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Resolución unánime:

TC visa auto acordado de la Corte Suprema por sustracción de menor

jueves, 21 de marzo de 2019

CINTHYA CARVAJAL
Nacional
El Mercurio

Fallo dice que no hay ilegalidad en artículo que no permite otro recurso tras apelación.



El Tribunal Constitucional (TC) rechazó en forma unánime un recurso de inaplicabilidad presentado por la madre de un menor que solicitaba se declarara ilegal parte del procedimiento dictado por la Corte Suprema para la aplicación del Convenio de La Haya referente a aspectos civiles de la sustracción internacional de niños y niñas, suscrito por Chile en 1994.

La mujer solicitó que el TC se pronuncie sobre la legalidad del artículo 12 del auto acordado, que señala que la sentencia definitiva en estos casos solo será impugnable a través de apelación, contra cuya resolución no procederá recurso alguno. El TC dice que el máximo tribunal "no ha infringido el principio de reserva legal".

La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia definitiva del Primer Juzgado de Familia, que acogió la demanda del padre del menor para la aplicación del convenio, ordenando la restitución del niño a Suiza, su país de residencia habitual. Se estableció que el menor, que se encontraba en Chile; había sido objeto de una sustracción ilegítima.

"El tratado internacional suscrito por el país en ese ámbito debe asegurar un procedimiento ágil, expedito y urgente, ponderando los intereses del niño o niña. La dictación de normas generales y obligatorias permite dar efectivo cumplimiento a la institucionalidad vigente en Chile", dijo el consejero del CDE, Juan Antonio Peribonio, que alegó la causa.

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