Todos los contribuyentes que están autorizados para llevar contabilidad en hojas sueltas deben utilizar Internet para presentar su declaración de renta. Según explica Ricardo Celaya, abogado de Tax & Legal, con el objeto de facilitar el registro contable de aquellos contribuyentes que manejan un gran volumen de información, como por ejemplo los supermercados, el SII puede autorizar llevar la contabilidad en hojas sueltas. Es decir, en hojas computacionales.

La contabilidad llevada de esta manera reemplaza a los tradicionales libros de contabilidad empastados que se adquieren en cualquier librería (libro mayor, diario, compraventa, etc.)

En todo caso, al igual que los libros tradicionales, todo contribuyente autorizado a llevar su contabilidad en hojas sueltas — previamente a efectuar sus anotaciones contables — debe timbrar tales hojas. Sin embargo, el SII sólo timbra la primera y última hoja del total de hojas sueltas autorizadas.

El SII, además, sostiene que aquellos contribuyentes que estén autorizados para llevar sus libros de contabilidad en hojas sueltas y medios computaciones — con ventas o servicios anuales que superen los $50 millones nominales al 31 de diciembre del año anterior a aquel en que deben presentar su Declaración, con y sin pago, deberán presentarla a través de Internet.

De todos modos, esta obligación no rige para aquellos contribuyentes que hayan solicitado previamente autorización para eximirse de esta exigencia al Director Regional del SII correspondiente.

Puede obtenerse mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Circulares y Legislación, en los siguientes documentos: Resolución Exenta N° 25, de 2004, relativa a la obligación de presentar el Formulario 22 de Renta por Internet y Circular N° 43, de 1999, sobre modificaciones efectuadas a Resolución Exenta N° 4228, de 1999, y a la Circular N° 36, de 1999.

 

Suplemento "Operación Renta 2006" en formato PDF

Fuente: Guía Práctica "Mis Finanzas Personales"; www.sii.cl