Transmisión
El sistema de transmisión
corresponde al conjunto de líneas, subestaciones
y equipos destinados al transporte de electricidad desde
los puntos de producción (generadores) hasta los
centros de consumo o distribución. En Chile se
considera como transmisión a toda línea
o subestación con un voltaje o tensión superior
a 23.000 Volts. Por Ley, las tensiones menores se consideran
como distribución. La transmisión es de
libre acceso para los generadores, es decir, estos pueden
imponer servidumbre de paso sobre la capacidad disponible
de transmisión mediante el pago de peajes.
El transmisor no tiene obligación
de servicio, no siendo responsabilidad de éste
el invertir en nuevas líneas o en ampliaciones
de las mismas. En el sistema de transmisión se
puede distinguir el sistema troncal (conjunto de líneas
y subestaciones que configuran el mercado común)
y los sistemas de subtransmisión (que son aquellos
que permiten retirar la energía desde el sistema
troncal hacia los distintos puntos de consumo locales).La
coordinación de la operación de las centrales
generadoras y las líneas de transmisión,
es efectuada en cada sistema eléctrico por los
Centros de Despacho Económico de Carga (CDEC).
Estos organismos no poseen personalidad jurídica
y están constituidos por las principales empresas
generadoras y transmisoras de cada sistema eléctrico.
Distribución
Los sistemas de distribución están constituidos
por las líneas, subestaciones y equipos que permiten
prestar el servicio de distribuir la electricidad hasta
los consumidores finales, localizados en cierta zona geográfica
explícitamente limitada. Las empresas de distribución
operan bajo un régimen de concesión de servicio
publico de distribución, con obligación
de servicio y con tarifas reguladas para el suministro
a clientes regulados. Estas empresas operan en su zona
de concesión sin que exista posibilidad de competencia,
dado que son monopolios naturales.