¿Quiénes cuentan con una propuesta de Declaración de Renta por Internet?

La propuesta de Declaración de Renta está disponible para aproximadamente un millón de personas naturales, que tienen una estructura de ingresos simple y que son contribuyentes de Segunda Categoría (gravamen mensual de carácter progresivo que debe pagar si es un trabajador dependiente).

Al entregar una propuesta de Declaración de Renta, es el contribuyente quien debe revisarla y comprobar que los datos entregados por los agentes retenedores y/o informantes acerca de sus rentas sean los correctos y aprobar dicha propuesta, siempre y cuando exista veracidad y se encuentre completa. De lo contrario, deberá corregirla.

Esto puede hacerse de manera electrónica — en “Corregir y rectificar declaración”, en el menú de Renta del sitio web del SII — o bien dirigiéndose personalmente a la unidad correspondiente que el SII le haya notificado a través de una carta para tal efecto.

En el sistema de autodeclaración, la responsabilidad sobre el contenido, exactitud, integridad y rectitud de la Declaración de Impuestos sobre la Renta será siempre del contribuyente.

Esta propuesta de declaración no estará disponible para las personas que tienen participaciones en Sociedades con Renta Presunta o que llevan contabilidad, así como tampoco para quienes están en otras situaciones especiales para las cuales no basta con la información que está disponible en el SII.

En el sitio web del SII, menú Renta, opción Declarar utilizando propuesta, se podrá acceder a la información de los ingresos, agentes retenedores y otros datos que se usan para elaborarla.

¿Cuáles son los plazos para las devoluciones por Internet?
En el caso que la Declaración resulte con saldo positivo, y por lo tanto, corresponda devolución, los plazos para percibirlas dependen de la fecha en que se realizó la Declaración.

Si la presentación se efectuó entre el 1 y 16 de abril, corresponde recibir la devolución el 13 de mayo. Si se hizo entre el 17 y 28 de abril, se percibe el 20 de mayo, en tanto que el 30 de mayo es la fecha determinada para recibir las devoluciones de las declaraciones presentadas entre el 29 de abril y el 9 de mayo.

¿Qué debe hacer un contribuyente si no cuenta con una propuesta de Declaración de Renta?
Si un contribuyente no cuenta con una propuesta de Declaración de Renta, deberá declarar por Internet a través de alguna de las dos opciones existentes en el sitio web del SII: Formulario Electrónico en pantalla o Enviar el archivo generado por un software adquirido externamente y autorizado por el Servicio de Impuestos Internos.

Para la realización de estas operaciones a través del sitio web del SII es necesario contar previamente con una Clave Secreta.

¿Existe algún impuesto del que se pueda rebajar el pago de contribuciones?
El Impuesto de Primera Categoría efectivamente permite rebajar el pago de contribuciones. Tienen derecho a este beneficio los siguientes contribuyentes, según lo establecido en el artículo 20, N° 1, de la Ley sobre Impuesto a la Renta (http://www.sii.cl/jurisprudencia/legislacion/basica/dl824.doc):

• Propietarios o usufructuarios de bienes raíces agrícolas;
• Propietarios de bienes raíces no agrícolas, entregados en arrendamiento;
• Propietarios de bienes raíces adquiridos o construidos por empresas inmobiliarias o constructoras para destinarlo a su venta.

Puede obtenerse mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Renta, opción Información y Ayuda (https://alerce.sii.cl/REN2004/infor2000.html).

 

Suplemento "Operación Renta 2006" en formato PDF

Fuente: Guía Práctica "Mis Finanzas Personales"; www.sii.cl