5- Múltiples opciones para efectuar el pago en línea
El SII ha desarrollado diferentes medios para efectuar el pago por Internet, destacando en 2009: pago en línea con cargo a la cuenta corriente, cuenta vista o chequera electrónica, cuenta RUT, pago con mandato, tarjetas de crédito bancarias y tarjetas de crédito de casas comerciales.
Este año se incorporan a la Operación Renta, las tarjetas de crédito de las casas comerciales Johnson's y Cencosud (Paris, Easy, Turbus, Jumbo), con lo cual crece la opción de declaración por Internet a un mayor número de contribuyentes, incluso a quienes carecen de cuenta corriente.
6- Pago con tarjeta de crédito no generará cobro de intereses
Los contribuyentes cuya declaración resulte con pago, podrán cargar éste a las tarjetas de crédito bancarias en convenio y de casas comerciales adheridas. La mayoría de entidades bancarias no aplicará el cobro de comisiones e intereses hasta la fecha de cierre del estado de cuenta (la cual es pactada por cada cliente con su respectivo emisor de la tarjeta de crédito), pero se recomienda verificar lo anterior con el respectivo banco.
Si se ha renovado u obtenido la tarjeta de crédito a contar del 1 de diciembre de 2006, el titular de la misma debe autorizar expresamente la opción de pago de impuestos en el banco correspondiente.
7- Declaración y pago en moneda extranjera
El SII ha desarrollado los formularios electrónicos necesarios para declarar renta en moneda extranjera y las funcionalidades necesarias para que estos sistemas sean compatibles con el pago en línea que se realiza en los sitios Web de los organismos financieros que entraron a este innovador proyecto.
A la fecha, los bancos comprometidos con el proyecto son BCI, Chile, y Santander.
Actualmente suman 300 los contribuyentes autorizados por el SII a registrar su contabilidad en moneda extranjera; con las nuevas herramientas legales y las facilidades tecnológicas desarrolladas por el Servicio, es previsible que muchas otras empresas se incorporen.
8- Fiscalización de los agentes retenedores
Nuevamente este año se desarrollará el programa de revisión dirigido a agentes retenedores e informantes (empleadores, bancos, compañías de seguros, sociedades anónimas y sociedades de personas, entre otros).
Este proceso tiene por finalidad disminuir el número de contribuyentes con declaraciones de renta objetadas a causa de errores o diferencias en las Declaraciones Juradas confeccionadas por los retenedores que informan en ellas acerca de rentas, retenciones y créditos de los contribuyentes, y también prevenir riesgos de fraude fiscal. En el caso de declaraciones con devolución, la fiscalización a retenedores e informantes favorece que los contribuyentes puedan recibir el pago de su devolución a tiempo, ya que los retenedores entregan información más precisa y confiable.
Se notificará a partir de mayo de 2009 a retenedores declarantes que presenten inconsistencias en retenciones, impuesto único de segunda categoría y controles al crédito de Primera Categoría. No obstante, desde ya los agentes retenedores pueden corregir sus declaraciones juradas a través de Internet antes del llamado del SII.
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Fuente: Servicio de Impuestos Internos (SII)/ Guía Práctica
"Mis Finanzas Personales"
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