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Preguntas sobre el Fallo de La Haya

viernes, 09 de octubre de 2015


Opinión
El Mercurio




Señor Director:

Tras el fallo de la Corte Internacional de Justicia en el diferendo con Bolivia, y como viejo profesor de Derecho Internacional Público, creo que una responsabilidad intelectual mínima me obligaría, antes de cualquier actuación en el tema, a solicitar Informes en Derecho de juristas del más alto prestigio internacional sobre las siguientes materias:

1. Si es jurídicamente posible que las negociaciones directas realizadas por un Estado en uso de sus facultades exclusivas y soberanas, por medio de representantes que no tienen la facultad de obligar al Estado por sí solos, conforme a las normas de Derecho Internacional y el Derecho Interno, y en las que no se ha logrado llegar a un acuerdo de las partes, puedan transformar la facultad soberana del Estado de negociar directamente en una obligación de negociar.

2. Si es jurídicamente posible que, en el caso de negociaciones que involucran la celebración o modificación de tratados solemnes y en las que no ha habido acuerdo, las proposiciones formuladas por los negociadores del Estado, que no tienen la plena representación de él ni las facultades de celebrar o modificar tratados solemnes en su representación, puedan generar para el Estado la obligación de celebrar un tratado solemne que acoja las exigencias de su contraparte.

3. Si la Corte Internacional de Justicia, que es un tribunal que debe fallar estrictamente de acuerdo con las normas del Derecho Internacional vigente, puede generar nuevas normas de Derecho Internacional o modificar el sentido de las normas vigentes, fundado en los conceptos de cambios en las relaciones internacionales, solidaridad internacional, evolución del Derecho Internacional u otros argumentos similares.

4. En el caso de que la respuesta en uno o más de los puntos anteriores fuere negativa, si la Corte Internacional de Justicia incurriría en el vicio de exceso de poder al fallar en contra de dichas conclusiones y, en consecuencia, su sentencia sería nula.

Crisólogo Bustos Valderrama

Profesor de Derecho Internacional

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