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Proyecto de ley de la segunda reforma al mercado de capitales Texto completo del proyecto de ley de la segunda reforma al mercado de capitales
Tras algunos hechos de corrupción, —como los acontecimientos referidos al caso Corfo-Inverlink— también contiene nuevas normas para fortalecer los mecanismos de fiscalización para autorizar licencias bancarias y para regular las tarjetas de crédito comerciales. Hoy, se encuentra en el Congreso y su debate legislativo ha causado polémica. De hecho, aspectos claves del proyecto no están claros todavía, ya que la Cámara de Diputados rechazó las propuestas del Gobierno en algunos temas. Entre estos, se encuentra la discusión sobre el sistema de otorgamiento de licencias bancarias, la fiscalización de las tarjetas de crédito de las casas comerciales y nuevas atribuciones a la Superintendencia de AFP. El
detalle Ahorro
voluntario
Más fiscalización El proyecto terminará con la obligación de que para ser corredor de bolsa hay que ser accionista de la misma. Se elevan los estándares para los intermediarios financieros, aumentando los requerimientos mínimos de capital. Calificación a la entrada: Se amplían las facultades de los superintendentes para calificar una licencia para los bancos, compañías de seguros de vida y AFP; y para cambios en el control o en paquetes mayoritarios de acciones. Estos cambios se realizan atendiendo a que el mercado está basado en la confianza entre las partes y en la reputación de los agentes por lo que se pueden generar graves efectos de contagio cuando uno de esos falla. Situación que se agrava cuando los productos que se ofrecen cuentan con garantías públicas, obvia referencia al escándalo Corfo- Inverlink. "Por esta razón la capacidad de operar debe estar condicionada a amplios criterios de idoneidad y solvencia", indicó la autoridad. Facultades a las Super: Se abre la posibilidad de intervención de las AFP y los seguros cuando la autoridad lo estime pertinente y se agilizan dichos procesos. Se plantea que las empresas bajo el alero de la SVS no pueden operar durante períodos de inestabilidad. Estas normas son una de las lecciones por el escándalo de la corredora de Monasterio que dejó en claro la necesidad de actuar rápido y de manera efectiva para evitar la propagación de las situaciones de insolvencia. En el caso de la super de Bancos se crea la fugura del Defensor del Cliente y se amplía la posibilidad de rechazar una petición de licencia con consentimiento del Consejo del Banco Central. En el caso de la SVS, se la faculta para denegar la compra de más de un 10% de la propiedad de una sociedad. Esto se hará en conjunto con las otras superintendencias. También estará autorizada para limitar las operaciones entre relacionados y se crea la figura del Defensor del Asegurado. Supervisión coordinada: Se establece explícitamente que los superintendentes de Valores y Seguros, AFP y Bancos pueden compartir información y se les faculta para avanzar en una mejor medición de la fortaleza patrimonial de los principales accionistas de las AFP y Seguros. Se perfecciona además la facultad del supervisor de bancos para inspeccionar las operaciones de las filiales. También se acordó profundizar el trabajo del comité de superintendentes, del mercado de capitales y estabilidad financiera. Perfecciona el control interno de las bolsas. El programa será lanzado durante este año. Se faculta a las AFP para invertir en bonos de fondos de inversión. Ganancia de capital: Se exime del pago del impuesto a la ganancia de capital a los tenedores de acciones de sociedades que vendan sus títulos en bolsas a una persona no relacionada a los principales propietarios. Tendrá un límite de UF 10 mil por accionista, incluyendo sus relacionados. Traspaso de rentas: los ingresos por rentas exentos de impuestos que hoy tienen los fondos de inversión también podrán traspasarse a los tenedores de cuotas.
Prendas: Se propone una nueva ley de prendas sin desplazamiento con un registro único, con tal de reducir el costo de financiamiento de quienes usan este sistema, especialmente las pequeñas y medianas empresas.
Se hace explícita la presunción de acceso a información privilegiada en el caso de las personas que hayan generado la información; y se entiende el plazo para demandar perjuicios desde uno a cuatro años. Se crea
el agente de garantías para facilitar los créditos sindicados
y la entrada y salida de bancos. Uso de información privilegiada, la cual debe ser prohibida. Atribuciones para fiscalizar actividades. El proyecto modifica además la ley de timbres y estampillas, corrigiendo la tributación que pagan los bonos securitizados; y para los créditos otorgados por bancos en el exterior se exige que el deudor se reposabilice del pago de este gravamen. Esta reforma,
que introduce 60 cambios a 14 cuerpos legales, permitirá según
el Gobierno elevar los estándares de operación, aumentar
la transparencia, competencia y capacidad de reacción de los
agentes sentando además las bases para el desarrollo emprendedor.
Fuente: SVS, Economía y Negocios; La Segunda |