Todos los contribuyentes que están autorizados para llevar contabilidad en hojas sueltas deben utilizar Internet para presentar su declaración de renta. Según explica Ricardo Celaya, abogado de Tax & Legal, con el objeto de facilitar el registro contable de aquellos contribuyentes que manejan un gran volumen de información, como por ejemplo los supermercados, el SII puede autorizar llevar la contabilidad en hojas sueltas. Es decir, en hojas computacionales.
La contabilidad llevada de esta manera reemplaza a los tradicionales libros de contabilidad empastados que se adquieren en cualquier librería (libro mayor, diario, compraventa, etc.)
En todo caso, al igual que los libros tradicionales, todo contribuyente autorizado a llevar su contabilidad en hojas sueltas — previamente a efectuar sus anotaciones contables — debe timbrar tales hojas. Sin embargo, el SII sólo timbra la primera y última hoja del total de hojas sueltas autorizadas.
El SII, además,
sostiene que aquellos contribuyentes
que estén autorizados para
llevar sus libros de contabilidad
en hojas sueltas y medios computaciones
— con ventas o servicios anuales
que superen los $50 millones nominales
al 31 de diciembre del año
anterior a aquel en que deben presentar
su Declaración, con y sin
pago, deberán presentarla
a través de Internet.
De todos modos, esta obligación
no rige para aquellos contribuyentes
que hayan solicitado previamente
autorización para eximirse
de esta exigencia al Director Regional
del SII correspondiente.
Puede obtenerse mayor información
relativa a este tema en el sitio
web del SII, sección Circulares
y Legislación, en los siguientes
documentos: Resolución
Exenta N° 25, de
2004, relativa a la obligación
de presentar el Formulario 22 de
Renta por Internet y Circular
N° 43, de 1999, sobre
modificaciones efectuadas a Resolución
Exenta N° 4228, de 1999, y a
la Circular N° 36, de 1999.
Suplemento
"Operación Renta 2006"
en formato PDF
Fuente:
Guía Práctica "Mis
Finanzas Personales"; www.sii.cl
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