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Preguntas Claves: Los tipos de dólar que hay en Chile

lunes, 19 de diciembre de 2005


Economía y Negocios, El Mercurio

¿Sabe para qué sirve cada uno de ellos? Acá van las respuestas.

Dólar observado: Es un promedio de las transacciones realizadas el día anterior entre bancos y empresas. El Banco Central obtiene su información de las planillas de cambios internacionales que recibe diariamente (las operaciones entre bancos están excluidas).

Este tipo de dólar sirve como referencia para darse una idea de dónde está el valor promedio del dólar con respecto a otra fecha. Asimismo, le sirve a cualquiera que tenga que pagar algún crédito u obligación reajustable en moneda extranjera o bien quiere saber el valor del dólar aduanero de fin de mes (el dólar aduanero es el observado del penúltimo día hábil del mes).

Dólar interbancario: Es el valor de la paridad fruto de las transacciones diarias entre bancos, ya sea en operaciones realizadas telefónicamente o mediante sistemas electrónicos (OTC y Datatec).

El horario oficial es entre 10:00 y 13:00 horas, pero los operadores transan desde las 8:30 horas hasta las 14:00 horas, aunque se pueden cerrar operaciones fuera de este horario.

Este dólar es el que la gente utiliza para sus operaciones cotidianas, como cuando compra dólares en una casa de cambio para viajar.

Dólar acuerdo: Se calcula diariamente en base a una "Canasta Referencial de Monedas" (CRM), compuesta en un 80% por dólares de los Estados Unidos, 15% de euros y 5% de yenes japoneses. A partir del valor diario que tenga la CRM, el Banco Central de Chile calculará el valor del "dólar acuerdo" para cada uno de los días.

El dólar acuerdo se utilizaba como referencia para calcular los valores mínimos y máximos que determinaban la ya eliminada banda cambiaria.

También sirvió como paridad para la emisión de algunos bonos de tesorería.

Hoy el dólar acuerdo sólo tiene un valor meramente referencial para el mercado.

Dólar "informal": Es el dólar que se transa fuera del Mercado Cambiario Formal (por definición, el MCF son los bancos, más cualquier persona natural o jurídica que lo solicite y el Banco Central lo apruebe). Pueden solicitarlo corredoras o agentes de valores, por instituciones no pertenecientes a éste, y estas operaciones no se informan individualmente al Banco Central.

El valor del dólar "informal" no tiene una paridad distinta al dólar interbancario.

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