En
qué fijarse: Novedades
2006
A
partir de este año (2006),
el SII incorporó una importante
novedad en lo que ha la declaración
de impuestos se refiere.
Según explica
socio de Tax & Legal de Deloitte,
Carlos Muñoz, este año
las empresas que pagan sueldo o
remuneración deben informar
a SII no sólo las rentas
afectas a impuesto, sino las otras
rentas y beneficios que la ley la
considera "rentas no gravadas",
como los beneficios previsionales,
por ejemplo.
En términos
prácticos esto significa
que, por ejemplo, becas de estudios
que algunas empresas entregan a
sus trabajadores para sus hijos,
que el empleador puede haber calificado
como "no renta", el SII
podrá gravarlas ahora con
impuestos.
Por lo tanto, como
esa información no la tiene
el contribuyente, muchas declaraciones
pueden ser objetadas o rechazadas
pues no coincidirán los montos
que la persona declare, con lo que
el SII maneje.
En cifras. Supongamos
que ud. gana $1 millón mensual,
es decir $12 millones anuales, más
una "ayuda" de la empresa
(beca escolar, por ejemplo) de $100
mil mensual, es decir, $1,2 millones
anuales. Como ud. no sabe que considera
ahora el SII como imponible o no
imponible, como todos los años
hará su declaración
por $12 millones anuales. Ahora
bien, si el SII considera esa beca
de estudios como una "renta
imponible", sumará el
sueldo fijo a esta, dando un toral
de $13,2 millones, muy diferentes
a los $12 millones declarados por
ud. al no coincidir estas dos cifras,
su declaración resultará
rechazada u objetada.
Así que ponga
cuidado. Si usted tiene en su sueldo
un componente variable, que es considerado
como "no imponible", posiblemente
pueda tener problemas al momento
de efectuar su declaración.
"Lo
clásico"
Para evitar problemas
en la Operación Renta, previamente
revise su Situación Tributaria
en la opción del mismo nombre
en el sitio web del SII.
El contribuyente debe
tener especial cuidado en los aspectos
formales, tales como datos de identificación,
RUT y códigos de actividad
económica. De ocurrir esto,
la declaración podría
quedar en estado de “observada”,
que se refiere a diferencias entre
las rentas declaradas y la información
de éstas dentro de las bases
de datos del SII.
Esta situación se puede corregir
en la opción Ayuda para corregir
observaciones, en la sección
Renta del sitio web. Ésta
le dará la información
en detalle sobre el estado y las
posibles soluciones.
Una vez enviada la
Declaración por Internet,
el contribuyente puede solicitar
el Certificado Solemne en la sección
“Consulta y Seguimiento de
Renta” en el sitio web del
SII. Es importante que guarde el
número de folio, ya que es
el único comprobante de la
Declaración presentada electrónicamente.
No espere hasta el
último día para hacer
su Declaración, ya que las
revisiones y las emisiones del cheque,
si corresponde, se realiza según
el orden de presentación.
Si le corresponde
devolución de impuesto, señale
en su declaración de renta
electrónica su número
de cuenta corriente, de ahorro o
a la vista. De esta manera, se le
depositará directamente el
monto de la devolución.
Suplemento
"Operación Renta 2006"
en formato PDF
Fuente:
Guía Práctica "Mis
Finanzas Personales"; www.sii.cl
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