En qué fijarse: Novedades 2006

A partir de este año (2006), el SII incorporó una importante novedad en lo que ha la declaración de impuestos se refiere.

Según explica socio de Tax & Legal de Deloitte, Carlos Muñoz, este año las empresas que pagan sueldo o remuneración deben informar a SII no sólo las rentas afectas a impuesto, sino las otras rentas y beneficios que la ley la considera "rentas no gravadas", como los beneficios previsionales, por ejemplo.

En términos prácticos esto significa que, por ejemplo, becas de estudios que algunas empresas entregan a sus trabajadores para sus hijos, que el empleador puede haber calificado como "no renta", el SII podrá gravarlas ahora con impuestos.

Por lo tanto, como esa información no la tiene el contribuyente, muchas declaraciones pueden ser objetadas o rechazadas pues no coincidirán los montos que la persona declare, con lo que el SII maneje.

En cifras. Supongamos que ud. gana $1 millón mensual, es decir $12 millones anuales, más una "ayuda" de la empresa (beca escolar, por ejemplo) de $100 mil mensual, es decir, $1,2 millones anuales. Como ud. no sabe que considera ahora el SII como imponible o no imponible, como todos los años hará su declaración por $12 millones anuales. Ahora bien, si el SII considera esa beca de estudios como una "renta imponible", sumará el sueldo fijo a esta, dando un toral de $13,2 millones, muy diferentes a los $12 millones declarados por ud. al no coincidir estas dos cifras, su declaración resultará rechazada u objetada.

Así que ponga cuidado. Si usted tiene en su sueldo un componente variable, que es considerado como "no imponible", posiblemente pueda tener problemas al momento de efectuar su declaración.

"Lo clásico"
Para evitar problemas en la Operación Renta, previamente revise su Situación Tributaria en la opción del mismo nombre en el sitio web del SII.

El contribuyente debe tener especial cuidado en los aspectos formales, tales como datos de identificación, RUT y códigos de actividad económica. De ocurrir esto, la declaración podría quedar en estado de “observada”, que se refiere a diferencias entre las rentas declaradas y la información de éstas dentro de las bases de datos del SII.

Esta situación se puede corregir en la opción Ayuda para corregir observaciones, en la sección Renta del sitio web. Ésta le dará la información en detalle sobre el estado y las posibles soluciones.

Una vez enviada la Declaración por Internet, el contribuyente puede solicitar el Certificado Solemne en la sección “Consulta y Seguimiento de Renta” en el sitio web del SII. Es importante que guarde el número de folio, ya que es el único comprobante de la Declaración presentada electrónicamente.

No espere hasta el último día para hacer su Declaración, ya que las revisiones y las emisiones del cheque, si corresponde, se realiza según el orden de presentación.

Si le corresponde devolución de impuesto, señale en su declaración de renta electrónica su número de cuenta corriente, de ahorro o a la vista. De esta manera, se le depositará directamente el monto de la devolución.

 

Suplemento "Operación Renta 2006" en formato PDF

Fuente: Guía Práctica "Mis Finanzas Personales"; www.sii.cl