Denuncia por la presunta comisión del delito de Alteración Ilícita del Ambiente. Interpuesta el 19 de Marzo de 2001, por Alex Gonzáles Castillo, en representación del Instituto de Investigaciones Ecológicas Alternativa Verde, ante la 42° Fiscalía Provincial Penal de Lima por el delito de Alteración Ilícita del Ambiente, contra Gonzalo Menéndez Duque.

Se declaró nulo todo el proceso debido a que no se contaba con el informe ambiental que exige la ley para acreditar la lesión del bien jurídico protegido.

La Décimo Cuarta Fiscalía Provincial Penal de Lima siguió investigando los hechos denunciados y mediante resolución del 24 de junio de 2003, resolvió rechazar la denuncia por el delito imputado, en tanto la acción penal se encontraba prescrita. Como no había impugnación pendiente, se gestionó su archivo inmediato y de esta manera, el caso concluyó.

Denuncia por la presunta comisión del delito de Contaminación del ambiente. Carlos Antonio Franco Pacheco interpuso una denuncia por la presunta comisión del delito de contaminación del ambiente, en contra de Andrónico Luksic Craig, Fernando Pacheco Novoa y Gonzalo Menéndez Duque, directivos de la empresa Lucchetti Perú S. A.; así como contra los que resulten responsables, ante la Trigésima Fiscalía Provincial Penal de Lima.

Existió una investigación en la Policía Ecológica que concluyó con la elaboración de un parte policial, que descartó cualquier tipo de contaminación ambiental, debido a que se comprobó que las autoridades competentes, INRENA y MITINCI nunca constataron infracciones, incumplimientos o cualquier actividad que infringiera la normativa ambiental establecida en la ley. La entidad verificó que la empresa Lucchetti trabajaba conforme a ley y respetando el ambiente.

El 2 de setiembre de 2003, la Trigésima Fiscalía Provincial Penal resolvió no formalizar la denuncia penal contra Fernando Pacheco Novoa, Andrónico Luksic Craig y Gonzalo Menéndez Duque, por el delito contra el ambiente.

Frente a este hecho, el denunciante Franco Pacheco, interpuso una Queja de Derecho ante la Segunda Fiscalía Superior Especializada en lo Penal de Lima, la que dispuso el 28 de Marzo de 2003 ampliar las investigaciones preliminares para solicitar a las autoridades competentes informes actualizados respecto del impacto de la empresa al medio ambiente. Esto ocasionó una reacción inmediata contra el Fiscal Superior, el que había emitido una resolución contraria a ley, por lo que la defensa interpuso una queja por inconducta funcional y la denuncia penal correspondiente.

Esta queja y denuncia abrieron paso a una discusión jurídica que permitió archivar el caso ya que el Ministerio resolvió no formalizar la denuncia penal por el delito imputado. Se acreditó la inexistencia de lesión alguna al medio ambiente.

Denuncias por Cohecho Activo, Asociación Ilícita para delinquir y Falsedad Genérica

Las denuncias fueron interpuestas por Carlos Antonio Franco Pacheco, en marzo de 2003, como coordinador del Foro Ecológico- Región Lima, contra Andrónico Luksic Craig, Fernando Pacheco Novoa, Gonzalo Menéndez Duque y otros, por los delitos de Asociación Ilícita para Delinquir, Corrupción Activa de Funcionarios y Falsedad Genérica, ante la Tercera Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios.

La Tercera Fiscalía resolvió el 21 de Julio de 2003 no formular la denuncia penal, disponiendo el archivo definitivo de todos los tipos penales denunciados. Esta resolución no fue impugnada en el plazo establecido por la ley, quedando consentida.

Denuncia ampliatoria por el delito de Cohecho Activo. Pese a lo resuelto por la Tercera Fiscalía Anticorrupción, el Ministerio Público interpuso una denuncia ampliatoria contra Andrónico Luksic Craig, Fernando Pacheco Novoa y Gonzalo Menéndez Duque, por la presunta comisión del delito de Cohecho Activo; la que se ventiló ante el Segundo Juzgado Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios.

Esta denuncia penal atribuyó a Andrónico Luksic Craig, Fernando Pacheco Novoa y a Gonzalo Menéndez Duque la condición de instigadores del delito contra la Administración Pública - Cohecho Activo, en agravio del Estado.

Al respecto, la ex señora Jueza del Segundo Juzgado Penal Especial, Dra. Jimena Cayo Rivera resolvió no acceder a la ampliación del auto apertorio de instrucción contra Menéndez, Luksic y Pacheco. No obstante, esta resolución fue apelada por el Ministerio Público.

A pesar de la apelación, la Sala Penal Especial resolvió no aceptar la ampliación del auto de apertura de instrucción contra los denunciados, por el delito de cohecho activo; quedando consentida dicha resolución y archivada definitivamente dicha denuncia.

Denuncia ampliatoria por el delito de Asociación Ilícita para Delinquir. La Procuraduría, a través del Procurador adjunto César Pantoja, interpuso una nueva denuncia penal ampliatoria ante el Segundo Juzgado Penal Especial. El Ministerio Público resolvió no formalizar la denuncia penal contra Andrónico Luksic, Fernando Pacheco y Gonzalo Menéndez, por el delito de Asociación Ilícita para delinquir. Frente a este hecho, la Procuraduría interpuso una Queja de Derecho, la que fue desestimada, archivándose definitivamente la denuncia.

Investigación en el Congreso de la República. En el marco de las diligencias de la Comisión Investigadora de la Gestión del ex presidente Alberto Fujimori, en el período 1990-2000, se analizó todo lo actuado en relación a la empresa Lucchetti Perú S.A., siendo uno de los puntos evaluados las donaciones de ollas que efectuó la empresa a favor de la Alianza Electoral Perú 2000, por un monto ascendente a US$ 213.000. Esta investigación concluyó desestimando cualquiera posibilidad de denuncia penal formulada por el Congreso de la República.

Investigación por la donación de ollas realizada en el Ministerio Público. El Ministerio Público investigó la donación de ollas elaborada por la empresa Lucchetti Perú al partido Alianza Electoral Perú 2000. Esta investigación fue archivada definitivamente por la Policía y la Fiscalía.

Investigación sobre el RUC sensible en el Ministerio Público. La Cuarta Fiscalía hizo una denuncia en contra de la empresa Lucchetti, por los delitos por corrupción de Funcionarios, en la que se imputaba a la empresa el haber sido favorecida con el no cobro de algunos impuestos, al habérsele clasificado con una categoría que no le correspondía; se señalaba que Montesinos habría intervenido en el hecho. Esta investigación fue archivada por la Policía y la Fiscalía.

Actual proceso penal por el delito de Tráfico de Influencias. Este proceso se encuentra actualmente a cargo de la Primera Sala Penal Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios.

La defensa logró declarar fundada en primera instancia la Excepción de Naturaleza de Acción deducida por el señor Luksic, la que fue revocada por la Sala Penal. Se presentó un recurso impugnatorio, consiguiendo un voto a favor en la Corte Suprema.

La Sala Suprema desestimó la Excepción de Prescripción deducida por la defensa del señor Luksic, por un problema de forma y no por carecer de fundamentos jurídicos, y que son materia del Habeas Corpus presentado por la defensa.