RIESGO CAMBIARIO ¿CÓMO ME PROTEJO?

Foto El riesgo cambiario es la variación que puede sufrir el valor de la divisa entre la fecha en que se asume un compromiso de pagar una deuda en el extranjero (en el caso del importador) o de recibir ingresos del extranjero (en el caso del exportador).

Para protegerse de esa variación del valor del tipo de cambio, la alternativa más utilizada es el forward, una cobertura de riesgo cambiario que otorgan los bancos de manera gratuita. El forward consiste en que el exportador puede acordar con un banco venderle las divisas que recibirá de una operación de exportación en una fecha determinada y con un tipo de cambio fijo.

Por ejemplo, un exportador puede establecer con su importador que la fecha de pago por las mercancías vendidas será en 90 días más. El exportador puede acercarse a un banco y acordar vender sus divisas en 90 días más, estableciendo un tipo de cambio fijo. De esta forma se protege de las variaciones que la divisa pueda sufrir durante ese período.

La única restricción que establecen los bancos es un monto mínimo de divisas para realizar el forward, que en general asciende a los US$ 50 mil, pero que en algunas entidades llega a US$ 20 mil. Tenga en cuenta que el forward puede ser utilizado tanto por exportadores como importadores. En el caso de estos últimos, el banco les vende dólares a un tipo de cambio acordado.

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