El Impuesto a la Renta de Primera Categoría,
es un gravamen proporcional, que grava con un 17%
las rentas provenientes del capital obtenido por
las empresas, ya sea comerciales, industriales,
mineras, etc., y demás personas que obtengan
rentas de capital en el desarrollo de actividades
productivas o de servicios. Este
impuesto normalmente se aplica sobre la base de
las utilidades percibidas y, también, sobre
aquellas devengadas (ganancias aún no percibidas
efectivamente), como, por ejemplo, las ventas
a plazo, en el momento en que una empresa declara
su renta efectiva mediante contabilidad completa.
Constituyen una excepción, sin embargo,
los contribuyentes de los sectores agrícola,
minero y transporte, que pueden tributar de acuerdo
a la renta presunta, siempre y cuando cumplan
con los requisitos establecidos por la Ley de
la Renta.
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