determinada".

El artículo 183 ter. del proyecto de subcontratación aprobado en el Congreso eliminaba las últimas seis palabras.

Eliminar del concepto el que la empresa tenga "identidad legal determinada" conducía a que la calificación de empresa podría hacerse sin sujeción a la constitución legal de ella, pudiendo ser considerada como empresa, por ejemplo, un grupo de sociedades o un holding.

El temor normal que suscitaba es que con ello lograba el mismo efecto de la responsabilidad solidaria, ya que cualquier empresa respondería por otra, y, como declaró el abogado de Ernst & Young, Mauricio Peñaloza, durante la discusión de la normativa, se abría la puerta para usar la definición para otros efectos, como obligar a negociar colectivamente a más de una empresa en un mismo proceso de negociación.

Para el abogado Álvaro Pizarro, el tema es que por la vía de modificar una ley, en el fondo se estaba modificando la Constitución, porque cuando la Carta Fundamental se refiere a una empresa y se está refiriendo a un concepto, si se modifica ese concepto, se le da un alcance distinto y se modifica la Constitución por la vía de una ley. Además, cuando una ley afecta la seguridad social tiene que ser iniciativa del Ejecutivo.











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