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Super de Quiebras diseña plan para fiscalizar convenios judiciales

jueves, 04 de agosto de 2011

Julio Pizarro V.
Economía y Negocios

El eje de la supervisión estará en los actores que participan en este proceso, principalmente el síndico informante.

Una de las primeras gestiones que realizó la abogada Josefina Montenegro cuando asumió como superintendenta de Quiebras en noviembre de 2010 fue asistir a la junta de acreedores de Minera San Esteban -propietaria del yacimiento San José-, ocasión en que se aprobó un convenio judicial preventivo.

Desde esa fecha -dice- uno de los focos de su gestión fue mejorar la supervisión de estos convenios, por lo que se inició el diseño de un plan de fiscalización que está en borrador y que esperan ver sus primeros resultados en el caso La Polar.

Montenegro explica que antes no existía un plan de fiscalización para estos procesos -que buscan evitar la quiebra de la sociedad- y que entre los objetivos está profesionalizar la gestión de los distintos actores que participan en los convenios y generar confianzas para que las empresas utilicen esta opción.

"El convenio judicial preventivo es una de las principales herramientas que tiene un deudor para salvar a su empresa y actualmente se utiliza poco", señala Montenegro.

Previamente, la Superintendencia de Quiebras realizó un levantamiento de información desde el año 2006. Así se determinó que se han presentado 44 convenios judiciales preventivos, de los cuales 70,4% han sido aprobados por los acreedores.

Síndico informante
El eje del plan estará en los actores sujetos a la fiscalización de la Superintendencia de Quiebras en un convenio judicial preventivo. El principal será el síndico informante.

Tras la presentación del convenio ante un árbitro, el mayor acreedor designará a un síndico informante que realizará un informe sobre la conveniencia de la propuesta de la empresa.

"Esto es clave porque permite a los acreedores decidir si les conviene el convenio o la quiebra", explica Montenegro, quien agrega que este documento deberá contener, a lo menos, la viabilidad y conveniencia de las proposiciones y el monto probable de recuperación en una posible quiebra.

También se fiscalizará la nómina de acreedores con derecho a voto que entregue el síndico informante y la cuenta que debe rendir sobre su gestión. "Nuestra labor va instar al síndico a que su informe sea lo más transparente posible y ajustado a la realidad", sentencia.

El plan también se aplicará respecto al trabajo del experto facilitador y del síndico interventor, ambas figuras son optativas en los convenios judiciales.

Si se encuentran fallas, la Superintendencia de Quiebras puede aplicar multas que incluyen censuras, multas en dinero, suspensión o la exclusión de la nómina nacional de síndicos.

El organismo fiscalizador adicionalmente es el encargado de llevar la lista de abogados que pueden ser designados árbitros en los convenios judiciales.

"Cuando comenzó el tema de La Polar, muchos se quisieron inscribir", reconoce Montenegro. En las últimas semanas se sumaron cuatro, totalizando 35 abogados.

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