IMPUESTOS Y FRANQUICIAS TRIBUTARIAS

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Para comenzar a concretar en proceso de exportación usted deberá iniciar actividades como exportador.

Si usted ya tiene iniciación de actividades deberá realizar una ampliación de giro, y en el caso de no tener, deberá hacerlo como exportador en el Servicio de Impuestos Internos (SII),
a través del formulario 4415.

Con el inicio de actividades está en condiciones de obtener sus facturas de exportación debidamente timbradas por el SII.

Tenga en cuenta que el SII establece que para iniciar actividades el contribuyente no requiere estar inscrito en ningún registro de exportadores de ninguna institución.

Aspectos propios de este tipo de contribuyente
El exportador tributa en Primera Categoría, en base a rentas efectivas y presuntas. En esta actividad se pueden encontrar contribuyentes grandes y pequeños, que venden sus productos en el mercado internacional y en el interno.

Los distintos tipos de exportaciones pueden ser calificadas como de bienes, de servicios de exportación calificados por Aduanas, de servicio de transporte internacional de carga y pasajeros por vía marítima o vía aérea, de servicio de transporte internacional de carga terrestre, de servicio hotelero prestado a personas sin domicilio ni residencia en Chile, etc.

¿Qué declaraciones de impuestos debo
hacer como exportador?

Los contribuyentes deben tener presente las siguientes declaraciones de impuestos, que deberán presentar en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias:

- IVA, PPM y retenciones
- Declarar en Formulario 50
- Declarar Renta

Terminos