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Proyecto de ley de la segunda reforma al mercado de capitales

Texto completo del proyecto de ley de la segunda reforma al mercado de capitales


La segunda reforma al mercado de capitales propone una serie de iniciativas legales y normativas tendientes a favorecer desarrollo de la industria de capital de riesgo.

Tras algunos hechos de corrupción, —como los acontecimientos referidos al caso Corfo-Inverlink— también contiene nuevas normas para fortalecer los mecanismos de fiscalización para autorizar licencias bancarias y para regular las tarjetas de crédito comerciales.

Hoy, se encuentra en el Congreso y su debate legislativo ha causado polémica. De hecho, aspectos claves del proyecto no están claros todavía, ya que la Cámara de Diputados rechazó las propuestas del Gobierno en algunos temas.

Entre estos, se encuentra la discusión sobre el sistema de otorgamiento de licencias bancarias, la fiscalización de las tarjetas de crédito de las casas comerciales y nuevas atribuciones a la Superintendencia de AFP.

El detalle
En lo medular el proyecto impone más de 60 cambios, amplía las facultades y la coordinación entre la Superintendencia de Valores y Seguros, AFP y Bancos, fortaleciendo sus capacidad para negar licencias de operación. Se zanja la incertidumbre que existía respecto de la aplicación de nuevos métodos de ahorro, confirmando la implementación del 401-K.

Uno de los temas que quedó sin dirimir y en espera de una indicación es el referido a la regulación de las tarjetas de crédito.

Ahorro voluntario
Se incluye un mecanismo para complementar el ahorro con fines previsionales: el ahorro asociativo o 401-K donde el empleador realiza aportes complementarios al ahorro voluntario de los trabajadores. Gozarán de un beneficio tributario.

Se corrige una distorsión tributaria que permitía que sólo las AFP fueran los únicos oferentes de programas de ahorro voluntario que no pagaban IVA.

Más fiscalización
Transacción electrónica: Incentivar que todos los intrumentos de alto valor sean emitidos y transados de manera electrónica o inmaterial.

El proyecto terminará con la obligación de que para ser corredor de bolsa hay que ser accionista de la misma.

Se elevan los estándares para los intermediarios financieros, aumentando los requerimientos mínimos de capital.

Calificación a la entrada: Se amplían las facultades de los superintendentes para calificar una licencia para los bancos, compañías de seguros de vida y AFP; y para cambios en el control o en paquetes mayoritarios de acciones.

Estos cambios se realizan atendiendo a que el mercado está basado en la confianza entre las partes y en la reputación de los agentes por lo que se pueden generar graves efectos de contagio cuando uno de esos falla. Situación que se agrava cuando los productos que se ofrecen cuentan con garantías públicas, obvia referencia al escándalo Corfo- Inverlink. "Por esta razón la capacidad de operar debe estar condicionada a amplios criterios de idoneidad y solvencia", indicó la autoridad.

Facultades a las Super: Se abre la posibilidad de intervención de las AFP y los seguros cuando la autoridad lo estime pertinente y se agilizan dichos procesos. Se plantea que las empresas bajo el alero de la SVS no pueden operar durante períodos de inestabilidad.

Estas normas son una de las lecciones por el escándalo de la corredora de Monasterio que dejó en claro la necesidad de actuar rápido y de manera efectiva para evitar la propagación de las situaciones de insolvencia.

En el caso de la super de Bancos se crea la fugura del Defensor del Cliente y se amplía la posibilidad de rechazar una petición de licencia con consentimiento del Consejo del Banco Central.

En el caso de la SVS, se la faculta para denegar la compra de más de un 10% de la propiedad de una sociedad. Esto se hará en conjunto con las otras superintendencias. También estará autorizada para limitar las operaciones entre relacionados y se crea la figura del Defensor del Asegurado.

Supervisión coordinada: Se establece explícitamente que los superintendentes de Valores y Seguros, AFP y Bancos pueden compartir información y se les faculta para avanzar en una mejor medición de la fortaleza patrimonial de los principales accionistas de las AFP y Seguros.

Se perfecciona además la facultad del supervisor de bancos para inspeccionar las operaciones de las filiales.

También se acordó profundizar el trabajo del comité de superintendentes, del mercado de capitales y estabilidad financiera.

Perfecciona el control interno de las bolsas.


Capital de Riesgo
Se garantizará la deuda que emitan los fondos de inversión previa selección de Corfo y el fondo multilateral de inversiones del BID. Este instrumento que le permitirá a estos inversionistas (AFP y compañías de seguros) apalancarse hasta dos veces su capital le significará obtener tasas de retorno a un riesgo muy bajo.

El programa será lanzado durante este año.

Se faculta a las AFP para invertir en bonos de fondos de inversión.

Ganancia de capital: Se exime del pago del impuesto a la ganancia de capital a los tenedores de acciones de sociedades que vendan sus títulos en bolsas a una persona no relacionada a los principales propietarios. Tendrá un límite de UF 10 mil por accionista, incluyendo sus relacionados.

Traspaso de rentas: los ingresos por rentas exentos de impuestos que hoy tienen los fondos de inversión también podrán traspasarse a los tenedores de cuotas.


Costos de transacción
Organización Flexible: como la industria de capital de riesgo exige organizaciones flexibles que faciliten tomar ciertas decisiones como tener que llamar a junta, se crea una nueva figura: Sociedades de Responsabilidad Limitada por Acciones (SPA).

Prendas: Se propone una nueva ley de prendas sin desplazamiento con un registro único, con tal de reducir el costo de financiamiento de quienes usan este sistema, especialmente las pequeñas y medianas empresas.


Gobiernos Corporativos
Conocido -en su momento- el reporte del Banco Mundial sobre esta materia - que identifica como debilidades del sistema chileno la transparencia y el comportamiento de los directorios proponiendo cambios a la ley de sociedades anónimas y a la de mercado de valores; aconseja más transparencia y responsabilidad para la SVS, y más recursos para ésta de manera de fortalecer su capacidad fiscalizadora- el Gobierno decidió perfeccionar para adecuarse a los estándares internacionales los gobiernos corporativos en diversas áreas como:

Se hace explícita la presunción de acceso a información privilegiada en el caso de las personas que hayan generado la información; y se entiende el plazo para demandar perjuicios desde uno a cuatro años.

Se crea el agente de garantías para facilitar los créditos sindicados y la entrada y salida de bancos.

Transacciones con partes relacionadas:
publicitar estructuras de capital y arreglos que permitan a algunos accionistas obtener un grado de control que no guarda proporción con su propiedad accionaria.

Uso de información privilegiada, la cual debe ser prohibida.

Atribuciones para fiscalizar actividades.

El proyecto modifica además la ley de timbres y estampillas, corrigiendo la tributación que pagan los bonos securitizados; y para los créditos otorgados por bancos en el exterior se exige que el deudor se reposabilice del pago de este gravamen.

Esta reforma, que introduce 60 cambios a 14 cuerpos legales, permitirá según el Gobierno elevar los estándares de operación, aumentar la transparencia, competencia y capacidad de reacción de los agentes sentando además las bases para el desarrollo emprendedor.


Texto completo del proyecto de ley de la segunda reforma al mercado de capitales

 

Fuente: SVS, Economía y Negocios; La Segunda